Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2014 (28/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 164

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vacancia y senalando que el conflicto de intereses es evidente, toda vez que los fondos municipales que han servido para pagar los servicios a los periodistas, han servido tambien para pagar a la Empresa Aries E.I.R.L. B. El recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Noronha MORDAZA Con fecha 10 de octubre de 2013, MORDAZA Noronha MORDAZA interpone recurso de apelacion en contra de los Acuerdos de Concejo N.º 154-2013-SE-MPM y N.º 1572013-SE-MPM (fojas 1404 al 1434), sobre la base de los siguientes argumentos: Respecto al cuestionamiento al Acuerdo de Concejo N.º 154-2013-SE-MPM: 1. El interes publico que irradia los procedimientos de declaratoria de vacancia y suspension legitima a los vecinos a intervenir en el MORDAZA, sin que sea necesario que estos MORDAZA solicitantes de la declaratoria de vacancia ni que hayan solicitado su incorporacion al procedimiento principal. 2. MORDAZA MORDAZA Casique de la MORDAZA no precisa si se desiste de la pretension o del MORDAZA o de ambos. Respecto al cuestionamiento al Acuerdo de Concejo N.º 157-2013-SE-MPM: Reafirma, sustancialmente, los mismos argumentos expuestos en la solicitud de declaratoria de vacancia, reafirmando el hecho, en el extremo de la causal de declaratoria de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 9, de la LOM, que esta se configura a traves de la celebracion de contratos, por parte de la entidad MORDAZA, con terceros vinculados con la empresa Aries E.I.R.L. cuyo gerente fundador es el esposo de la regidora y actual alcaldesa provisional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera. C. El recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con fecha 10 de octubre de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion en contra de los Acuerdos de Concejo N.º 153-2013-SE-MPM y N.º 1552013-SE-MPM (fojas 1438 al 1444), alegando que el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha legitimado, sobre la base del interes publico que existe sobre la resolucion de los procedimientos de declaratoria de vacancia y suspension, que los ciudadanos puedan adherirse a procedimientos de declaratoria de vacancia, mientras no exista pronunciamiento en sede administrativa (Resolucion N.º 560-209-JNE y Auto N.º 1, emitido en el Expediente N.º J-2011-00756). Posicion del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones A traves del Auto N.º 1, del 25 de febrero de 2014, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones admitio a tramite el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Noronha MORDAZA en contra de los Acuerdos de Concejo N.º 154-2013-SE-MPM y N.º 157-2013-SE-MPM, asi como el recurso de apelacion presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo N.º 1532013-SE-MPM y N.º 155-2013-SE-MPM. Asimismo, declaro improcedente el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra de la decision adoptada en la sesion extraordinaria, de fecha 18 de setiembre de 2013 (fojas 2158 al 2160). La improcedencia del recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA se sustento en el hecho de que, en el citado medio impugnatorio, no se formularon argumentos destinados a cuestionar el Acuerdo de Concejo N.º 156-2013-SE-MPM, mediante el cual se rechazo su solicitud de adhesion, esto a pesar de haber sido notificado con dicha decision el 3 de octubre de 2013 (fojas 1352 a 1354). En ese sentido, al no haber impugnado dicho acuerdo, el mismo quedo firme, por lo que, al no ser parte en el procedimiento de declaratoria de vacancia, no se encuentra legitimado para impugnar el Acuerdo de Concejo N.º 157-2013-SE-MPM, que fue la que rechazo la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA Casique de la MORDAZA en contra de MORDAZA

El Peruano Sabado 28 de junio de 2014

MORDAZA MORDAZA Mera, por las causales previstas en los articulos 11 y 22, numeral 9, de la LOM. CUESTIONES EN DISCUSION Las materias controvertidas en el presente caso consisten en determinar lo siguiente: 1. Si corresponde admitir la adhesion y tener como sujetos legitimados para intervenir en el presente procedimiento de declaratoria de vacancia, a MORDAZA Noronha MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Perez. 2. Si se ha producido una contravencion al MORDAZA ne bis in idem en el presente caso. 3. Si la regidora y alcaldesa provisional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera ha incurrido en la causal de declaratoria de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM. 4. Si la regidora y alcaldesa provisional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera ha incurrido en la causal de declaratoria de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 9, de la LOM. CONSIDERANDOS Sobre el rechazo de los pedidos de adhesion de MORDAZA Noronha MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1. Con escrito presentado el 18 de setiembre de 2013, MORDAZA MORDAZA Casique de la MORDAZA se desiste formalmente del procedimiento de declaratoria de vacancia, asi como de la pretension en el citado procedimiento seguido en contra de la regidora y alcaldesa provisional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera, en el Expediente N.º J-2013-00305 (fojas 1076 y 1077). Dicho desistimiento fue admitido por el Concejo Provincial de Maynas, a traves del Acuerdo de Concejo N.º 163-2013-SE-MPM. 2. Respecto al desistimiento del procedimiento y de la pretension de declaratoria de vacancia, cuando dicho procedimiento se encuentra en tramite en sede municipal, cabe tomar en cuenta lo dispuesto en el articulo 189 de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG), enunciado normativo que resulta aplicable para los desistimientos se presentan mientras no exista un pronunciamiento por parte del concejo municipal: "Articulo 189.- Desistimiento del procedimiento o de la pretension 189.3. El desistimiento solo afectara a quienes lo hubieren formulado. [...] 189.5. El desistimiento se podra realizar en cualquier momento MORDAZA de que se notifique la resolucion final en la instancia. 189.6. La autoridad aceptara de plano el desistimiento y declarara concluido el procedimiento, salvo que, habiendose apersonado en el mismo terceros interesados, instasen estos su continuacion en el plazo de diez dias desde que fueron notificados del desistimiento. 189.7. La autoridad podra continuar de oficio el procedimiento si del analisis de los hechos considera que podria estarse afectando intereses de terceros o la accion suscitada por la iniciacion del procedimiento extranase interes general. En ese caso, la autoridad podra limitar los efectos del desistimiento al interesado y continuara el procedimiento." (Enfasis agregado). 3. Por su parte, con relacion a la oportunidad para presentar solicitudes de adhesion a los procedimientos de declaratoria de vacancia y suspension, cabe mencionar que en la Resolucion N.º 0612-2012-JNE, del 21 de junio de 2012, se indico lo siguiente: "2. En cuanto al pedido de desistimiento, este Supremo Tribunal Electoral, como ya ha tenido oportunidad de senalar anteriormente (Resolucion N.º 560-2009) y tambien recientemente (Resolucion N.º 5912012), reitera que dicho pedido sera procedente si cumple con los requisitos formales para que proceda su aceptacion, esto es, firma certificada por notario publico y que se MORDAZA presentado MORDAZA de que se notifique la

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