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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2014 (11/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Domingo 11 de mayo de 2014 522932 Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta0090930: Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total Viáticos US$ Jorge Renato Reyes Tagle 4,500.00 500.00 5 + 2 3,500.00 Alberto Javier Hart Merino 4,500.00 500.00 5 + 2 3,500.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1081571-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0303-RE/2014 Lima, 9 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Fernando Javier Rojas Samanez, Viceministro de Relaciones Exteriores, viajará a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 14 al 15 de mayo de 2014, para participar en el Seminario “Exportar e Invertir en el Perú” y en la III Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas entre el Perú y Portugal, así como para sostener reuniones con autoridades residentes; Que, asimismo, el citado funcionario diplomático sostendrá una reunión con la contraparte española, el 16 de mayo de 2014, en la ciudad de Madrid, Reino de España, con el propósito de evaluar la relación bilateral; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Fernando Javier Rojas Samanez, Viceministro de Relaciones Exteriores, hará uso de su período vacacional, del 11 al 13 de mayo de 2014; Que, en tal sentido, es necesario encargar las funciones del Viceministro de Relaciones Exteriores; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2479, del Despacho Viceministerial, de 5 de mayo de 2014; y los Memoranda (EU1) Nº EU10042/2014 y Nº EU10044/2014, de la Dirección de Europa 1, ambos de 2 de mayo de 2014; y (OPP) Nº OPP0619/2014, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 7 de mayo de 2014, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002/PCM, y sus modifi catorias; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Fernando Javier Rojas Samanez, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, y a la ciudad de Madrid, FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN