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El Peruano Miércoles 30 de julio de 2014 528976 e. Carné de solicitante de refugio. Los Trabajadores del Hogar deberán ser identifi cados con alguno de los siguientes documentos: a. DNI. b. Carné de Extranjería. c. Pasaporte con visa de trabajo vigente. d. Carné de solicitante de refugio. El(la) cónyuge, el(la) concubino(a) o la madre gestante del(de la) hijo(a) del Trabajador del Hogar, así como el(la) hijo(a) del Trabajador del Hogar deberán ser identifi cados(as) con alguno de los siguientes documentos: a. DNI. b. Carné de Extranjería. c. Pasaporte. d. Carné de solicitante de refugio.” “Artículo 7°.- LUGAR DE INSCRIPCIÓN, MODIFICACIONES, ACTUALIZACIONES, BAJA DE INSCRIPCIÓN U OTRAS CIRCUNSTANCIAS EN EL REGISTRO La inscripción del empleador del trabajador del hogar se realizará de manera personal o por su representante legal en la intendencia u ofi cina zonal o en los centros de servicios al contribuyente de la SUNAT que correspondan a su domicilio fi scal. La inscripción del trabajador del hogar y sus derechohabientes en el Registro, así como los trámites relacionados con el mismo, tales como modifi caciones, actualizaciones, bajas u otras circunstancias, se realizarán de manera personal por el Empleador o su representante, de ser el caso, en las intendencias u ofi cinas zonales o en los centros de servicios al contribuyente de la SUNAT. La inscripción y la baja de inscripción de los trabajadores del hogar y sus derechohabientes, la comunicación de las modifi caciones previstas en los literales c) al h) del artículo 9° así como la actualización de los datos de dichos sujetos que la SUNAT solicite podrán ser realizadas alternativamente a través de SUNAT Virtual de acuerdo a lo establecido en la resolución de superintendencia correspondiente. El Empleador notifi cado como principal contribuyente seguirá cumpliendo con el resto de sus obligaciones en la dependencia designada para ello por la SUNAT.” “Artículo 8°.- INFORMACIÓN A SER COMUNICADA POR LOS EMPLEADORES Los Empleadores, al solicitar la inscripción en el Registro deberán comunicar la siguiente información, según corresponda: a) Del Empleador a.1 Tipo y número de documento de identidad a.2 Apellidos y nombres a.3 Sexo a.4 Fecha de nacimiento a.5 Nacionalidad a.6 Correo electrónico (opcional) a.7 Domicilio fi scal, sólo en el caso que la SUNAT no lo tenga en sus registros o éste no se encuentre actualizado. En el caso de los identifi cados con DNI, la información de los apellidos y nombres, sexo y fecha de nacimiento se validará con la información de RENIEC que obre en poder de la SUNAT. b) Del Trabajador del Hogar b.1 Tipo y número de documento de identidad b.2 Apellidos y nombres b.3 Sexo b.4 Fecha de nacimiento b.5 Fecha de inicio de la relación laboral b.6 Fecha de término de la relación laboral b.7 Centro laboral comunicado por el Empleador b.8 Nacionalidad, cuando se identifi que con documento distinto al DNI. b.9 Teléfono del centro laboral b.10 Dirección b.11 Estado civil. b.12 País emisor del documento, cuando se identifi que con pasaporte b.13 Dirección adicional (dato opcional). b.14 Indicador de adscripción para el centro asistencial del EsSalud, cuando se comunique una dirección adicional. b.15 Teléfono (dato opcional). b.16 Correo electrónico (dato opcional). En el caso de los identifi cados con DNI, la información de los apellidos y nombres, sexo, fecha de nacimiento, estado civil y dirección se validará con la información de RENIEC que obre en poder de la SUNAT. c) De los Derechohabientes c.1 Tipo y número del documento que acredita la identidad. c.2 Apellidos y nombres. c.3 Fecha de nacimiento. c.4 Sexo. c.5 Dirección (solo si se encuentra identifi cado con documento distinto al DNI e indica domicilio distinto al del trabajador del hogar). c.6 Dirección adicional (opcional). c.7 Indicador de adscripción para el centro asistencial del EsSalud, cuando se comunique una dirección adicional. c.8 Teléfono (opcional). c.9 Correo electrónico (opcional). c.10 Estado civil. c.11 País emisor del documento, cuando se identifi que con pasaporte. c.12 Nacionalidad, cuando se identifi que con documento distinto al DNI. c.13 Tipo de vínculo familiar (cónyuge o concubino(a), hijo(a) menor de edad, hijo(a) mayor de edad discapacitado(a), o madre gestante del hijo(a) del trabajador del hogar). c.14 Documento que sustenta el vínculo (excepto para el hijo menor de edad cuando se identifi que con DNI), de acuerdo a lo establecido en los literales b) y c) del artículo 3°. c.15 Número de documento que sustenta el vínculo familiar (excepto para el hijo menor de edad cuando se identifi que con DNI), de acuerdo a lo establecido en los literales b) y c) del artículo 3°. c.16 Mes y año de inicio de la gestación (solo cuando el vínculo sea gestante) c.17 Fecha de baja del registro. c.18 Motivo de baja del registro. En el caso de los identifi cados con DNI, la información de los apellidos y nombres, sexo, fecha de nacimiento, estado civil y dirección se validará con la información de RENIEC que obre en poder de la SUNAT. Cuando se solicite la baja de inscripción del trabajador del hogar o del derechohabiente se comunicará el tipo de documento de identidad con el que fue inscrito en el registro.”. Segunda.- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 109-2000/SUNAT Incorpórese como numeral 35 del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT, el siguiente texto: “35. Realizar la inscripción o baja de inscripción de los trabajadores del hogar y sus derechohabientes así como la comunicación de modifi caciones o actualización de la información de dichos sujetos en el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes.” Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1116453-1