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El Peruano Jueves 15 de mayo de 2014 523287 g) Documento de identidad del Representante de la Organización o Institución. Artículo 18º.- DE LA CAPACITACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES La Municipalidad Provincial de Huaral implementa mecanismos de capacitación y programas de desarrollo de capacidades para los agentes participantes, siendo las materias a desarrollar las siguientes: - Presupuesto Participativo. - Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). - Gestión y Políticas Públicas. - Planeamiento y Desarrollo Local. - Vigilancia del Presupuesto Participativo. Los talleres de capacitación a los agentes participantes se desarrollarán de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº 01 “Cronograma de Actividades a Desarrollar en el Proceso del Presupuesto Participativo 2015”. CAPÍTULO II FASE DE CONCERTACIÓN Artículo 19º.- RENDICIÓN DE CUENTAS La Rendición de Cuentas correspondiente al ejercicio anterior, es de responsabilidad del Alcalde Provincial de Huaral, y todos los Agentes Participantes son responsables de participar en dicho acto. La Rendición de Cuentas constituye un mecanismo de corresponsabilidad entre las autoridades y la sociedad civil, permite evaluar el desarrollo del proceso y genera elementos para concretar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las acciones trazadas participativamente. Por ello el Alcalde Provincial de Huaral debe informar a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos asumidos en el año anterior por las entidades del Estado y la Sociedad Civil en particular, sobre lo siguiente: - Programación y nivel de avance en la ejecución y resultados (en términos de población benefi ciada y problemas resueltos), de los proyectos priorizados en el Proceso del Presupuesto Participativo del año anterior. - Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores, públicos y privados participantes del proceso. - Presupuesto Institucional de Apertura del presente ejercicio. - Asimismo, en este espacio las autoridades informan respecto a los resultados de su gestión en el año anterior a nivel de actividades, proyectos y logro de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado. El Equipo Técnico elabora un Resumen Ejecutivo conteniendo esta información básica. Dicho resumen es de carácter público y debe ser colocado en la página web institucional. Artículo 20º.- IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE RESULTADOS Se tiene por objetivo identifi car los resultados, especifi cados en los términos de mejoras en el bienestar ciudadano, a fi n de permitir, posteriormente, una adecuada asignación de los recursos públicos para el logro de los mismos. Entiéndase por resultado al cambio en una característica, cualidad o situación que afecta, aun “grupo objetivo” (población, instituciones, comunidades, entre otros). El resultado está vinculado a la solución de un problema prioritario de la población; el problema no debe ser defi nido como la negación de una solución o la carencia de un bien o servicio, sino que debe dejar abierta la posibilidad de encontrar múltiples alternativas para resolverlo. En un primer momento se ponen en consideración los resultados ya identifi cados, priorizados y analizados en el marco del Presupuesto Participativo por Resultados: - Acceso a los servicios básicos y oportunidades de mercado. - Logros de aprendizaje y mejoras en la educación básica regular. - Seguridad Ciudadana. - Reducción de la desnutrición crónica infantil. - Reducción de la muerte materna y neonatal. - Acceso de la población a la identidad. - Acceso a la energía en localidades rurales. - Gestión ambiental prioritaria. - Competitividad de micro y pequeña empresa. - Productividad rural y sanidad agraria. - Disminución de Accidentes de tránsito, entre otros. Artículo 21º.- EVALUACIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS El objetivo de esta fase es la evaluación de la cartera de proyectos que tiene la entidad y que deben ser propuestos como contributivos al logro de los resultados priorizados. El resultado de esta fase es una lista de proyectos para ser discutida en el taller de Priorización de Proyectos de Inversión. Asimismo en esta fase se evalúan todas las propuestas presentadas por los agentes participantes y Alcaldes Distritales. Los proyectos de inversión pública a ser propuestos y priorizados deben contar con la viabilidad correspondiente, de acuerdo a la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Se podrán proponer proyectos que no cuenten con la declaratoria de viabilidad, y se podrán priorizar si los proyectos declarados viables no cubren el presupuesto asignado. Artículo 22º.- PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN En esta etapa el Alcalde, propone una Cartera de Proyectos, concordante con los resultados priorizados y la evaluación técnica de proyectos, a ser sometida al Presupuesto Participativo, a fi n que los agentes participantes consideren los citados proyectos de inversión a ser debatidos en los talleres. Esta información se deberá plasmar en una fi cha de proyecto, la que será entregada al Equipo Técnico. Artículo 23º.- DE LOS REQUISITOS PARA INICIATIVAS DE PROYECTOS, ENMARCADOS EN LOS EJES DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO a) Copia literal de dominio del Registro Predial Urbano (RPU), del terreno donde se ejecutará el proyecto (para el caso de proyectos de infraestructura). b) Autorización del Ministerio de Salud, así como la autorización de la UGEL para proyectos de ámbito educativo; se debe coordinar con ambas instituciones las acciones a llevar a cabo en los locales que están bajo su dominio evitando de esta manera duplicar recursos en una misma institución. c) Resolución Gerencial vigente de reconocimiento de las organizaciones de la sociedad civil. d) Acta de asamblea de la población benefi ciaria donde se acuerda proponer la iniciativa del proyecto u obra, refrendada por la Junta Directiva. e) Acta de compromiso de ejecución de acciones complementarias, detallando el aporte comunitario en recursos humanos, materiales o servicios. Artículo 24º.- FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO En esta etapa se realizarán las siguientes acciones: - El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. - El Alcalde presenta los resultados del Presupuesto Participativo, consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos a los Agentes Participantes para su consideración y aprobación fi nal. - Los miembros del Consejo de Coordinación Local Provincial, presidido por el Alcalde Provincial y demás Agentes Participantes, formalizan los acuerdos suscribiendo el Acta de Acuerdos y Compromisos, la que debe contener las fi rmas de todos los Agentes Participantes, tanto de los representantes del sector público como de la sociedad civil. - Conformar el Comité de Vigilancia. Artículo 25º.- ELECCIÓN DEL COMITÉ DE VIGILANCIA El Comité de Vigilancia realiza acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo. Es elegido por los agentes participantes como parte del Taller de Priorización