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El Peruano Viernes 13 de junio de 2014 525201 de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente, para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales del Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluidas, a partir del 16 de junio de 2014, las encargaturas de funciones otorgadas a los profesionales que se detallan a continuación, dándoseles las gracias por los servicios prestados: ADMINISTRACIÒN LOCAL DEL AGUA PROFESIONAL ENCARGADO RESOLUCIÓN DE ENCARGATURA Chili César Augusto Quiroz Sánchez RJ N° 551-2013-ANA Medio Apurímac - Pachachaca José Ramiro Armas Mendoza RJ N° 551-2013-ANA Artículo 2º.- Encargar, a partir del 16 de junio de 2014, las funciones de las Administraciones Locales del Agua, a los profesionales siguientes: ADMINISTRACIÒN LOCAL DEL AGUA PROFESIONAL ENCARGADO Chili José Ramiro Armas Mendoza Medio Apurímac - Pachachaca César Augusto Quiroz Sánchez Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1096332-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 187-2014-ANA Lima, 12 de junio de 2014 VISTO: El Informe Nº 382-2014-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resolución Jefatural N°358-2012- ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Cajamarca, al Ing. JOSÉ YGNACIO SANDOVAL MARTÍNEZ; Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario hará uso de su descanso físico del 16 de junio al 15 de julio de 2014, siendo necesario cubrir su ausencia a fi n que el normal desarrollo de la unidad orgánica antes mencionada no se vea afectada; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N°006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar temporalmente, a partir del 16 de junio hasta el 15 de julio de 2014, a la Ing. GLORIA SOLEDAD AGUILAR RIVERA, las funciones de la Administración Local de Agua Cajamarca, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios, suscrito con esta Autoridad. Artículo 2º.- Precísase que al término del encargo de funciones a que se refi ere el artículo precedente, el Ing. JOSÉ YGNACIO SANDOVAL MARTÍNEZ, continuará ejerciendo las funciones de la Administración Local de Agua Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1096332-2 CULTURA Autorizan viaje de representantes del Ministerio de Cultura a Qatar, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2014-MC Lima, 12 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica, que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este último tiene como áreas programáticas de acción, el Patrimonio Cultural de la Nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, mediante documento signado como OF. RE (DAC) Nº 2-22-B/17 de fecha 21 de marzo de 2014, el Director General para Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica la invitación cursada por el Director del Centro de Patrimonio Mundial de la Secretaría del Comité de Patrimonio de la Humanidad del Sector Cultura de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, para participar en la 38º Reunión del Comité de Patrimonio Mundial de la UNESCO, que tendrá lugar del 15 al 25 de junio de 2014, en la ciudad de Doha, Estado de Qatar, por lo que sugiere se conforme una delegación que permita cumplir las obligaciones asumidas como miembro del Comité de Patrimonio Mundial y alcanzar los objetivos que como país hemos trazado respecto de la postulación del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, para ser declarado Patrimonio Mundial; Que, señala el citado documento que esta reunión guarda especial relevancia para el Perú por dos motivos, el primero, es su condición de miembro pleno del Comité de Patrimonio Mundial, pudiendo tener directa participación en las decisiones que el mismo adopte, el segundo, es que en esta reunión el Comité decidirá si el Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, es inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO; Que, con Informe Nº 179-2014-DGPC-VMPCIC/MC de fecha 6 de mayo de 2014, la Dirección General de Patrimonio Cultural, comunica la relación de personas que ejercerán la representación por parte del Ministerio