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El Peruano Viernes 18 de julio de 2014 528027 Libre, la misma que estará integrada por las siguientes personas: Representante de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, quien la presidirá. • Sr. Regidor Rafael Mauricio Ramírez Arroyo Representante del Mercado Municipal de Pueblo Libre, elegido por las Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, Fundaciones y Comités con residencia en el Distrito. • Sr. Vito Pedro Ybañez Alberti (Titular) Representante de la Asociación de Trabajadores Autónomos de Pueblo Libre, elegido entre los Micro y Pequeños Empresarios del Distrito. • Sr. José Sergioslao Cuellar Berrú Representantes del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú. • Lic. Rosa Julia Martínez Navarro (Titular) • Ing. Milano Trejo Huayta (Alterno) Representantes de la Administración Técnica del Distrito de Riego Chillón – Rimac – Lurín. • Ing. César Calderón López (Titular) • Ing. Jorge Luis Tesén Velásquez (Alterno) Representante de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, elegido entre las Universidades Privadas ubicadas en el distrito. • Dr. Jorge Elgegren Apueta Representante de la I.E. N° 1103 “Elvira García García”, elegido entre la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL Nº 3. • Sr. Edwin Mendoza Reyes (Titular) Representantes elegidos entre los Presidentes de las Juntas Zonales del Distrito. • Sra. Graciela Eddy Barreto Ramírez (Titular) • Sra. María Victoria Carbajal Ibarra (Alterna) Representante del Hospital Santa Rosa – Ofi cina de Saneamiento Ambiental • Sra. Edith Clemente Adrianzen Representante de la Compañía de Bomberos Voluntarios Magdalena Nº 36. • Cmdte. Víctor Hugo Valdivia Fernández Artículo Segundo.- PRECISAR que en el caso de los representantes electos, estos ejercerán su cargo por un período de dos (2) años, contados a partir de la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 1111381-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Incorporan Programa OMAPED en la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital del Rímac ORDENANZA Nº 387-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de junio de 2014, Informe Nº 216-2014-GDH/ MDRI emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, mediante el cual solicita la incorporación de la OMAPED en el Reglamento de Organización y Funciones ; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, las municipalidades, provinciales y distritales deben de contemplar en su estructura orgánica una Ofi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) la cual involucra que se contemple en su presupuesto anual los recursos necesarios para su adecuado funcionamiento y la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el voto unánime y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE INCORPORA EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC, AL PROGRAMA OMAPED Artículo Primero.- INCORPORAR como Programa en la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital del Rímac a la Ofi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad Programa (OMAPED), cuyas funciones estarán adscritas a la Gerencia de Desarrollo Humano. Artículo Segundo.- INCORPORAR en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital del Rímac a la Ofi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED), siendo sus funciones las siguientes: La Ofi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) tiene las siguientes funciones: a) Promover y proponer que, en la formulación, el planeamiento y la ejecución de las políticas y los programas locales, se tomen en cuenta, de manera expresa, las necesidades e intereses de la persona con discapacidad. b) Coordinar y supervisar y evaluar las políticas y programas locales sobre cuestiones relativas a la discapacidad. c) Participar de la formulación y aprobación del presupuesto local para asegurar que se destinen los recursos necesarios para la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad. d) Coordinar y supervisar la ejecución de los planes y programas nacionales en materia de discapacidad. e) Promover y organizar los procesos de consulta de carácter local. f) Promover y ejecutar campañas para la toma de conciencia respecto de la persona con discapacidad, el respeto de sus derechos y de su dignidad, y la responsabilidad del Estado y la sociedad para con ellas. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia de Desarrollo Humano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de la presente Ordenanza, la misma que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y a la Sub Gerencia de Informática publicar en el Portal del Estado Peruano (www,peru.gob.pe) y en la página web de la Municipalidad Distrital del Rímac, (www.munirimac.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veintiocho días del mes de junio del dos mil catorce. ENRIQUE PERAMÁS DIAZ Alcalde 1111307-1