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El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526461 rubro “enviado con” se indica “Libre 342”, y es remitido el 17 de mayo de 2011, nuevamente, al despacho de alcaldía, consignando en el rubro “enviado con” el texto “Resolución de Alcaldía 306”. 10. Copia de la hoja de ruta de trámite documentario del Memorando N.º 189-2011-SGRH-GA-MPM, sobre la ratifi cación de Manuel Alberto Sánchez Ceba, que generó la Resolución de Alcaldía N.º 307-2011-A-MPM (fojas 679 al 680). Si bien Adela Esmeralda Jiménez Mera señala que de dicho documento se apreciaría que el documento ingresó el 4 de mayo de 2012 y se fi rmó y despachó a la ofi cina de la Secretaría General el 12 de mayo de 2011, del documento que obra en el presente expediente, ello no se advierte claramente, porque la copia señala que, efectivamente, se despachó el citado expediente, desde la Alcaldía hacia Secretaría General, el 12 de mayo de 2011, pero en el rubro “enviado con” se indica “Libre 267”, y es remitido el 17 de mayo de 2011, nuevamente, al despacho de alcaldía, consignando en el rubro “enviado con” el texto “Resolución de Alcaldía 307”. 11. Copia de la hoja de ruta de trámite documentario del Expediente N.º 8358-2011-AADAG-SG-MPM, que generó la Resolución de Alcaldía N.º 308-2011-A-MPM (fojas 685 al 686). Si bien Adela Esmeralda Jiménez Mera señala que de dicho documento se apreciaría que el documento ingresó el 5 de mayo de 2012 y se fi rmó y despachó a la ofi cina de la Secretaría General el 12 de mayo de 2011, del documento que obra en el presente expediente, ello no se advierte claramente, porque la copia señala que, efectivamente, se despachó el citado expediente, desde la Alcaldía hacia Secretaría General, el 12 de mayo de 2011, pero en el rubro “enviado con” se indica “Libre 268”, y es remitido el 17 de mayo de 2011, nuevamente, al despacho de alcaldía, consignando en el rubro “enviado con” el texto “Resolución de Alcaldía 308”. 12. Copia del Ofi cio N.º 049-2011-SR-MPM, del 19 de mayo de 2011, remitido por Adela Esmeralda Jiménez Mera al alcalde Charles Mayer Zevallos Eyzaguirre, mediante el cual solicita la rectifi cación de los errores materiales o aritméticos de las Resoluciones de Alcaldía N.º 304-2011-A-MPM, N.º 307-2011-A-MPM y N.º 308- 2011-A-MPM, debido a que se han consignado fechas distintas al periodo en el que estuvo encargada del despacho de alcaldía (fojas 687 al 688). 13. Copia del Ofi cio N.º 111-2011-AEJM-MPM, del 7 de octubre de 2011, remitido por Adela Esmeralda Jiménez Mera al alcalde Charles Mayer Zevallos Eyzaguirre, mediante la cual reitera su solicitud presentada con el Ofi cio N.º 049-2011-SR-MPM (fojas 689 al 690). Respecto a la causal de declaratoria de vacancia prevista en el artículo 22, numeral 9, de la LOM 1. Copia del contrato de concesión de espacio televisivo para programa periodístico N.º 034-2011, celebrado el 8 de abril de 2011, entre Aries E.I.R.L., representada por su gerente general Rusbel Ferry Castro, y Raúl Célis López, a través del cual se concesiona el espacio televisivo en Amazonía TV – Canal 35, de propiedad de la empresa, denominado “Hora Zero”, por el periodo de un mes, computado desde el 8 de abril hasta el 7 de mayo del 2011 (fojas 768 al 773). 2. Copia del contrato de concesión de espacio televisivo para programa periodístico N.º 103-2011, celebrado el 8 de agosto de 2011, entre Aries E.I.R.L., representada por su gerente general Rusbel Ferry Castro, y Raúl Célis López, a través del cual se concesiona el espacio televisivo en Amazonía TV – Canal 35, de propiedad de la empresa, denominado “Hora Zero”, por el periodo de un mes, computado desde el 8 de agosto hasta el 7 de setiembre del 2011 (fojas 774 al 779). 3. Copia del contrato de concesión de espacio televisivo para programa periodístico N.º 058-2011, celebrado el 21 de abril de 2011, entre Aries E.I.R.L., representada por su gerente general Rusbel Ferry Castro, y Polémica E.I.R.L., representada por Carolina Arredondo Villar, a través del cual se concesiona el espacio televisivo en Amazonía TV – Canal 35, de propiedad de la empresa, denominado “Polémica con Carolina Arredondo”, por el periodo de un mes, computado desde el 21 de abril hasta el 21 de mayo del 2011 (fojas 780 al 785). 