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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2014 (06/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Martes 6 de mayo de 2014 522406 durante el año 2012, extraída del Portal de Transparencia económica del Ministerio de Economía y Finanzas, en la que dicha persona aparece (fojas 386, Expediente Nº J- 2012-0584). Posteriormente, con fecha 8 de marzo de 2013 (fojas 55 a 56, Expediente Nº J-2013-00584), Miguel Ángel Pozo García y Florencio Mario Vega Llanos solicitaron una segunda ampliación del pedido de vacancia interpuesto en contra del alcalde Manuel Glicerio Páucar Ramírez, esta vez por las causales de nepotismo e infracción de las restricciones a la contratación, previstas en el artículo 22, numerales 8 y 9, concordante con el artículo 63, de la LOM, respecto de: a. Su sobrina Kelly Janina Obregón Romero, por haber ejercido injerencia en su contratación. b. Gerente municipal Percy Gilberto Rojas Rosas, por haberlo contratado como proveedor de la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar. Posición del Concejo Distrital de Chavín de Huántar: Acuerdo de Concejo Nº 019-2013-MDCHH/A En la Sesión Extraordinaria Nº 03, llevada a cabo el 26 de abril de 2013 (fojas 76 a 81, Expediente Nº J-2013-00584), el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar acordó, por mayoría, rechazar la solicitud de vacancia presentada en contra del alcalde Manuel Glicerio Páucar Ramírez (con la asistencia de los seis integrantes del concejo, se registraron tres votos en contra de la vacancia y uno a favor). La mencionada decisión se formalizó mediante el Acuerdo de Concejo Nº 019-2013-MDCHH/A, de fecha 30 de abril de 2013 (foja 70 a 75, Expediente Nº J-2013- 00584). Sobre el recurso de apelación de fecha 8 de mayo de 2013 Con fecha 8 de mayo de 2013, Miguel Ángel Pozo García y Florencio Mario Vega Llanos interpusieron recurso de apelación (fojas 1 a 35, Expediente Nº J-2013- 00584) en contra del mencionado Acuerdo de Concejo Nº 019-2013-MDCHH/A, reafi rmando, sustancialmente, los argumentos señalados en su solicitud de declaratoria de vacancia y ampliaciones, agregando, en esta oportunidad, un nuevo supuesto de vacancia; tal es la contratación de Cliceria Sonia Vega Espinoza, supuesta sobrina del alcalde, para labores de mantenimiento en el sector Señor de los Milagros. Con relación a la Resolución Nº 614-2013-JNE Mediante Resolución Nº 614-2013-JNE (fojas 974 a 983, Expediente Nº J-2013-00584), de fecha 25 de junio de 2013, recaída en el Expediente Nº J-2013- 00584, el Jurado Nacional de Elecciones declaró nulo el Acuerdo de Concejo Nº 019-2013-MDCHH/A, de fecha 30 de abril de 2013, que rechazó el pedido de vacancia presentado en contra de Manuel Glicerio Páucar Ramírez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar, provincia de Huari, departamento de Áncash, por la causal prevista en el artículo 22, inciso 9, concordante con el artículo 63, de la LOM, y devolvió los actuados al concejo municipal, a fi n de que en un plazo máximo de treinta días hábiles emita un nuevo pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia, debiendo recabar y trasladar todos los medios probatorios necesarios, con la fi nalidad de dilucidar fehacientemente la confi guración de las causales y supuestos alegados. Ello por cuanto, al resolver la referida solicitud de vacancia, el Concejo Distrital de Chavín de Huántar no tuvo en consideración los pedidos de ampliación de la solicitud primigenia presentados por los recurrentes, mediante escritos, de fechas 7 y 8 de marzo de 2013, y dado que la decisión de desestimar el pedido de vacancia, con respecto a la causal invocada en la solicitud primigenia, de fecha 29 de noviembre de 2012, no estuvo precedida de un análisis exhaustivo sobre cada uno de los hechos imputados y los descargos, verifi cándose una afectación al principio de congruencia procesal y al derecho a la debida motivación