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El Peruano Martes 22 de julio de 2014 528291 Núñez, en consecuencia nulo el Acuerdo Nº 13, del 19 de mayo de 2014, adoptado en la Sesión Nº 5 de la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del Cusco, que declaró improcedente la solicitud de reconsideración presentada por el referido juez superior; y declara la nulidad del Acuerdo Nº 11 de la Sesión Nº 3 de fecha 30 de abril de 2014, solo en los extremos que vinculan su elección en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Canchis, señalando que la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cusco debe efectuar el llamamiento y/o elección conforme a ley. b) Resolución de fecha 27 de junio de 2014 del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sobre el Recurso de Apelación Nº 020-2014-CUSCO, que declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el doctor Andrés Quinte Villegas, en consecuencia nulo el Acuerdo Nº 13, del 19 de mayo de 2014, adoptado en la Sesión Nº 5 de la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del Cusco, que declaró improcedente la solicitud de reconsideración presentada por el referido juez superior; y declara la nulidad del Acuerdo Nº 11 de fecha 30 de abril de 2014, solo en los extremos que vinculan su elección en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Espinar, señalando que la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cusco debe efectuar el llamamiento y/o elección conforme a ley. Asimismo, comunica que en la Sesión de Sala Plena de fecha 11 de julio de 2014, se acordó excluir, por razones de salud, a los magistrados Yuri John Pereira Alagón y Miriam Pinares Silva, de su condición de presidentes suplentes de los Jurados Electorales Especiales de Canchis y Espinar, elegidos en la sesión de fecha 30 de abril de 2014, y, efectuando una nueva designación, eligieron a los jueces superiores provisionales doctora Bony Eve Gamarra Flores y doctor Rómulo Víctor Velasco Chávez, como presidente del Jurado Electoral Especial de Canchis, titular y suplente, así como a los jueces superiores titulares doctor Félix Villegas Cajachagua y doctor Camilo Luna Carrasco, como presidente del Jurado Electoral Especial de Espinar, titular y suplente. 5. De conformidad con el artículo 34 de la LOJNE, el cargo de miembro de Jurado Electoral Especial es irrenunciable salvo impedimento debidamente fundamentado, y en caso de impedimento, asume el cargo el miembro suplente designado por la corte superior. 6. En vista de lo expuesto, considerando que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante sendas resoluciones ha declarado nulos los acuerdos con los que la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cusco designó a los presidentes titulares de los Jurados Electorales Especiales de Canchis y Espinar; asimismo, dado que la misma Sala Plena, en sesión del 11 de julio de 2014, acordó excluir a los magistrados Yuri John Pereira Alagón y Miriam Pinares Silva, de su condición de presidentes suplentes de dichos Jurados Electorales Especiales, y procedió a realizar una nueva designación, recayendo esta en los jueces superiores provisionales, doctora Bony Eve Gamarra Flores, para ejercer el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Canchis, y doctor Félix Villegas Cajachagua para el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Espinar, este colegiado considera que debe darse por concluido el ejercicio en el cargo de los señores magistrados Luis Alfonso Sarmiento Núñez y Andrés Quinte Villegas, debiéndose convocar para tal función a la doctora Bony Eve Gamarra Flores, identifi cada con DNI Nº 23807796, y al doctor Félix Villegas Cajachagua, identifi cado con DNI Nº 23869111. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha de la presente resolución, la designación del señor doctor Luis Alfonso Sarmiento Núñez, en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Canchis para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha de la presente resolución, la designación del señor doctor Andrés Quinte Villegas, en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Espinar para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo Tercero.- CONVOCAR a la doctora Bony Eve Gamarra Flores, jueza superior designada por la Corte Superior de Justicia de Cusco, para que asuma la presidencia del Jurado Electoral Especial de Canchis, con sede en Sicuani, en el departamento de Cusco, previa juramentación ante la presidencia de la referida Corte Superior. Artículo Cuarto.- CONVOCAR al doctor Félix Villegas Cajachagua, juez superior designado por la Corte Superior de Justicia de Cusco, para que asuma la presidencia del Jurado Electoral Especial de Espinar, con sede en Espinar, en el departamento de Cusco, previa juramentación ante la presidencia de la referida Corte Superior. Artículo Quinto.- MODIFICAR la Resolución Nº 433- 2014-JNE, de fecha 30 de mayo de 2014, en el extremo referido a los Jurados Electorales Especiales de Canchis y Espinar, correspondientes al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, los que quedan conformados de la siguiente manera: JURADO ELECTORAL ESPECIAL SEDE CONFORMACIÓN JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE CANCHIS SICUANI PRESIDENTE DRA. BONY EVE GAMARRA FLORES PRIMER MIEMBRO DR. ROLANDO TTITO QUISPE SEGUNDO MIEMBRO ALFREDO HACHO LACUTA JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE ESPINAR ESPINAR PRESIDENTE DR. FÉLIX VILLEGAS CAJACHAGUA PRIMER MIEMBRO DR. EFRAÍN QUESADA VÉLEZ SEGUNDO MIEMBRO DALILA LOURDES AGUILAR WAGNER Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, del Jurado Electoral Especial de Canchis, del Jurado Electoral Especial de Espinar, y de los interesados, para los fi nes que se estime pertinentes. Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1113671-2 Revocan resolución emitida por el Jurado Electoral Especial de Cañete que declaró improcedente inscripción de lista de candidatos de la organización política Movimiento Regional Justicia y Capacidad, presentada para el Concejo Distrital de Zuñiga RESOLUCIÓN Nº 628-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00812 ZÚÑIGA - CAÑETE - LIMA JEE CAÑETE (EXPEDIENTE Nº 0046-2014-070) ELECCIONES REGIONALESY MUNICIPALES 2014 Lima, quince de julio de dos mil catorce