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El Peruano Sábado 12 de julio de 2014 527564 especial importancia para los esfuerzos que realiza la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, en el campo de la lucha contra el tráfi co ilícito de drogas y delitos conexos; Que, en tal sentido, resulta de interés nacional e institucional, que el señor Ministro en el Servicio Diplomático, José Antonio García Torres, Director (e) de la Dirección de Compromiso Global de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, participe en el evento antes mencionado, a realizarse en la ciudad de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, República Bolivariana de Venezuela; Que, los gastos por concepto de pasajes en categoría económica y viáticos que irrogue el viaje propuesto serán asumidos con cargo a la Fuente de Recursos Ordinarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; y, De conformidad con la Ley Nº30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014; Ley Nº27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobadas por Decreto Supremo N°047-2002-PCM; y, sus modifi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; y, sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del Ministro en el Servicio Diplomático, señor José Antonio García Torres, Director (e) de la Dirección de Compromiso Global de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, a la ciudad de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, República Bolivariana de Venezuela, del 19 al 23 de julio de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) US$ 2,679.82 Viáticos US$ 1,110.00 (2 días de evento + 1 día de instalación a US$370.00 x día) Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante el Titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros 1109884-4 Autorizan viaje de funcionaria del INDECOPI a EE.UU. en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 230-2014-PCM Lima, 11 de julio de 2014 Vista la Carta N° 417-2014/PRE-INDECOPI, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, del 21 al 25 de julio de 2014, se desarrollará en la ciudad de Washington D.C, Estados Unidos de América, el Taller Regional sobre los Aspectos Sustantivos y Procedimentales del Sistema Interamericano de Alertas Rápidas con Énfasis en la Evaluación del Riesgo, organizado por la Red Consumo Seguro y Salud (RCSS); Que, dada la entrada en vigencia del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por la Ley N° 29571, el INDECOPI preside el Consejo Nacional de Protección del Consumidor en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, teniendo entre sus principales funciones, coordinar la implementación del sistema de alerta de consumo a nivel nacional, actuando oportunamente frente a los productos y servicios peligrosos que se detecten en el mercado; y coordinar y presidir el funcionamiento del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor, entre otras funciones; Que, de acuerdo a lo indicado en el párrafo precedente, el INDECOPI, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, participa activamente en la Red Consumo Seguro y Salud (RCSS), creada por la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en alianza con la Organización Panamericana de la Salud (OPS); Que, la RCSS es una herramienta al servicio de los consumidores y autoridades de la región, para el intercambio de información y experiencias, difusión de la temática y educación sobre seguridad de los productos de consumo y su impacto en la salud; Que, el objetivo de la RCSS es contribuir a la conformación y consolidación de los sistemas nacionales y regionales destinados a fortalecer la seguridad de los productos, y de esta forma proteger la salud de los consumidores, a través de la detección rápida y la acción coordinada para evitar el ingreso de productos de consumo no alimentarios inseguros a los mercados americanos; Que, el referido Taller tiene como objetivo retomar las experiencias generadas en los últimos años, y tomarlas como punto de partida para buscar identifi car las similitudes y diferencias entre los sistemas nacionales de vigilancia sobre seguridad de productos, con el objetivo de lograr un consenso sobre los aspectos comunes en la evaluación del riesgo en la región, a efectos de: i) Identifi car a nivel hemisférico los criterios objetivos comunes para la detección de los productos inseguros; y ii) Acordar los componentes básicos de las alertas de seguridad que se comunicarán en la primera etapa de implementación del Sistema Interamericano de Alertas Rápidas (SIAR) y las condiciones necesarias para intercambiar información no pública relevante para el proceso de evaluación del riesgo entre las agencias de los Estados Miembros; Que, el INDECOPI ha sometido a consideración la participación de la señora Anahí del Milagro Chávez Ruesta, Directora de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor (DPC) del INDECOPI, para asistir al Taller Regional sobre los Aspectos Sustantivos y Procedimentales del Sistema Interamericano de Alertas Rápidas con Énfasis en la Evaluación del Riesgo, toda vez que de conformidad con lo establecido por el Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por la Ley N° 29571, el INDECOPI es la autoridad nacional competente en velar por la protección de los derechos del consumidor en el Perú; Que, en este sentido y atendiendo a lo expuesto, se considera necesaria la participación de la funcionaria citada en el párrafo anterior, dado que el INDECOPI viene trabajando en la implementación del sistema de alertas, siendo una de las actividades principales el monitoreo de redes internacionales, como la Red Consumo Seguro y Seguridad – RCSS de la cual el Perú forma parte, mediante las cuales es posible identifi car y prevenir que los productos con problemas en los países de la red ingresen al mercado nacional, de modo tal que la participación en el evento referido permitirá al INDECOPI compartir las experiencias de distintos países a fi n evaluar mejoras a incorporar en el proceso de implementación del sistema de alertas del Perú; Que, adicionalmente a lo expuesto, se considera necesaria la participación de la señora Anahí del Milagro Chávez Ruesta, Directora de la DPC del INDECOPI,