Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2014 (06/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Martes 6 de MORDAZA de 2014
Nº ORDEN OBSERVACIONES

522401
CATEGORIA TOTAL

CARGO ESTRUCTURAL Pool Choferes

022

CHOFER II Estadistica

TECNICO IV

1

023

ASISTENTE ADMINISTRATIVO II Informatica

PROFESIONAL I

1

024 025

ASISTENTE ADMINISTRATIVO II ASISTENTE ADMINISTRATIVO I

PROFESIONAL I TECNICO IV

1 1

Servicios Judiciales y Recaudacion 026 027 ASISTENTE ADMINISTRATIVO II AUXILIAR ADMINISTRATIVO II Registro Distrital Judicial 028 ASISTENTE ADMINISTRATIVO I TOTAL 4113 029 OFICINA DISTRITAL DE APOYO A LA JUSTICIA DE PAZ ASISTENTE ADMINISTRATIVO I TOTAL TOTAL GENERAL TECNICO IV 1 1 29 TECNICO IV 1 17 PROFESIONAL I AUXILIAR II 1 1

1079539-1

Disponen que en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, conforme a las Res. Adms. Nº 255-2013 y 0642014-CE-PJ en lo que corresponda, se constituiran organos jurisdiccionales para la atencion fuera de la jornada laboral de trabajo y para sabados, domingos y feriados
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 155-2014-CE-PJ MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Oficio N° 677-2014-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, e Informe N° 0012014-CACSJLE-GG-PJ, remitido por el Subgerente de Coordinacion Interinstitucional. CONSIDERANDO: Primero. Que este Organo de Gobierno ha dispuesto el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, a partir del 5 de MORDAZA de 2014, para lo cual aprobo una serie de medidas con el objeto de que su trabajo sea eficiente y eficaz, a fin de lograr una mejor atencion a litigantes y abogados; y constituirse en sede modelo, en aras de superar los paradigmas tradicionales de servicio y atencion. En ese sentido, conforme a las acciones y coordinaciones internas realizadas por las maximas autoridades de la nueva Corte Superior de Justicia, como parte del MORDAZA de implementacion y a efecto de que las mismas sirvan para los fines previstos, resulta necesario adoptar las acciones complementarias para tal proposito. Segundo. Que hasta el 30 de octubre de 2013 la Corte Superior de Justicia de MORDAZA tenia un Juzgado Especializado Penal de turno permanente, por lo que las atenciones fuera de la jornada normal de trabajo de lunes a viernes se realizaban en el Edificio "Anselmo Barreto", ubicado en la Avenida Abancay, dificultando el acceso al servicio de justicia; sin perjuicio de que en muy contados casos la atencion se hizo tambien donde habia Modulo Basico de Justicia. Tercero. Que, a partir del 1 de octubre de 2013, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para evitar problemas de acceso al servicio de justicia, en relacion a los Juzgados

Penales de Turno Permanente de MORDAZA, decidio que los Juzgados Penales ordinarios -que prestan servicios en la jornada diurna- MORDAZA rotativamente el turno permanente por semana, por lo que teniendo en cuenta el volumen de juzgados de dicha Corte Superior de Justicia, un juzgado realizaria turno una vez al ano, situacion que no se presenta en otros Distritos Judiciales en donde existe uno o muy pocos juzgados, por lo que estan de turno permanente todo el ano o a veces una o dos veces al mes. La Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este tiene tres zonas muy marcadas de afluencia de poblacion, una que corresponde a los Distritos de San MORDAZA de Lurigancho y El MORDAZA con un millon de habitantes, otra con similar numero de habitantes de La Molina-Cieneguilla, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de Tilda, Paricahi, Huaycan, todos estos de Ate, Chosica (Lurigancho); y Matucana (capital de la Provincia de Huarochiri). Cuarto. Que, en esa perspectiva, al iniciar funciones la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este el 5 de MORDAZA del ano en curso, se hace necesario que MORDAZA de aplicacion en lo que corresponda las Resoluciones Administrativas Nros. 255-2013 y 064-2014-CE-PJ, y para dicho objetivo, la Subgerencia de Coordinacion Interinstitucional propone medidas para garantizar la atencion fuera de la jornada laboral de trabajo (lunes a viernes) y para sabados, domingos y feriados, segun los terminos contenidos en su informe. Quinto. Que la competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, tanto en MORDAZA Superiores como Juzgados Especializados Civiles o Mixtos, no atienden total o parcialmente demandas que se estan viendo en MORDAZA y Juzgados de determinadas materias como contencioso administrativo y constitucional. La puesta en funcionamiento de la nueva sede judicial y conforme la estrategia prevista por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de buscar organos especializados, hace necesario disponer que las MORDAZA Superiores o Juzgados Especializados Civil y Mixtos que son de competencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, a partir del 6 de MORDAZA del ano en curso, deban recibir y atender, segun corresponda, demandas de caracter contencioso administrativo, constitucional, civil y civil-subespecialidad comercial, para que puedan ser vistos por las MORDAZA y Juzgados Mixtos o Civiles, convirtiendose estos en civiles mixtos, como en muchos lugares del pais. Las demandas, en estos casos, corresponderan a las que ingresen del 6 de MORDAZA del ano en curso en adelante; por lo que la Corte Superior de Justicia de MORDAZA no podra remitir las demandas antiguas que estan en sus organos jurisdiccionales al 5 de MORDAZA de 2014, incluyendo procesos en ejecucion. Sexto. Que, por otra parte, la existencia de MORDAZA y Juzgados Contencioso Administrativos con subespecialidad aduanera, tributaria y de MORDAZA, como un Juzgado Constitucional, debido a su implementacion en el ano 2013, determinan una serie de acciones que imposibilitan tener un simil con organos jurisdiccionales en la nueva Corte Superior de Justicia, sobre todo de local y tecnologia; en ese sentido, las demandas sobre el particular deben seguir tramitandose con caracter supra provincial para la competencia territorial de MORDAZA y MORDAZA Este, con sede en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en tanto no se logren mayores recursos financieros. Setimo. Que, ademas de las medidas administrativas contenidas en las Resoluciones Administrativas Nros. 101 y 138-2014-CE-PJ, para complementar la adecuada implementacion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, en la visita efectuada a los organos jurisdiccionales por las autoridades de la nueva sede judicial se encontro que muchos de ellos estan cubiertos con jueces provisionales o supernumerarios, cuyas plazas de origen corresponden a organos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la Republica o Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por lo que de no tomarse medidas adecuadas se crearia abandono de despachos, que se debe evitar adoptando las medidas pertinentes con este objeto. Octavo. Que acorde a lo expuesto precedentemente; y ademas teniendo en cuenta la liquidacion de expedientes en materia penal, atencion a litigantes y abogados, desplazamiento de jueces y personal auxiliar para el ejercicio de sus funciones y otras acciones que inciden en la marcha institucional de un Distrito Judicial, se hace necesario adoptar medidas en forma extraordinaria y en algunos casos experimental, que segun sus resultados pueden ser evaluadas posteriormente.

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