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El Peruano Jueves 15 de mayo de 2014 523283 Municipal, comprometiendo al Consejo de Coordinación Local y Sociedad Civil Organizada y disponiendo la Aprobación Anual de dicho proceso, mediante la respectiva regulación vía Ordenanza. Que, mediante la Ley Nº 28056, “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y su modifi catoria Ley Nº 29298, se establecen disposiciones que garantizan la efectiva participación de la Sociedad Civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto. Que, de conformidad con el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, se defi nen los conceptos, alcances y objetivos del Proceso Participativo, así como detalla sus etapas: Proceso de Identifi cación y Capacitación de los Agentes Participantes, Desarrollo de Talleres de Trabajo, Evaluación Técnica de Prioridades y Rendición de Cuentas. Que, asimismo la Ley Nº 27293, Ley que crea el “Sistema Nacional de Inversión Pública” y sus modifi catorias, tienen como objeto optimizar el uso de los Recursos Públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionados con las diversas fases de los proyectos de inversión. Asimismo indica en su Artículo 2º numeral 2.3 que en el ámbito de aplicación de la Ley, la adecuación de los Gobiernos Locales a las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública será de forma progresiva, de acuerdo al cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas. Que, el Instructivo elaborado para el Proceso del Presupuesto Participativo Nº 001-2010-EF/76.01 Aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, indica que el Presidente Regional o el Alcalde proponen la Ordenanza del Proceso Participativo al Concejo Regional o Concejo Municipal respectivo para su aprobación, la cual Reglamentará el Proceso Participativo, precisando entre otros la Conformación del Equipo Técnico, los mecanismos de Identifi cación y Registro de los Agentes Participantes, el Cronograma de Trabajo para el desarrollo de las acciones del Presupuesto Participativo y las responsabilidades de los Agentes Participantes. Que, conforme lo establece el Título Preliminar, Artículo 11º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, “Los Gobiernos Locales Gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de competencia”. Que, mediante Informe de Visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, y Racionalización, remite el Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015, de acuerdo a la normatividad vigente, para su Aprobación por el Concejo Municipal. Que, mediante Informe Nº 172-2014/MPH-GAF de fecha 27 de Marzo del 2014, la Gerencia de Administración y Finanzas, opina por la PROCEDENCIA de la aprobación del Proyecto de Reglamento y el Cronograma del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015, propuesto por la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización. Que, mediante Informe Nº 351-2014-MPH-GAJ de fecha 28 de Marzo del 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que habiendo efectuado la revisión del Proyecto de Ordenanza, el Reglamento y el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015, considera VIABLE su aprobación; siendo atribución del Concejo Municipal aprobarlo, conforme a sus atribuciones conferidas en la Ley de la materia. Que, de acuerdo al Artículo 9º, numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución exclusiva del Concejo Municipal aprobar las Ordenanzas. Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º,13º,14º y siguientes de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, contando con el Voto por Mayoría de los Señores Regidores, aprobaron la siguiente: ORDENANZA “QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2015, DE LA PROVINCIA DE HUARAL” Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015 de la Provincia de Huaral, que consta de Cuatro (4) Títulos, Seis (6) Capítulos, Treinta (30) Artículos, Dos (2) Disposiciones Finales, y un (01) Anexo del Cronograma de Ejecución de las Fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015 de la Provincia de Huaral, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, Gerencia de Promoción de las Inversiones y Cooperación y su Difusión a la Gerencia de Participación Ciudadana y Sub Gerencia de Imagen Institucional de la Municipalidad Provincial de Huaral. Artículo Tercero.- DISPONER la Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, su Reglamento y sus Anexos en la Página Web de la Institución Municipal (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR HERNÁN BAZÁN RODRÍGUEZ Alcalde Provincial REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2015, DE LA PROVINCIA DE HUARAL TÍTULO I GENERALIDADES, DEFINICIONES, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- OBJETO La presente Ordenanza tiene como objeto institucionalizar los mecanismos y pautas para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015 de la Provincia de Huaral, estableciendo disposiciones que aseguren la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del Presupuesto, orientadas al cumplimiento del Plan de Desarrollo Concertado y con enfoque de resultados para la búsqueda de solución de los problemas fundamentales y prioritarios de la Provincia de Huaral, así como la vigilancia de su ejecución. Artículo 2º.- FINALIDAD La Ordenanza tiene por fi nalidad recoger las aspiraciones y necesidades prioritarias de la sociedad de la Provincia de Huaral, en el marco del Plan de Desarrollo Concertado al 2021, para ser consideradas en el presupuesto y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que permitan alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social en las acciones públicas. Artículo 3º.- BASE LEGAL El desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, está sustentado en las normas siguientes: - Constitución Política del Estado. - Ley Nº 27783,”Ley de Bases de la Descentralización”. - Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”. - Ley Nº 28056,” Ley Marco del Presupuesto Participativo”. - Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/6.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. - Ley Nº 27293,”Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública” y Disposiciones Complementarias. - Ley Nº 29298, Ley que modifi ca la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo.