Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2014 (15/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Jueves 15 de MORDAZA de 2014

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En MORDAZA, a los 30 dias del mes de MORDAZA del 2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional MORDAZA POR TANTO:

de Gobiernos Regionales, Ley Nº27867 y sus modificatorias; el reglamento Interno del Consejo Regional aprobado con Ordenanza Regional Nº 012011-CR/GRM, en Sesion extraordinaria Nº 05-2014 se debatio y aprobo por unanimidad emitir la presente Ordenanza Regional. ORDENANZA REGIONAL:

Mando se publique y cumpla. Articulo Primero.- CREACION DE LA COMISION REGIONAL MULTISECTORIAL PERMANENTE Y OBJETO Crear, la Comision Regional Multisectorial Permanente para la Transparencia en las Industrias Extractivas de la Region MORDAZA (E.I.T.I.- Moquegua), facultada para: - Realizar acciones de promocion para la transparencia en las transferencias percibidas por el Gobierno Regional de MORDAZA, Universidad Nacional de la Region MORDAZA, entre otras de ambito regional; asimismo, sobre el uso de dichos recursos economicos para el desarrollo sostenible de la region. - Contribuir a la ampliacion y mejora de la transparencia de los flujos de pagos tributarios (Impuesto a la Renta) y no tributarios (Regalias y Canon) de las empresas extractivas, y que el Gobierno Central transfiere por concepto de canon a que se refiere el respectivo MORDAZA normativo y Constitucional, asi como del destino y uso dados (de forma progresiva) a estos por el Gobierno Regional de MORDAZA, Articulo Segundo.- DE LA CONFORMACION DE LA COMISION La Comision Regional Multisectorial Permanente a que se refiere el Articulo Primero de la presente MORDAZA, estara integrada de la siguiente manera: Por el Gobierno Regional de Moquegua: - Un (01) representante titular y un (01) representante alterno de la Presidencia Regional, quien la preside. - Un (01) representante titular y un representante alterno del Consejo Regional de MORDAZA debidamente acreditado. - Un (01) representante titular y un representante alterno designado por la Gerencia Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Por las empresas extractivas de la Region Moquegua: - Seis (06) representantes elegidos por las empresas de las actividades extractivas (03 Titulares y 03 Alternos). Por la Sociedad Civil de la Region Moquegua: - Dos (02) representantes elegidos por la Universidad Nacional de MORDAZA (01 titular y 01 alterno) - Dos (02) representantes titulares y dos (02) representantes alternos de organismos no gubernamentales, con experiencia comprobada en el tratamiento de temas afines a los de analisis y seguimiento de las actividades extractivas, especialmente en lo relacionado a sus aspectos economicos. La Secretaria Tecnica de la Comision Regional Multisectorial recae en el Director Regional de Energia y Minas. La Secretaria Tecnica, bajo responsabilidad de la Comision, mantendra las coordinaciones operativas para el funcionamiento de la Comision. Sus funciones especificas seran establecidas en el Reglamento Interno de la Comision. La participacion de sus miembros es Ad Honorem. Articulo Tercero.RECOMENDAR que la implementacion de la presente ordenanza sea en 60 dias calendarios. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA, disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial "El Peruano", Diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA web del Gobierno Regional de MORDAZA Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia a partir del siguiente dia de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1082880-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Ordenanza que regula los Procesos de Participacion de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital
ORDENANZA Nº 193-2014-MDC Cieneguilla, 16 de enero de 2014 EL CONCEJO DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO, En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, en Informe Nº 200-2013-GDS-MDC de la Gerencia de Desarrollo Social y el Informe Nº 217-2013-GAJ-MDC, Informe Nº 02-2014-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre proyecto de ordenanza que regula los Procesos de Participacion de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, y; CONSIDERANDO: Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente bajo responsabilidad conforme a ley; Que, los articulos 17º y 42º inciso g) de la Ley Nº 27783, Ley de las Bases de la Descentralizacion, establecen que los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, en la gestion publica y garantizar y canalizar el acceso de todos los ciudadanos a la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion, rendicion de cuentas y vigilancia, siendo de competencia exclusiva de las municipalidades aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participacion, concertacion y fiscalizacion de la comunidad en la gestion municipal; Que, los articulos del 102º al 105º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establecen la definicion, composicion, instalacion y funciones de los Consejos de Coordinacion Local Distrital, como organos de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, senalando que los mismos estan integrados, en el caso de las Municipalidades Distritales, por el MORDAZA Distrital que lo preside, los Regidores Distritales, los Alcaldes de los Centros Poblados de la respectiva jurisdiccion y por los representantes de las Organizaciones Sociales de Base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion a nivel distrital, conforme a la proporcion senalada en la misma Ley;

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