Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2014 (11/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA 11 de MORDAZA de 2014

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sucesivo cumplan con emitir los informes y dictamenes de los procedimientos de vacancia y suspension que son de su conocimiento, respetando los plazos establecidos en el articulo 23 de la LOM. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar INFUNDADOS los recursos impugnatorios interpuestos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 047-2013-MDP/ C, de fecha 28 de agosto de 2013, que impuso a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rodi MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tubilla MORDAZA de MORDAZA, regidores de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, la sancion de suspension por la causal prevista en el articulo 25, inciso 4, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y SUSPENDER a las citadas autoridades por el plazo de diez dias naturales. Articulo Segundo.- CONVOCAR a Kattya MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 46052414, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, y OTORGAR las credenciales correspondientes, mientras dure la suspension de MORDAZA Rodi MORDAZA Javier. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 07888272, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, y OTORGAR la credencial correspondiente, mientras dure la suspension de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pareja. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 70404893, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, y OTORGAR la credencial correspondiente, mientras dure la suspension de MORDAZA MORDAZA Tubilla MORDAZA de Lara. Articulo Quinto.- EXHORTAR a los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rodi MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tubilla MORDAZA de MORDAZA, integrantes de la Comision de Asuntos Legales, Limites, Control y Transparencia, a que en lo sucesivo cumplan con emitir los informes y dictamenes de los procedimientos de vacancia y suspension que son de su conocimiento, respetando los plazos establecidos en el articulo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1081180-3

Sobre la determinacion del plazo de la sancion de suspension por falta grave 20. La Resolucion Nº 0485-2011-JNE, del 8 de junio de 2011, emitida en el Expediente Nº J-2011-0177, ha establecido que el plazo MORDAZA de la suspension, como consecuencia de la comision de falta grave, es de treinta dias naturales. 21. Por otro lado, tal como lo ha senalado este organo colegiado en la Resolucion N:° 0059-2012-JNE, emitida en el Expediente Nº J-2012-00038, al momento de fijar el plazo de la sancion, y por tratarse de un procedimiento sancionador, se debera respetar el MORDAZA de razonabilidad establecido en el articulo 230.3 de la LPAG, que exige que: i) la comision de la conducta sancionable no resulte mas ventajosa para el infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la sancion, y ii) que, a efectos de aplicar la sancion, esta debe ser proporcional a la infraccion cometida, debiendo observar ciertos criterios para su graduacion, tales como la gravedad del dano al interes publico y/o bien juridico protegido, el perjuicio economico causado, la repeticion y/o continuidad en la comision de la infraccion, las circunstancias de su comision, el beneficio ilegalmente obtenido y la existencia o no de intencionalidad en la conducta del infractor. 22. Respecto de la primera exigencia, la autoridad sancionadora debe desincentivar la conducta ilegal cometida y generar un efecto disuasivo, procurando que la sancion que se imponga no sea menor que el beneficio que derive de la comision de la conducta, pues actuar de manera contraria a la ley resultaria una invitacion a transgredir la norma. La MORDAZA exigencia esta referida a la razonabilidad de la sancion en particular, la que debe adoptarse manteniendo proporcionalidad entre los medios a emplear y los fines publicos que deben ser tutelados. 23. En el caso en particular el Concejo Distrital de MORDAZA ha impuesto a los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rodi MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tubilla MORDAZA de MORDAZA una sancion de suspension por diez dias naturales, sancion que, a criterio de este organo colegiado, resulta proporcional a la falta grave en la que han incurrido las citadas autoridades y cuya imposicion producira el efecto disuasivo deseado en las autoridades municipales, a fin de que eviten vulnerar las obligaciones que les competen. 24. Asi, este Supremo Tribunal Electoral concluye que los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rodi MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tubilla MORDAZA de MORDAZA deben ser suspendidos por diez dias naturales, razon por la cual el recurso de apelacion interpuesto por el solicitante debe ser desestimado y confirmar el Acuerdo de Concejo Nº 047-2013-MDP/C, de fecha 28 de agosto de 2013, en dicho extremo. En tal sentido, debera acreditarse provisionalmente, por el citado periodo, a los candidatos no proclamados de su misma lista de candidatos en las Elecciones Municipales 2010, recayendo tal designacion en Kattya MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad (en adelante DNI) Nº 46052414, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, identificada con DNI Nº 07888272 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 70404893, conforme al Acta de Proclamacion de Resultados, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur. 25. Adicionalmente, se debe precisar que la suspension del cargo de los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rodi MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tubilla MORDAZA de MORDAZA correra desde la juramentacion de los ciudadanos convocados, y una vez cumplido el plazo, dichas autoridades se reincorporaran sin tramite adicional alguno, debiendo el gerente municipal, bajo responsabilidad, informar de manera documentada a este organo colegiado la fecha exacta de ambos acontecimientos. 26. En vista de que se ha confirmado la sancion de suspension por falta grave impuesta contra el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debe desestimarse el recurso impugnatorio interpuesto por la citada autoridad en contra del Acuerdo de Concejo Nº 047-2013-MDP/C, de fecha 28 de agosto de 2013. 27. Finalmente, este organo colegiado considera conveniente exhortar a los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rodi MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tubilla MORDAZA de MORDAZA, integrantes de la Comision de Asuntos Legales, Limites, Control y Transparencia, a que en lo

Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidor de la Municipalidad Provincial de Chota, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 359-2014-JNE Expediente Nº J-2014-0431 CHOTA - MORDAZA MORDAZA, seis de MORDAZA de dos mil catorce

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