Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2014 (26/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyendose el MORDAZA de evaluacion, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS N° 2348-2013 del 12 de MORDAZA de 2013 y la Resolucion SBS N° 01182-2014 de fecha 24 de febrero de 2014. RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lombardi con matricula numero N-4244, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMARIONI Secretario General (a.i.)

El Peruano Miercoles 26 de marzo de 2014

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de necesidad publica e interes regional la lucha para erradicar la violencia de genero ejercida hacia las mujeres, ninas, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad
ORDENANZA REGIONAL Nº 265-AREQUIPA
El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en el Articulo 1° determina que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; consecuentemente en el articulo 2° senala que toda persona tiene derecho: ((1)). A la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar... ((2)). A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley 27867 en el articulo 4° establece por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Consecuentemente, en el articulo 8° establece como 4° MORDAZA el de Inclusion, determinando que el Gobierno Regional desarrolla politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultural, de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado... impidiendo la discriminacion por razones de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion. Por tanto, el trabajo con las mujeres deberia cobrar mayor relevancia ya que es el grupo que sufre la mas grave vulneracion de sus derechos; Que, en terminos de derecho internacional, en 1994 la Organizacion de Estados Americanos al aprobar la Convencion de Belem do Para afirmo que "la violencia contra la mujer constituye una violacion de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades" y manifesto que "la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una manifestacion de las relaciones de poder historicamente desiguales entre mujeres y hombres". Entre los compromisos que Estados deben cumplir respecto a la Convencion de Belem do Para, esta el deber de "actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer" (art. 7, b). En este deber esta incluido el conocer e investigar los patrones de violencia que afectan a las mujeres, como es el feminicidio. Dicha convencion reconoce en el acceso a la justicia uno de los deberes inmediatos para garantizar a las mujeres una MORDAZA libre de violencia. Tambien establece como deberes para las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes e instituciones que se abstengan de cualquier accion o practica de violencia contra la mujer, a la vez que adoptan medidas juridicas para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, danar o poner en peligro la MORDAZA de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad (art. 7, a, b, d.); Que, la Ley 28983 Ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, en el articulo 3º determina como principios fundamentales ((3.1)) la igualdad, respeto por la MORDAZA, dignidad, seguridad, la MORDAZA humana, asi como el reconocimiento del caracter pluricultural y

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Autorizan al Banco Cencosud S.A. la apertura de oficina especial temporal, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1734-2014
MORDAZA, 17 de marzo de 2014 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA Vista: La solicitud presentada por el Banco Cencosud S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (1) oficina especial temporal, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva y; CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura temporal de la referida oficina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "C"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros , por la Resolucion SBS Nº 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009 y la Resolucion Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Cencosud S.A. la apertura de una (1) Oficina, en la modalidad de oficina especial temporal, por el periodo comprendido entre el dia 17 de marzo de 2014 y el 17 de setiembre de 2014, ubicada dentro del Centro Comercial MORDAZA MORDAZA, con direccion CA D Mz G Lt s/n, Urb. Los Parques del MORDAZA, distrito de El MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca

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