Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2014 (18/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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El Peruano Viernes 18 de MORDAZA de 2014

Aprueban Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito del MORDAZA
ORDENANZA Nº 388
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA VISTO; en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 28 de junio del dos mil catorce, Dictamen Nº 001-2014CSCy MA/MDR de la Comision de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente e Informe Nº 428-2014-GAJ-MDR del 18 de junio de 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica, opinando por la procedencia del "Proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito del Rimac"; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece los principios y normas basicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida; Que, la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos su Reglamento D.S. Nº 057-2004-PCM y Modificatoria D.L. Nº 1065, Establecen las competencias de los gobiernos locales, provinciales y distritales con respecto a la gestion de los residuos solidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos, en todo el ambito de su jurisdiccion, el cual involucra los sistemas de disposicion final; asimismo, establecen las competencias sectoriales en la gestion y manejo de los residuos solidos de origen industrial; Que, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que toda persona natural o juridica, esta impedida de efectuar descargas de desechos o sustancias contaminantes en el agua, el aire o el suelo, sin haber adoptado las precauciones de depuracion en la forma que senalan las normas sanitarias y de proteccion del ambiente. Si la contaminacion del ambiente significa riesgo o dano a la salud de las personas, la Autoridad de Salud dictara las medidas de prevencion y control indispensables para que cesen los actos o hechos; Que, la Resolucion de Contraloria Nº 155 ­ 2005 ­ CG; Mediante esta MORDAZA legal, se modifican la Normas de Control Interno para el Sector publico, incorporando las Normas de Control Interno Ambiental, con el proposito de coadyuvar al fortalecimiento de la gestion ambiental de las entidades gubernamentales y la proteccion del medio ambiente y los recursos naturales; Que, la Ley Nº 28256, Ley que regula el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos, regula las actividades, procesos y operaciones del transporte terrestre de los materiales y residuos peligrosos, con sujecion a los principios de prevencion y de proteccion de las personas, el medio ambiente y la propiedad; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades, en materia de saneamiento, tienen como funcion regular y controlar el MORDAZA de disposicion final de desechos solidos, liquidos y vertimientos industriales en el ambito de su respectiva provincia; Que, la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP) modificadas por las Leyes Nº 28802 y Nº 28522, creada para optimizar el uso de los recursos publicos, establece principios, procesos, metodologias y normas tecnicas relacionados con las diversas fases de los proyectos de inversion publica; Que, la Ley Nº 29332, Ley que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, establece que el plan tiene por objeto incentivar a los gobiernos locales a mejorar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, la ejecucion del gasto en inversion y la reduccion de los indices de desnutricion cronica infantil a nivel nacional. Que, el D.S. Nº 012-2009-MINAM, Politica, Nacional del Ambiente Lineamientos para Residuos Solidos, establecidos en el Eje de Politica 2. Gestion Integral de la Calidad Ambiental. Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Articulo 9 numeral 8) y 9) y el Articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el

MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta se aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DEL MORDAZA
Articulo 1º.- APROBAR "El Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito del Rimac", que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza y consta en la pagina web de la Municipalidad. Articulo 2º.- AUTORIZAR al Senor MORDAZA para que via Decreto de Alcaldia efectue las modificaciones y/o adecuaciones que correspondan para el mejor cumplimiento del Plan aprobado en el articulo precedente. Articulo 3º.- DISPONER el cumplimiento obligatorio del presente documento de Gestion a las Unidades Organicas competentes de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, las mismas que deberan ejecutar las actividades contenidas en el presente Plan. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion y Presupuesto y Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, velar por el estricto cumplimiento del Plan de Manejo de Residuos Solidos, a fin de alcanzar los objetivos formulados. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza, la misma que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y a la Sub Gerencia de Informatica publicar en el MORDAZA del Estado Peruano (www,peru.gob.pe) y en la pagina web de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, (www.munirimac.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veintiocho dias del mes de junio del dos mil catorce. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA

1111305-1

Aprueban Ordenanza de control de espacios publicos
ORDENANZA Nº 390- MDR
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL RIMAC: POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 28 de junio de 2014, Dictamen Nº 005-2014-CDU/MDR de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Memorando Nº 253 y 205 -2014-GFA-MDR de fecha 18 de junio y 28 de MORDAZA de 2014 respectivamente de la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa, Informe Nº 380-2014-GAJ-MDR de fecha 10 de junio de 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que se encuentra reconocida en la Constitucion Politica del Peru y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, el articulo 73 de la Constitucion Politica del Peru indica los bienes de dominio son inalienables e imprescriptibles y los bienes de uso publico pueden ser concedidos a particulares conforme a ley, para su aprovechamiento economico; Que, el articulo 55º de la Ley Organica de Municipalidades -Ley Nº 27972, precisa que los bienes de dominio publico de las municipalidades son inalienables e imprescriptibles; Que, el articulo 56º numeral 1 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades - regula e identifica como bienes de propiedad municipal a los bienes inmuebles y muebles de uso publico destinados a servicios publicos

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