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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (28/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 147

El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526445 Artículo 16°.- Funciones de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Son funciones de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas: (…) o) Designar a los titulares y suplentes autorizados a fi rmar notas de créditos negociables y cheques, así como a los encargados de autorizar el abono en cuenta, dentro del ámbito de su competencia. p) Expedir las resoluciones de su competencia. (…) n) Aprobar la sanción disciplinaria de amonestación verbal o escrita al personal de la propia Superintendencia Nacional Adjunta y de los órganos y unidades orgánicas bajo su dependencia, conforme al procedimiento aprobado mediante Resolución de Superintendencia. (…) Artículo 18°.- Funciones de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas Son funciones de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas: (…) f) Reemplazar al Superintendente Nacional cuando éste lo hubiera designado para ello. (…) Artículo 26°-A.- Ofi cina de Gestión y Soporte La Ofi cina de Gestión y Soporte es la unidad orgánica de tercer nivel organizacional dependiente de la Procuraduría Pública encargada del control documentario, apoyo logístico, y de la gestión administrativa del personal de la Procuraduría Pública. Asimismo, se encarga de apoyar en las labores de evaluación de la gestión de los procesos a cargo de dicho órgano. Artículo 26°-B.- Funciones de la Ofi cina de Gestión y Soporte Son funciones de la Ofi cina de Gestión y Soporte: a) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a cargo de la Procuraduría Pública, a ser incorporadas en el plan anual de actividades a remitirse al Consejo de Defensa Jurídica del Estado. b) Controlar, recibir, recoger y distribuir la documentación y expedientes que ingresen o envié la Procuraduría Pública, así como la administración de su archivo. c) Gestionar y mantener actualizada la información a cargo de la Procuraduría Pública en los sistemas o cualquier medio de soporte que se habilite para ello, en coordinación con los responsables que correspondan. d) Elaborar y elevar al Procurador Público o a los Procuradores Adjuntos los documentos de atención de los pedidos de información que reciba la Procuraduría Pública. e) Apoyar en las labores de evaluación de la gestión de los procesos a cargo de la Procuraduría Pública. f) Ejecutar y autorizar las acciones administrativas del personal de la Procuraduría Pública, relativas a los procesos de control de asistencia así como de los requerimientos de capacitación. g) Elaborar los requerimientos de necesidades logísticas de la Procuraduría Pública, así como coordinar su atención y efectuar su seguimiento. h) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de competencia de la Procuraduría Pública. i) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Procuraduría Pública. Artículo 29°.- Funciones de la Secretaría Institucional Son funciones de la Secretaría Institucional: (…) b) Proponer a la Superintendencia Nacional y supervisar las estrategias, planes, programas, normas y procedimientos inherentes a la administración documentaria y archivo. c) Supervisar la gestión del Registro de Resoluciones y Circulares de la Alta Dirección, así como el cumplimiento de las demás funciones asignadas a las unidades orgánicas bajo su dependencia. d) Gestionar la emisión de resoluciones para la autorización de viaje al exterior que no requiera de Resolución de Superintendencia, y aquellas resoluciones necesarias para efectuar el pago de las cuotas de membresía en organismos internacionales. (…) Artículo 31°.- Funciones de la División de Administración Documentaria Son funciones de la División de Administración Documentaria: a) Recibir y distribuir la correspondencia presentada en las Unidades de Recepción Documental a su cargo, que tenga como destinatarios a la Alta Dirección y demás trabajadores de la institución sobre asuntos relacionados al ejercicio de sus funciones. b) Registrar, numerar, publicar y archivar las resoluciones y circulares emitidas por la Alta Dirección de la SUNAT, distribuyéndolas cuando corresponda. (…) d) Elaborar, de ser el caso, y tramitar los proyectos de las resoluciones de autorización de viaje que no requieran de Resolución de Superintendencia. (…) g) Elaborar y proponer estrategias, planes, programas, normas y procedimientos, inherentes a la administración documentaria, así como evaluar su cumplimiento. Artículo 32°.- División de Archivo Central La División de Archivo Central es una unidad orgánica de cuarto nivel organizacional dependiente de la Secretaría Institucional, encargada de asegurar la adecuada conservación y custodia del acervo documentario de la institución; así como de brindar los servicios archivísticos respecto del archivo central a su cargo. Artículo 33°.- Funciones de la División de Archivo Central Son funciones de la División de Archivo Central: a) Recibir, clasifi car, conservar y custodiar la documentación transferida al archivo a su cargo según la normatividad sobre la materia, incluyendo los documentos tributarios presentados por los contribuyentes en los bancos. (…) c) Elaborar y proponer estrategias, planes, programas, normas y procedimientos, inherentes al archivo de documentos salvo aquellas cuya aprobación le corresponda de conformidad con la normatividad que regula la materia; así como evaluar su cumplimiento. Asimismo, emitir opinión técnica sobre la materia de su competencia. d) Formular el Cronograma Anual de Transferencias así como el Cronograma Anual de Eliminación de Documentos conforme a la normatividad sobre la materia. Asimismo, coordinar las propuestas de modifi cación del Programa de Control de Documentos y alcanzarlas al Comité de Evaluación de Documentos. e) Proporcionar y brindar los servicios archivísticos a los usuarios que soliciten documentos en custodia del archivo a su cargo. (…) g) Aplicar tecnologías avanzadas en materia de archivo de los documentos que se encuentran bajo su custodia, así como administrar los medios ópticos generados en la digitalización de los documentos transferidos al archivo a su cargo para descongestionar y brindar información oportuna. h) Mantener actualizado el fondo documental que corresponde al archivo a su cargo. (...) Artículo 66°.- Gerencia de Estudios Económicos La Gerencia de Estudios Económicos es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Estudios Económicos y Estadística, encargada de desarrollar y evaluar, en el marco de sus competencias, propuestas de normas tributarias, aduaneras y de los sistemas administrativos de pago, que le sean requeridos. Asimismo, se encarga de efectuar estudios sectoriales e investigaciones económicas con impacto tributario y/o aduanero y de analizar e investigar las causas del incumplimiento tributario y aduanero.