Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2014 (11/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA 11 de MORDAZA de 2014

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o de la Municipalidad, segun corresponda, y con el Ministerio de Economia y Finanzas la elaboracion y envio del Informe Multianual de Gestion Fiscal, considerando la implementacion gradual de la obligacion de presentar dicho informe, de conformidad con lo establecido en el Articulo 20º de la Ley. Articulo 43º. Verificacion y publicacion del Informe Multianual de Gestion Fiscal 43.1 Para efectos de evitar los casos de adulteracion de informacion, el analisis de verificacion del Informe Multianual de Gestion Fiscal sera realizado por el Ministerio de Economia y Finanzas en un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles contado a partir del dia siguiente de vencido el plazo para la MORDAZA del Informe Multianual de Gestion Fiscal, y se limitara a la comparacion entre la informacion del cumplimiento de las Reglas Fiscales vigentes y de las metas de convergencia al cumplimiento de las mismas, contenidas en el Informe Multianual de Gestion Fiscal, con la informacion contenida en la Declaracion Jurada a que se refiere el literal e) del Articulo 41º del presente Reglamento. 43.2 La publicacion del Informe Multianual de Gestion Fiscal, de los Gobiernos Regionales o Locales que cumplan con lo estipulado en el Articulo 42º del presente Reglamento, se realizara en el MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas de conformidad con lo senalado en el Articulo 20º de la Ley. Aquellos Gobiernos Regionales y Locales que remitan el Informe Multianual de Gestion Fiscal a traves de una modalidad distinta a la establecida en el Articulo 42º del presente Reglamento seran considerados omisos y su informe Multianual de Gestion Fiscal no sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas. 43.3 De existir inconsistencias en la verificacion senalada en el numeral 43.1 precedente, el informe Multianual de Gestion Fiscal sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas, senalando las inconsistencias presentadas. 43.4 El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales, remitira al 15 de MORDAZA de cada ano fiscal a la Contraloria General de la Republica, el listado de los Gobiernos Regionales y Locales omisos y con inconsistencias a la MORDAZA del Informe Multianual de Gestion Fiscal. Articulo 44º. Asistencia tecnica para la elaboracion del Informe Multianual de Gestion Fiscal 44.1. La Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas brindara asistencia tecnica a los Gobiernos Regionales y Locales para la elaboracion del Informe Multianual de Gestion Fiscal, considerando la implementacion gradual a que se refiere el Articulo 20º de la Ley. Para tal fin, la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales implementara una plataforma web de soporte tecnico, pondra a disposicion de los Gobiernos Regionales y Locales guias y manuales y publicara oportunamente el cronograma de capacitacion para cada ano fiscal. 44.2. La Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales podra solicitar el apoyo de los Centros de Servicios de Atencion al Usuario - CONECTAMEF del Ministerio de Economia y Finanzas, de ser necesario, a fin de extender la asistencia tecnica a nivel nacional. Articulo 45º. De las metas de convergencia al cumplimiento de las reglas fiscales 45.1. El Ministerio de Economia y Finanzas aprobara, mediante Resolucion Ministerial, la metodologia para el calculo de las metas de convergencia al cumplimiento de las reglas fiscales a las que hacen referencia el numeral 8.4 del Articulo 8º y el Articulo 20º de la Ley, con sujecion a lo dispuesto en el presente Articulo. Para tales efectos, el Ministerio de Economia y Finanzas debera remitir al Consejo Fiscal, cualquier proyecto de modificacion a dicha metodologia, a efecto que, dentro de los siguientes 15 dias calendario, emita opinion sobre la misma.

Articulo 42º. Elaboracion y envio del Informe Multianual de Gestion Fiscal 42.1. La elaboracion del Informe Multianual de Gestion Fiscal se realizara exclusivamente a traves de un aplicativo web, el cual incorporara la informacion contable y financiera al cierre de los ultimos tres anos fiscales, remitida por los Gobiernos Regionales y Locales al Ministerio de Economia y Finanzas, las metodologias de conversion de cuentas presupuestales a la clasificacion economica, la metodologia de las proyecciones de las finanzas publicas de los Gobiernos Regionales y Locales, el calculo de las reglas fiscales vigentes y la metodologia de las metas de convergencia al cumplimiento de las reglas fiscales. El Informe Multianual de Gestion Fiscal debera incorporar informacion consolidada de cada Gobierno Regional y Local que incluya la informacion detallada en el articulo 38º del presente Reglamento, asi como: a) Informacion del Servicio de Deuda proyectado que se encuentra en el Sistema Integrado de Administracion de la Deuda ­ SIAD. Para ello la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas debera remitir dicha informacion a la DGDFAS a mas tardar, el quince (15) de MORDAZA de cada ano fiscal. b) Informacion detallada correspondiente al ejercicio de programacion multianual del ano en curso, y que contiene la informacion registrada por el Gobierno Regional o Gobierno Local en el aplicativo web para la "Programacion y Formulacion Anual del Presupuesto del Sector Publico, con una perspectiva de Programacion Multianual". Para tal fin, la Direccion General de Presupuesto Publico­ DGPP debera remitir la informacion solicitada a la DGDFAS a mas tardar el dos (2) de MORDAZA de cada ano fiscal, con la informacion disponible a la fecha. c) Informacion de acogimiento a un plan de fraccionamiento de deuda que se encuentre vigente, especificando los cronogramas y formas de pago; la misma que administra la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT y que debera ser remitida a la DGDFAS a mas tardar el treinta (30) de marzo de cada ano fiscal. d) Informacion de acogimiento a un plan de fraccionamiento de deuda que se encuentre vigente, especificando los cronogramas y formas de pago; informacion administrada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP ­ SBS, la cual debera ser solicitada por la DGDFAS, a mas tardar el quince (15) de febrero de cada ano fiscal. 42.2. El aplicativo web debera ser desarrollado por el Ministerio de Economia y Finanzas MORDAZA del 31 de diciembre de 2014 y puesto a disposicion de los Gobiernos Regionales y Locales que se encuentren obligados a presentar el Informe Multianual de Gestion Fiscal, de acuerdo al Articulo 20º de la Ley. La administracion y actualizacion anual del Aplicativo Web correspondera a la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas. 42.3. El envio del Informe Multianual de Gestion Fiscal se realizara a traves del aplicativo web que se utilizo para la elaboracion del Informe Multianual de Gestion Fiscal. Los Gobiernos Regionales y Locales deberan generar y remitir el archivo digital en formato PDF, que incluye la declaracion jurada firmada por el titular del pliego o quien haga sus veces, MORDAZA del ultimo dia habil del mes de MORDAZA de cada ano. Adicionalmente, el Gobierno Regional o Local debera enviar al Ministerio de Economia y Finanzas o a sus Centros de Servicios de Atencion al Usuario CONECTAMEF mas cercanos, en fisico, el original de la Declaracion Jurada a que se refiere el literal e) del Articulo 41º del presente Reglamento, MORDAZA del 15 de junio de cada ano. Los Centros de Servicios de Atencion al Usuario - CONECTAMEF debera remitir a la sede central del Ministerio de Economia la documentacion recibida MORDAZA del 15 de MORDAZA de cada ano. 42.4. El Gerente General Regional o Gerente Municipal, o el que haga sus veces, es el funcionario responsable de coordinar con las distintas areas de Gobierno Regional

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