4. Copia del contrato de concesión de espacio televisivo para programa periodístico N.º 111-2011, celebrado el 21 de agosto de 2011, entre Aries E.I.R.L., representada por su gerente general Rusbel Ferry Castro, y Polémica E.I.R.L., representada por Carolina Arredondo Villar, a través del cual se concesiona el espacio televisivo en Amazonía TV – Canal 35, de propiedad de la empresa, denominado “Polémica con Carolina Arredondo”, por el periodo de un mes, computado desde el 21 de agosto hasta el 21 de setiembre del 2011 (fojas 786 al 791). 5. Copia del contrato de concesión de espacio televisivo para programa periodístico N.º 116-2011, celebrado el 31 de setiembre de 2011 (sic), entre Aries E.I.R.L., representada por su gerente general Rusbel Ferry Castro, y Polémica E.I.R.L., representada por Carolina Arredondo Villar, a través del cual se concesiona el espacio televisivo en Amazonía TV – Canal 35, de propiedad de la empresa, denominado “Polémica con Carolina Arredondo”, por el periodo de un mes, computado desde el 21 de setiembre hasta el 21 de octubre del 2011 (fojas 792 al 797). 6. Copia del Ofi cio N.º 7802-2013-SGL-GA-MPM, del 17 de setiembre de 2013, remitido por Henry Iván Chota Rodríguez, sub gerente de logística, a Denni Martín Nicanor Morey Meléndez, secretario general encargado de la Municipalidad Provincial de Maynas, que concluye que durante el periodo comprendido entre los años 2009 y 2013, la empresa Aries E.I.R.L. no ha prestado ningún servicio a favor de la referida entidad edil (fojas 798). Posición del Concejo Provincial de Maynas En sesión extraordinaria del 18 de setiembre de 2013, contando con la asistencia de la alcaldesa provisional y trece regidores, el Concejo Provincial de Maynas adoptó los siguientes acuerdos (fojas 1549 al 1785): 1. Por trece votos en contra y ningún voto a favor ni abstención, se adoptó el Acuerdo de Concejo N.º 152- 2013-SE-MPM, del 18 de setiembre de 2013, que rechazó la solicitud de archivamiento defi nitivo del procedimiento de declaratoria de vacancia, presentada por Wendy Merle Casique de la Cruz. 2. Por siete votos a favor y seis votos en contra, se adoptó el Acuerdo de Concejo N.º 153-2013-SE-MPM, del 18 de setiembre de 2013, que admitió la solicitud de desistimiento formal de la pretensión del presente procedimiento de declaratoria de vacancia, presentada por Wendy Merle Casique de la Cruz. 3. Por seis votos a favor y siete votos en contra, se adoptó el Acuerdo de Concejo N.º 154-2013-SE-MPM, del 18 de setiembre de 2013, que rechazó la solicitud de adhesión al procedimiento de declaratoria de vacancia, presentada por Guillermo Noronha Salazar. 4. Por seis votos a favor y siete votos en contra, se adoptó el Acuerdo de Concejo N.º 155-2013-SE-MPM, del 18 de setiembre de 2013, que rechazó la solicitud de adhesión al procedimiento de declaratoria de vacancia, presentada por Guillermo Tovar Pérez. 5. Por seis votos a favor y siete votos en contra, se adoptó el Acuerdo de Concejo N.º 156-2013-SE-MPM, del 18 de setiembre de 2013, que rechazó la solicitud de adhesión al procedimiento de declaratoria de vacancia, presentada por Homero Llerena Velásquez. 6. Por seis votos a favor y ocho en contra, al no haberse alcanzado el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de los miembros del concejo municipal, que exige el artículo 23 de la LOM, se adoptó el Acuerdo de Concejo N.º 157-2013-SE-MPM, del 18 de setiembre de 2013, que rechazó la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra de la regidora y alcaldesa provisional Adela Esmeralda Jiménez Mera, por las causales previstas en el artículo 11 y 22, numeral 9, de la LOM. Consideraciones de los apelantes A. El recurso de apelación interpuesto por Homero Llerena Velásquez Con fecha 30 de setiembre de 2013, Homero Llerena Velásquez interpone recurso de apelación en contra del acuerdo de concejo adoptado en la sesión extraordinaria del 18 de setiembre de 2013, que se pronunció sobre la solicitud de declaratoria de vacancia en contra de la regidora y actual alcaldesa provisional Adela Esmeralda Jiménez Mera (fojas 1390 al 1399), reafi rmando los argumentos expuestos en la solicitud de declaratoria de