Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2014 (18/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Viernes 18 de MORDAZA de 2014

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PARA LA EDUCACION LA CIENCIA Y LA CULTURA- OEI, PARA EL DESARROLLO DEL MORDAZA DE SELECCION PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO "Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional MORDAZA Valdizan de MORDAZA Nivel III1" Con Codigo SNIP Nº 133630, despues de un debate. El Consejero Delegado manifiesta sirvanse levantar la mano senores Consejeros los que estan A Favor del Convenio MORDAZA descrito, siendo los siguientes Consejeros: 1.- MORDAZA MORDAZA Debernardi Arimuya, 2.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 3.- MORDAZA Mautino MORDAZA 4.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 5.- Wilder MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 6.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 7.- Wilder MORDAZA MORDAZA, 8.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA siendo ocho (08) votos, A FAVOR. Los Consejeros que estan en contra del convenio: 1.- Edgard MORDAZA Apac, 2.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y 3.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo tres (03) votos, EN CONTRA; por lo tanto se aprobo por MAYORIA. El presente acuerdo con la dispensa de lectura del Acta correspondiente; Que, de conformidad del articulo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 29053 establece: "Que es atribucion del Presidente Regional ejecutar los acuerdos del Consejo Regional"; Estando a lo expuesto conforme a las atribuciones y de acuerdo a los Considerandos expuestos y estando en cumplimiento de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28961, 28968 y 29503, Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-GRH y su modificatoria con Ordenanza Regional Nº 052-2008-CR-GRH, El Pleno del Consejo Regional con el MORDAZA por MAYORIA del pleno, aprobo el siguiente; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la suscripcion del CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ESPECIFICO DE ENCARGO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Y LA ORGANIZACION DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA ­ OEI, PARA EL DESARROLLO DEL MORDAZA DE SELECCION PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO "MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL REGIONAL MORDAZA VALDIZAN DE MORDAZA NIVEL III-1" con Codigo. SNIP Nº 133630.cuyo Costo a pagar sera del 0.8 % del valor total del proyecto a favor de la OEI. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, realizar los tramites administrativos y asimismo la publicacion del presente acuerdo regional en el diario oficial El Peruano y en el de mayor circulacion de la Region Huanuco. Articulo Tercero.- DISPENSAR, el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Infraestructura, Direccion Regional de Administracion, Organo de Control Institucional del Gobierno Regional MORDAZA, Contraloria General de la Republica, Interesados y demas Organos Estructurados del Gobierno Regional Huanuco. Articulo Quinto.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban modificacion del Cuadro de Asignacion de Personal - CAP del Proyecto Especial Alto MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2014-GRSM/CR
Moyobamba, 22 de MORDAZA del 2014 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprueba los lineamientos y pautas para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de las entidades de la Administracion Publica, dispone en su articulo 9º, que los cargos contenidos en el CAP deben ser clasificados y aprobados por la propia entidad; Que, el inciso b) del articulo 7º de la referida MORDAZA establece que las entidades deben realizar una adecuada clasificacion y calificacion de sus organos y sus funciones, asi como de sus cargos y sus requisitos, evaluando de forma permanente su actualizacion; Que, de igual manera, los Manuales de Organizacion y Funciones (MOF) de las entidades generalmente incluyen los requisitos de cada cargo, el cual es aprobado segun las necesidades, especialidades, funciones asignadas por ley y criterios uniformes que cada entidad establece; Que, por lo tanto ­ en MORDAZA ­ corresponde a las entidades, en funcion a sus necesidades, mediante sus documentos de gestion interna (CAP, MOF, Clasificador de Cargos), establecer los requisitos minimos para el acceso a los cargos previstos en el CAP, incluidos aquellos cargos que MORDAZA de libre designacion y remocion; Que, por otro lado, el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, dispone que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala; Que, del contenido de dicha disposicion se deriva, al menos, una consecuencia que merece ser destacada: Que la entidad vinculada por una resolucion judicial debe efectuar todas las gestiones que MORDAZA necesarias para darle estricto cumplimiento, evitando cualquier retraso en su ejecucion, y sin hacer calificacion alguna que pudiese restringir sus efectos, incurriendo en responsabilidad en caso de infringir dichas reglas; Que, conforme a los informes adjuntos al Memorando Nº 1334-2014-GRSM/GRR de fecha 21 de MORDAZA de 2014, se tiene que la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA ­ a traves de la Sala Liquidadora Mixta de Moyobamba ­ ha dictado la resolucion numero ocho de fecha doce de noviembre del dos mil trece, confirmando la Sentencia contenida en la resolucion numero Nº 3 de fecha 15 de MORDAZA del 2012, dictada en el expediente numero 0023-2013-CI, por el Juzgado Mixto Permanente, que declara fundada la demanda de accion de MORDAZA, ordenando que el Proyecto Especial Alto MORDAZA a traves del Gerente General cumpla con reponer a dos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo que venia desempenando o en otro de igual nivel o jerarquia bajo apercibimiento de que en ejecucion se aplique las medidas prescritas en los articulos 22º y 59º del Codigo Procesal Constitucional; Que, con Nota Informativa Nº 125-2014-GRSM/GRPyP de fecha 10 de MORDAZA de 2014, la Gerencia Regional de

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