Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2014 (05/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Lunes 5 de MORDAZA de 2014

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c) Comprobante de pago, de fecha 3 de noviembre de 2011, a nombre de MORDAZA Grabiel MORDAZA Sina, que se gira segun orden de servicio Nº 275-MDS, "por los servicios prestados como operario" de la obra mejoramiento del sistema de agua potable en el distrito de Sitajara, por la suma de S/. 1 860,00 (un mil ochocientos sesenta con 00/100 nuevos soles) (fojas 29). d) Recibo por honorarios Nº 000051, emitido con fecha 31 de octubre de 2011, por MORDAZA Grabiel MORDAZA Sina, a nombre de la Municipalidad Distrital de Sitajara, por la suma de S/. 1 860,00 (un mil ochocientos sesenta con 00/100 nuevos soles), por concepto de "prestacion de servicio como operario en la obra mejoramiento del sistema de agua potable en la localidad de Sitajara correspondiente a octubre 2011" (Fojas 30). e) Comprobante de pago, de fecha 9 de diciembre de 2011, a nombre de MORDAZA Grabiel MORDAZA Sina, que se gira segun orden de servicio Nº 335, "por los servicios prestados como operario del mes de noviembre de la obra mejoramiento del sistema de agua potable en el distrito de Sitajara", por la suma de S/. 1 020,00 (un mil veinte con 00/100 nuevos soles) (fojas 31). f) Recibo por honorarios Nº 000053, emitido con fecha 30 de noviembre de 2011, por MORDAZA Grabiel MORDAZA Sina, a nombre de la Municipalidad Distrital de Sitajara, por la suma de S/. 1 020,00 (un mil veinte con 00/100 nuevos soles), por concepto de "servicio como operario en la obra mejoramiento del sistema de agua potable del distrito de Sitajara por el mes de noviembre de 2011 (17 dias)" (fojas 32). g) Informe Nº 002-2010-ACC-RO/MDS/2011, de fecha 29 de noviembre de 2011, emitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, residente de obra del proyecto "Mejoramiento del sistema de agua potable en la localidad de Sitajara - Tarata", por el cual presenta la conformidad de servicios correspondiente al mes de noviembre de la obra en mencion (fojas 33). h) Informe de actividades (Carta Nº 002), de fecha 28 de noviembre de 2011, dirigida por MORDAZA MORDAZA Sina, mediante la cual comunica las actividades que realizo como operario en la obra "Mejoramiento del sistema de agua potable en la localidad de Sitajara" (fojas 34). i) Comprobante de pago, de fecha 26 de diciembre de 2011, a nombre de MORDAZA Grabiel MORDAZA Sina, que se gira segun orden de servicio Nº 386-MDS, "por los servicios prestados (como) operario correspondiente al mes de diciembre 2011 de la obra mejoramiento del sistema de agua potable en el distrito de Sitajara", por la suma de S/. 1 860,00 (un mil ochocientos sesenta con 00/100 nuevos soles) (fojas 35). j) Recibo por honorarios Nº 000054, emitido con fecha 30 de diciembre de 2011, por MORDAZA Grabiel MORDAZA Sina, a nombre de la Municipalidad Distrital de Sitajara, por la suma de S/. 1 860,00 (un mil ochocientos sesenta con 00/100 nuevos soles), por concepto de "servicio de mano de obra calificada en proyecto del ingreso del distrito de Sitajara correspondiente al mes de diciembre de 2011" (fojas 36). 7. El MORDAZA requisito para la configuracion del acto de nepotismo es que el familiar MORDAZA sido contratado, nombrado o designado para desempenar una labor o funcion en el ambito municipal. En el caso bajo analisis, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones considera que se encuentra acreditada la contratacion de MORDAZA Grabiel MORDAZA Sina, hermano del regidor cuestionado, por los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, por parte de la Municipalidad Distrital de Sitajara. En ese sentido, se entiende cumplido el MORDAZA de los requisitos para la configuracion del nepotismo a nivel de gobiernos locales. Injerencia por parte de la autoridad MORDAZA cuestionada para la contratacion de su pariente como trabajador o la omision de acciones de oposicion 8. Este Supremo Tribunal Electoral estima que es posible declarar la vacancia por la causal de nepotismo si se comprueba que los regidores han tenido injerencia en la contratacion de sus parientes. Asi, dicha injerencia