en el Acuerdo de Concejo Nº 019-2013-MDCHH/A. Posición del Concejo Distrital de Chavín de Huántar: Acuerdo de Concejo Nº 061-2013-MDCHH/A Mediante Cartas Nº 0223-2013-MDCHH/SG, Nº 0224-2013-MDCHH/SG y Nº 0226-2013-MDCHH/SG, notifi cadas el 19 de noviembre de 2013 (fojas 180 a 271, Expediente Nº J-2013-01146), el Concejo Distrital de Chavín de Huántar trasladó a los peticionarios la siguiente documentación recabada con relación al procedimiento de vacancia seguido contra el alcalde Manuel Glicerio Páucar Ramírez: • Informe Nº 024-2013-MDCHH-GAJ/G, de fecha 13 de noviembre de 2013, emitido por César Obregón Huacanca, gerente municipal de dicha comuna, con relación a los Memorandos Nº 001-2011-MDCHH/A y Nº 007-2012-MDCHH/A, de fechas 19 de enero de 2011 y 15 de mayo de 2012, respectivamente, mediante los cuales el alcalde Manuel Glicerio Páucar Ramírez invocó al gerente municipal a que no se contrate con sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad (fojas 263 a 266, Expediente Nº J-2013-01146). • Informe Nº 120-A-2013-MDCHH/GDUR/JSC, de fecha 13 de noviembre de 2013, emitido por Jorge Salas Cuadros, gerente de Desarrollo Urbano y Rural de dicha comuna, mediante el cual señala que de la revisión del acervo documentario desde el año 2011, se verifi ca que no existe la planilla de pago del Proyecto de mantenimiento de caminos de herradura en el caserío de Yanacancha de los periodos 6 al 11 de junio de 2011 y 13 al 18 de junio de 2011 (fojas 236 a 238, Expediente Nº J-2013-01146). • Informe Nº 077-A-2013-MDCHH/GAYF/SGT, de fecha 8 de noviembre de 2013, emitido por Miguel Robinson Castillo Pérez, subgerente de Tesorería de la citada comuna, mediante el cual señala que en el área de Tesorería no se giró ni existe la planilla de pago del Proyecto de mantenimiento de caminos de herradura en el caserío de Yanacancha de los periodos 6 al 11 de junio de 2011 y 13 al 18 de junio de 2011 (fojas 232 a 235, Expediente Nº J-2013-01146). • Informe Nº 029-2013-MDCHH/PPM, de fecha 14 de noviembre de 2013, emitido por Jorge Luis Acedo Salazar, procurador público de dicha comuna, manifestando que con fecha 20 de junio de 2013, se interpuso una denuncia por delito contra la fe pública, en la modalidad de falsifi cación de documento, contra Miguel Ángel Pozo García, Adrián Villanueva Abarca y Florencio Mario Vega Llanos, por haber presentado la planilla de pagos correspondiente al Proyecto de mantenimiento de caminos de herradura en el caserío de Yanacancha de los periodos 6 al 11 de junio de 2011 y 13 al 18 de junio de 2011 (fojas 215 a 223, Expediente Nº J-2013-01146). • Informe Nº 153-2013-MDCHH/GAyF/SGLyCP, de fecha 13 de noviembre de 2011, emitido por Yeimi Milagros Torre Rubina, subgerente de Logística y Control Patrimonial de dicha comuna, manifestando que en el acervo documentario, desde el año 2011, no se encuentra considerado como proveedor a Percy Gilberto Rojas Rosas (fojas 246, Expediente Nº J-2013-01146). • Informe Nº 026-2013-MDCHH-GAJ/G, de fecha 13 de noviembre de 2013, emitido por el gerente municipal César Obregón Huacanca, mediante el cual señala que Percy Gilberto Rojas Rosas tuvo la condición de funcionario público de dicha comuna desde el 3 de enero de 2011 hasta el 3 de junio de 2013, conforme a las Resoluciones de Alcaldía Nº 002-2011-MDCHH/A y Nº 044-2013- MDCHH/A, de designación y cese, respectivamente (fojas 240 a 245, Expediente Nº J-2013-01146). • Memorando Nº 089-2013-MDCHH/A, de fecha 14 de noviembre de 2013, emitido por el alcalde Manuel Glicerio Páucar Ramírez, para remitir el Convenio Interinstitucional de Cooperación entre la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar y la Red de Salud Conchucos Sur, por el cual dicha comuna se compromete a contratar a personal del sector salud, entre los cuales fi gura la plaza de “Licenciado (a) en obstetricia por la suma de S/. 1,500.00 (…) para el Centro de Salud Chavín” (fojas 247 a 254, Expediente Nº J-2013-01146).