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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2014 (26/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 93

El Peruano Miércoles 26 de marzo de 2014 519575 Municipalidades, en su artículo 80º inciso 3.2 dispone que es función específi ca exclusiva de la municipalidad distrital: Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales; Que, mediante la Ordenanza Nº 154-MDS de fecha 16 de septiembre del 2005, se regula la venta y el consumo de bebidas alcohólicas dentro de nuestro distrito, precisando en el artículo 17º inc. b) y c), que se encuentra expresamente prohibido el expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas en áreas públicas, comprendiéndose las plazas, parques, jardines públicos, pasajes, calles, jirones, avenidas y similares. Está prohibido además el expendio de bebidas alcohólicas en establecimientos o viviendas a puerta cerrada, a través de ventanas o de manera informal o indirecta; Que, mediante la Ordenanza Nº 193-MDS de fecha 13 de diciembre del 2007, se aprueba el régimen de aplicación de sanciones administrativas en el distrito de Surquillo, donde se establecen las infracciones y sanciones administrativas referidas a la venta, comercialización o consumo de bebidas alcohólicas en áreas públicas, considerándose una falta grave, con la sanción pecuniaria de 0.60 de la UIT; Que, en virtud de ello, mediante Ordenanza Nº 341- MDS, de fecha 28 de febrero de 2014, se reguló la venta, comercialización y consumo de drogas ilegales y bebidas alcohólicas en áreas públicas del distrito de Surquillo; Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ordenanza 314-MDS, es necesario reglamentar la presente Ordenanza con la fi nalidad de brindar un marco normativo que indique los requisitos complementarios para la correcta implementación de la Ordenanza mencionada. DECRETA: Artículo Primero.- REGLAMENTAR la Ordenanza 314-MDS que regula la venta, comercialización y consumo de drogas ilegales y bebidas alcohólicas en áreas públicas del distrito de Surquillo. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y a la Gerencia de Protección del Medio Ambiente el cumplimiento del presente reglamento. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente norma, en el portal institucional www. munisurquillo.gob.pe. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Disponer que el texto del presente Decreto sea publicado en la página web del portal institucional, de acuerdo a ley Segunda.- Déjese sin efecto cualquier otra norma que se oponga al presente Decreto. POR TANTO Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1066284-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Designan responsable de la elaboración y actualización del portal de internet de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 111-2014-A/MPP San Miguel de Piura 30 de enero de 2014 Visto, el Informe Nº 007-2014-GTySI/MPP de fecha 14 de enero del 2014, emitido por la Gerencia de Tecnologías y Sistema de Información, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe del visto, la Gerencia de Tecnologías y Sistema de Información, señala que mediante Resolución de Alcaldía Nº 360-2013-A/MPP de fecha 04.04.2013, se designa al Lic. Gerardo Lecca Stucchi – Jefe de la Ofi cina de Centro de Información y Estadística como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública – Ley Nº 27809, que se difunde a través del portal de Internet de la Municipalidad Provincial de Piura; Que, asimismo indica que mediante Resolución de Alcaldía Nº 04-2014-A/MPP de fecha 06.01.2014, se da por concluida la designación del Lic. Gerardo Lecca Stucchi en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Centro de Información y Estadística, designándose en su reemplazo al Ingº. Milton Miranda Guerrero; por lo que solicita se sirva autorizar la respectiva resolución de alcaldía en la que se designe a dicho funcionario, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública – Ley Nº 27809; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Memorando Nº 057-2014-GAJ/MPP de fecha 23 de enero del 2014, señala que las designaciones son actos de disposición interna que obedecen a facultad otorgada al Despacho de Alcaldía en coordinación con la Gerencia Municipal y Ofi cina de Personal, es por ello, que en tal disposición no se requiere de una opinión legal; en consecuencia, se debe seguir con el procedimiento establecido; Que, en mérito a lo expuesto de conformidad con el proveído de la Gerencia Municipal de fecha 14 de enero del 2014, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20º Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del Lic. Gerardo Lecca Stucchi, de la Municipalidad Provincial de Piura, como funcionario responsable de la elaboración y actualización institucional que se difunda, a través del Portal de Internet de la Municipalidad, en aplicación de lo dispuesto por el TUO de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM y su reglamento aprobado por D.S. Nº 072-2003-PCM. Artículo Segundo.- Designar al Ingº Milton Miranda Guerrero, de la Municipalidad Provincial de Piura, como funcionario responsable de la elaboración y actualización institucional que se difunda, a través del Portal de Internet de la Municipalidad, en aplicación de lo dispuesto por el TUO de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. Nº 043-2003- PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 072-2003- PCM. Artículo Tercero.- Disponer, la Publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. Nº 072-2003- PCM. Artículo Cuarto.- Dar cuenta a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Tecnologías y Sistemas de Información, Oficina de Secretaría General, Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional y al interesado para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. RUBY RODRÍGUEZ VDA. DE AGUILAR Alcaldesa 1066464-1