Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2014 (18/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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de derecho de tramite a favor de los administrados para que puedan obtener su Licencia de Funcionamiento, autorizacion para la instalacion de letreros y letras recortadas en los paramentos de los locales comerciales y/o de servicios (con excepcion de paneles monumentales, globos aerostaticos y banderolas) e Inspecciones de Seguridad en Defensa Civil y/o Renovacion de Certificado de Defensa Civil, respetando la zonificacion, compatibilidad de uso y demas aspectos establecidos conforme a ley. Articulo Segundo.ESTABLECER que los administrados que presenten su expediente para tramitar los procedimientos senalados en el articulo primero, deberan abonar como tasa de pago, por cada uno de los procedimientos, el monto de S/. 5.00 (Cinco y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Tercero.Los administrados, independientemente de lo senalado en el articulo MORDAZA, deberan cumplir con presentar la documentacion establecida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA para el procedimiento respectivo. Asimismo, se debe tener presente que los expedientes administrativos presentados deberan cumplir y seran sujetos a revision respecto a la zonificacion, compatibilidad de usos y demas aspectos de forma y fondo, previamente a su admision y/o otorgamiento, conforme a ley. Articulo Cuarto.- El objeto y beneficio regulado en la presente Ordenanza no afecta los demas procedimientos administrativos y/o procedimientos administrativos sancionadores en tramite, los cuales seguiran su curso conforme a ley. CONSIDERANDO:

El Peruano Viernes 18 de MORDAZA de 2014

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, hasta el 15 de octubre del presente ano. Segunda.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para la adecuada aplicacion y/o ampliacion del plazo de vigencia de la presente norma. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras, Subgerencia de Comercializacion y Anuncios, Subgerencia de Gestion del Riesgo de Desastres, Subgerencia de Informatica y Estadisticas y demas unidades organicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza conforme a sus atribuciones. Cuarta.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informatica y Estadistica la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina web de la Municipalidad: www.munimagdalena. gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru. gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, es una funcion basica del Estado y de los estamentos de gobierno que lo conforman, promover, proteger y formular politicas de desarrollo social, dentro de los cuales se encuentra la promocion del matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad, en concordancia con lo establecido en el articulo 4º de la Constitucion Politica del Estado; Que, estando proxima la fecha del 457º Aniversario de la Creacion Politica de nuestro distrito y en atencion a los considerandos MORDAZA mencionados, se ha estimado conveniente celebrar en el presente ejercicio un Matrimonio Civil Comunitario, todo ello con la finalidad de fortalecer la institucion del matrimonio en nuestro distrito; Que, mediante Informe Nº 033-2014-MPL de fecha 29 de MORDAZA de 2014 el Area de Matrimonios informa sobre los requisitos que deberan presentar los pretendientes y los costos que podran exonerarse, a los contrayentes que participen del Matrimonio Civil Comunitario Ano 2014 como parte de las actividades por el Aniversario del Distrito de Pueblo Libre; Que, mediante Informe Nº 081-2014-MPL/GAJ de fecha 24 de junio 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye, que no existe inconveniente legal en que se apruebe una ordenanza que autorice la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario en el Distrito de Pueblo Libre a realizarse en el mes de agosto de 2014, disponiendo la exoneracion de las tasas establecidas en el MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Nº 392-MPL; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA REALIZACION DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2014 EN EL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE Y EXONERA DEL PAGO DE LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS
Articulo Primero.- AUTORIZAR la realizacion de un Matrimonio Civil Comunitario con ocasion de conmemorarse el 457º Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Pueblo Libre; el mismo que se realizara el dia sabado 16 de Agosto del 2014. Articulo Segundo.- DISPONER que los contrayentes que se acojan a los alcances de la presente Ordenanza, presenten los siguientes documentos: a) MORDAZA Certificada de las Partidas de nacimiento, actualizadas con no mas de treinta (30) dias de antiguedad (Art. 248º del Codigo Civil) b) MORDAZA del D.N.I., de cada contrayente, autenticadas por el Fedatario de la Municipalidad, con MORDAZA de haber participado en el ultimo sufragio. c) En caso de tratarse de viudos(as), divorciados(as), menores de edad, militares o extranjeros deberan adjuntar los documentos adicionales, segun lo exija la Municipalidad. d) Certificados domiciliarios (Municipales, Notariales o Judiciales). e) Certificado medico valido y vigente de cada contrayente. f) Declaracion Jurada de no estar incurso en ninguna de las causales de impedimento para contraer matrimonio civil, conforme a lo regulado por el articulo 241º del Codigo Civil. g) Los pretendientes presentaran ademas a dos testigos mayores de edad, debidamente identificados con sus D.N.I, que los conozcan por lo menos desde tres anos antes. Articulo Tercero.- EXONERAR a los contrayentes que participen en el Matrimonio Civil Comunitario del

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MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban la realizacion de matrimonio civil comunitario 2014 y exoneran del pago de los derechos administrativos
ORDENANZA Nº 423-MPL
Pueblo Libre, 10 de MORDAZA de 2014 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 14 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 029-2014-MPL/CPL-CPAFP;

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