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El Peruano Miércoles 23 de julio de 2014 528389 el Concesionario modifi caciones al Contrato, siempre que ello sea necesario y esté debidamente sustentado, entre otros, para adecuar el Contrato a cambios tecnológicos o nuevas circunstancias que se produzcan durante la vigencia de la Concesión, entre otros; Que, en virtud a lo establecido en la cláusula décimo octava del Contrato de Concesión, el Concesionario presenta la solicitud de modifi cación contractual respecto a la modifi cación de las cláusulas Defi niciones (Pago por Kilómetro Tren Recorrido), 10.4, numeral 1.5.3 del Apéndice 1 del Anexo 6 así como los numerales 1.2.2, 1.2.7, 1.2.11, 1.2.14, 1.2.15, 1.2.16, 1.2.17, 1.2.18, 1.3.1, 1.3.3 y 1.4.4 del Anexo 7 así como la inclusión de los numerales 1.2.59 y 1.3.4 del Anexo 7 del Contrato de Concesión, presentando una propuesta de Adenda No. 2 a dicho Contrato; Que, teniendo en cuenta las normas anteriormente citadas, mediante Ofi cios Circulares N° 010-13-SCD- OSITRAN y 022-14-SCD-OSITRAN recibidos con 07 de mayo de 2013 y 10 de julio de 2014, respectivamente, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN comunicó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones que en Sesiones de Consejo Directivo se aprobó mediante Acuerdos N° 1540-448-13-CD-OSITRAN y N° 1721- 515-14-CD-OSITRAN, las opiniones técnicas de dicho Regulador contenidas en los Informes N° 013-13-GRE-GS- GAL-OSITRAN y N° 023-14-GRE-GSF-GAJ-OSITRAN; Que, mediante Ofi cio N° 141-2013-EF/15.01 de fecha 24 de junio de 2013 el Ministerio de Economía y Finanzas remite la opinión favorable contenida en el Informe N° 426-2013-EF/63.01; Que, mediante Ofi cio N° 244-2014-PROINVERSIÓN/ DE de fecha 09 de julio de 2014, la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN el Acuerdo del Comité PRO INTEGRACIÓN de Sesión N° 412-1-2014-Tren Urbano que aprueba el Informe N° 1-2014/DPI/SDGP/JPFE.02 orientado a brindar información sobre la modifi cación del Contrato de Concesión; Que, mediante Memorándum N° 202-2013-MTC/33, Informe N° 011-2013-MTC/33.3, Memorándum N° 052- 2013-MTC/33.3, Informe N° 11-2014-MTC/33.3-LQM, Memorándum N° 173-2014-MTC/33.3 e Informe N° 035- 2014-MTC/33.3-LQM la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao -AATE- sustenta técnicamente la propuesta de Adenda N° 2 al Contrato de Concesión; Que, mediante los Informes N° 004-2013-MTC/25, N° 307-2013-MTC/25 N° 491-2014-MTC/25 y N° 563- 2014-MTC/25, la Dirección General de Concesiones en Transportes sustenta técnica, fi nanciera y legalmente la propuesta de Adenda N° 2 al Contrato de Concesión; Que, mediante CARTA/METRO/MTC/0441/2014 de fecha 20 de junio de 2014, el Concesionario remite conformidad al texto de la Adenda N° 2 al Contrato de Concesión; Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo consagra el principio de legalidad, señalando que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política del Perú, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico, y desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en su artículo 6° que el Ministro es la más alta autoridad política del Sector; formula, ejecuta y supervisa la aplicación de las políticas nacionales, en armonía con la política general del Gobierno; asimismo, el literal k) del artículo 7 dispone que el Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; Que, el literal j) del artículo 9 del mencionado Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, señala que los Viceministros tienen como función específi ca aquellas que les delegue el Ministro en el ámbito de su competencia; Que, en consecuencia es necesario aprobar el texto de la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión, así como autorizar al funcionario que lo suscribirá en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del texto de la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1, Villa El Salvador – Av. Grau – San Juan de Lurigancho Aprobar el texto de la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión para el diseño, fi nanciamiento, construcción del Taller de Mantenimiento mayor para los trenes nuevos y existentes (incluye las vías de acceso al mismo) en el segundo nivel del Patio Taller ubicado en Villa El Salvador, provisión del Material Rodante Adquirido y Explotación del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1, Villa El Salvador – Av. Grau – San Juan de Lurigancho, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2. – Autorización para suscribir la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1, Villa El Salvador – Av. Grau – San Juan de Lurigancho Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda a que se refi ere el artículo anterior, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1114493-1 VIVIENDA Designan Directora de la Oficina de Administración del Talento Humano de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 257-2014-VIVIENDA Lima, 22 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el mismo que entre sus órganos de apoyo cuenta con la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos cuenta, entre otros, con la Ofi cina de Administración del Talento Humano, cuya dirección se encuentra vacante, siendo necesario designar a su titular; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora María Patricia Verona Nepo, en el cargo de Directora de la Ofi cina de Administración del Talento Humano de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1114330-1