Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2014 (11/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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establecida mediante Resolucion Ministerial de acuerdo a lo previsto en el Articulo 17º de la Ley. 26. Metas de convergencia.- Las metas de convergencia son las establecidas por el MEF en el Informe Multianual de Gestion Fiscal (IMGF) y tienen como objetivo conducir el comportamiento del gasto no financiero y del saldo de deuda al cumplimiento de las reglas fiscales establecidas en el Articulo 7º de la Ley. Las metas de convergencia se establecen para el ano en el que se elabora el IMGF y los tres (3) anos posteriores. 27. Mes de registrado el incremento acumulado de al menos 1500 UIT.- Es aquel en el cual se alcanza el incremento acumulado de al menos 1 500 UIT, pudiendo ser un mes o hasta 12 meses consecutivos. 28. PBI: Cuando en la Ley o en el presente reglamento se haga referencia al PBI sin mayor detalle, se entendera el Producto MORDAZA Interno nominal, expresado nuevos soles, excepto cuando se precise algo distinto 29. PBI Observado.- Equivalente al Producto MORDAZA Interno, en terminos reales, que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI). 30. PBI Potencial.- Equivalente al Producto MORDAZA Interno tendencial o de mediano plazo que no genera desvios de la inflacion respecto del objetivo del Banco Central de Reserva del Peru ni desequilibrios macroeconomicos. 31. Resultado Economico.- Es la diferencia entre el total de ingresos, y el total de gastos (financieros y no financieros) de una entidad, o de un conjunto de entidades, de forma consolidada. En caso de ser positivo (negativo) se le denominara superavit (deficit) economico. El resultado economico del SPNF, se denomina tambien resultado fiscal. 32. Resultado fiscal estructural del Sector Publico No Financiero.- La diferencia entre los ingresos estructurales y el gasto financiero y no financiero del Sector Publico No Financiero. La metodologia de calculo del Resultado Fiscal estructural del Sector Publico No Financiero es establecida mediante Resolucion Ministerial de acuerdo a lo previsto en el Articulo 17º de la Ley. 33. Resultado Primario.- Es el resultado que se obtiene como la diferencia entre los ingresos totales y los gastos totales no financieros en forma consolidada dentro del grupo en consideracion. 34. Saldo de deuda Total del Gobierno Regional o del Gobierno Local.- Es igual a la suma de: a) el saldo de deuda, b) la deuda exigible y c) la deuda real, del Gobierno Regional o Local. a. Saldo de Deuda; es la suma de todos los pasivos de corto, mediano y largo plazo, externos e internos, cuyos desembolsos se recibieron y estan debidamente documentados o, en su defecto, han sido reconocidos y formalizados a traves de una correspondiente MORDAZA legal excluyendo los ingresos diferidos y la provision para beneficios sociales. Tambien incluye los pasivos que proceden de operaciones diversas garantizadas con flujos de ingresos futuros, con y sin aval del Gobierno Nacional, como los Fideicomisos, Titulacion de activos y similares. b. Deuda Exigible; equivalente a la definicion establecida en el Articulo 115º del codigo tributario para los saldos adeudados tanto por el principal como los intereses y multas que los Gobiernos Regionales y Locales mantienen con Entidades del Estado (SUNAT, EsSALUD, FONAVI y ONP). c. Deuda Real; de acuerdo al Manual de Contabilidad para las Carteras Administradas de la SBS, se incluye como deuda real aquellos aportes no pagados por los Gobiernos Regionales o Locales a las AFPs por los cuales exista un documento indubitable que evidencie la existencia, tanto del vinculo laboral como de la retencion del aporte previsional no pagado por el mes

El Peruano MORDAZA 11 de MORDAZA de 2014

observado, siendo tales documentos las boletas de pago, las planillas de remuneraciones, las liquidaciones por tiempo de servicios, las declaraciones sin pago -DSP- y las declaraciones juradas de reconocimiento de deuda que fueran requisito para el acceso a algun beneficio de fraccionamiento de deudas previsionales en el Sistema Privado de Pensiones. Para el calculo del saldo de deuda total, no se considerara aquella deuda exigible y deuda real que MORDAZA sido reconocida dentro del Saldo de Deuda. 35. Sector Publico No Financiero.- A la totalidad de las entidades no financieras del Sector Publico. El SPNF esta compuesto por las entidades publicas del Gobierno General y las empresas publicas no financieras. 36. Transferencia de partidas.- Traspasos de creditos presupuestarios entre Pliegos, implica una modificacion presupuestaria en el nivel institucional de un Pliego a favor de otro Pliego que sera la que ejecute el gasto. 37. Transferencia de recursos.- Mecanismo por el cual una entidad publica traspasa a otra entidad publica del SPNF y/o al sector privado la facultad de ejecucion de sus recursos. Este mecanismo no implica reembolso de esta MORDAZA entidad. Incluye las transferencias de partidas, transferencias financieras, entre otras. 38. Transferencias financieras.- Traspasos de recursos publicos sin contraprestacion, para la ejecucion de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino. 1081573-5

INTERIOR
Autorizan viaje de oficial de la Policia Nacional del Peru para participar en evento a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 088-2014-IN MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2014 VISTO, el circular del 20 de febrero de 2014, suscrito por el senor MORDAZA ­ MORDAZA LOUBOUTIN, Director Ejecutivo de Servicios Policiales de la Organizacion Internacional de Policia Criminal INTERPOL, con el cual comunica a los Jefes de las Oficinas Centrales Nacionales que la "25ª Reunion del Comite Permanente de INTERPOL sobre Identificacion de Victimas de Catastrofes", se celebrara del 13 al 15 de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de Lyon, Republica Francesa. CONSIDERANDO: Que, con Hoja de Estudio y Opinion Nº 113-2014DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 27 de marzo de 2014, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, estima conveniente que el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, autorice el viaje al exterior en comision del servicio del 12 al 16 de MORDAZA de 2014, del Comandante de Servicios de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en la "25ª Reunion del Comite Permanente de INTERPOL sobre Identificacion de Victimas de Catastrofes", a realizarse del 13 al 15 de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de Lyon, Republica Francesa; Que, con Memorandum Multiple Nº 119-2014DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 1 de MORDAZA de 2014, el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, dispuso la formulacion del proyecto de resolucion autoritativa de viaje al exterior en comision del servicio del Comandante de Servicios de la Policia Nacional del Peru MORDAZA mencionado, el mismo que irrogara gastos al Estado peruano;

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