al analisis del MORDAZA elemento, si primero no se ha acreditado la existencia del anterior. 3. Asi, en cuanto al analisis del primer elemento, este Supremo Tribunal Electoral ha indicado que la acreditacion de esta causal no implica la verificacion de relaciones que, por empatia, pueda darse entre la autoridad cuestionada y su supuesto pariente, de ahi que, por ejemplo, MORDAZA establecido que no constituyen relaciones de parentesco las relaciones de MORDAZA espiritual, como la que existe entre el padrino y el ahijado (Resolucion Nº 615-2012-JNE), asi como tampoco se puede presumir la relacion de parentesco entre dos personas por el solo hecho de que hayan concebido un hijo (Resolucion Nº 693-2011-JNE), de manera que debe enfatizarse que la prueba idonea para acreditar la relacion de parentesco entre la autoridad cuestionada y el personal contratado son las partidas de nacimiento y/o matrimonio, tanto de los implicados, como de sus parientes, que permita establecer el entroncamiento comun (Resolucion Nº 4900-2010-JNE). 4. Respecto del MORDAZA elemento, este colegiado ha establecido, en reiterada jurisprudencia, que el vinculo contractual proviene de un contrato laboral o civil, siendo el primero el mas comun. Asi, para determinar la existencia de la relacion laboral no es necesario que el acuerdo de voluntades conste en un documento, ya que el contrato de trabajo puede celebrarse en forma escrita o verbal y el vinculo puede acreditarse con otros medios de prueba, tales como planillas de pago, recibos, ordenes de servicio, memorandos y otros (Resoluciones Nº 823-2011-JNE, Nº 801-2012-JNE, Nº 1146-2012-JNE y Nº 1148-2012JNE). Analisis del caso concreto Existencia de una relacion de parentesco entre la autoridad cuestionada y la persona contratada 5. Sobre el particular, en la Resolucion Nº 860-2013JNE, de fecha 17 de setiembre de 2013, ya el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones establecio que se encontraba acreditado el vinculo de parentesco entre el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sina y MORDAZA Grabiel MORDAZA Sina, por cuanto obran en autos las partidas de nacimiento de los MORDAZA mencionados, de donde se aprecia que entre ambos existe una relacion de parentesco por consanguinidad de MORDAZA grado en linea colateral, al tratarse de su hermano. Existencia de un vinculo laboral o civil entre la entidad a la cual pertenece la autoridad MORDAZA y la persona contratada 6. Con relacion al vinculo laboral o contractual, obran en autos copias certificadas por fedatario de los siguientes documentos: a) Informe Nº 015-2013-MDS/PPTO, de fecha 28 de octubre de 2013, emitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado de la unidad de personal de la Municipalidad Distrital de Sitajara senala que "se ha podido constatar que el Sr. MORDAZA Grabiel MORDAZA Sina ha laborado para la Municipalidad Distrital de Sitajara en la Obra "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable en el distrito de Sitajara", desde setiembre, como peon, y desde octubre, noviembre, diciembre del ano 2011, como operario, bajo la modalidad de contratacion (locacion de servicios), siendo su pago mediante recibo por honorarios, acreditandose el dicho con las copias autenticadas de las instrumentales que se acompanan al presente (fojas 25). b) Planilla del denominado "Proyecto de mejoramiento del sistema de agua potable en el distrito de Sitajara", correspondiente al mes de setiembre del ano 2011, donde en el item 22 figura MORDAZA MORDAZA Sina, con una cantidad de diecinueve dias laborados y con una remuneracion MORDAZA de S/. 1 045,00 (un mil cuarenta y cinco con 00/100 nuevos soles) (fojas 26 a 28).

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