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El Peruano Miércoles 12 de noviembre de 2014 537526 Humano Directo – A Comer Pescado” (UE-003), que se hará cargo de la ejecución del Proyecto. Con recursos de la contribución del Banco se fortalecerá la UE-003, a través de la contratación de un coordinador del proyecto, un asistente administrativo y un especialista en adquisiciones. 4.02 La UE-003 con el apoyo del coordinador del proyecto será responsable, entre otras tareas, de: (i) elaborar, actualizar y presentar para la no-objeción del Banco el MOP y el plan de adquisiciones del proyecto, (ii) preparar las solicitudes de desembolso, (iii) llevar a cabo todos los procesos de contrataciones y adquisiciones de acuerdo a las políticas del banco6; (iv) presentar al Banco un informe fi nal del proyecto dentro de los 60 días de fi nalizado el periodo de desembolso; y (v) llevar a cabo la contratación de la fi rma auditora externa. 4.03 El MOP será preparado y aprobado por el Organismo Ejecutor, con la previa no-objeción del Banco, e incluirá los siguientes temas: (i) procedimientos para la contratación y adquisiciones de bienes y servicios; (ii) procedimientos fi nancieros y de contabilidad, de control y de auditoría interna; (iii) procedimientos para la gestión y la coordinación; (iv) sistemas de monitoreo, seguimiento y evaluación; y (v) salvaguardias ambientales y sociales. 1163131-1 Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversión del Fondo de Múltiples Donantes para la iniciativa de energía Sostenible y Cambio Climático Nº GRT/MC-14159-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo en su calidad de administrador del Fondo de Múltiples Donantes para la Iniciativa de Energía Sostenible y Cambio Climático “Adaptación al Cambio Climático del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino - Costero de Perú” (Ratifi cado por Decreto Supremo Nº 060-2014-RE, de fecha 27 de octubre de 2014) Resolución DE-187/13 CONVENIO DE FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE DE INVERSIÓN DEL FONDO DE MÚLTIPLES DONANTES PARA LA INICIATIVA DE ENERGÍA SOSTENIBLE Y CAMBIO CLIMÁTICO Nº GRT/MC-14159-PE entre la REPÚBLICA DEL PERÚ y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO en su calidad de administrador del Fondo de Múltiples Donantes para la Iniciativa de Energía Sostenible y Cambio Climático Adaptación al Cambio Climático del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino-Costero de Perú 30 de julio de 2014 LEG/SGO/PE-38286564-13 CONVENIO DE FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE DE INVERSIÓN DEL FONDO DE MÚLTIPLES DONANTES PARA LA INICIATIVA DE ENERGÍA SOSTENIBLE Y CAMBIO CLIMÁTICO ESTIPULACIONES ESPECIALES INTRODUCCIÓN Partes, Objeto, Elementos Integrantes y Organismo Ejecutor 1. PARTES Y OBJETO DEL CONVENIO CONVENIO celebrado el día 30 de julio de 2014, entre la REPÚBLICA DE PERÚ, en adelante denominada el “Beneficiario”, y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, en adelante denominado el “Banco”, actuando en su calidad de administrador del Fondo de Múltiples Donantes para la Iniciativa de Energía Sostenible y Cambio Climático, en adelante denominado el “Fondo”, para cooperar en la ejecución de un Proyecto de Adaptación al Cambio Climático del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino-Costero de Perú, en adelante denominado el “Proyecto”. En el Anexo Único se detallan los aspectos más relevantes del Proyecto. Este Convenio se celebra en virtud del documento estableciendo el Fondo de Múltiples Donantes para la Iniciativa de Energía Sostenible y Cambio Climático (GN-2435-6), así como en los convenios de adhesión al mismo. 2. ELEMENTOS INTEGRANTES DEL CONVENIO Y REFERENCIA A LAS NORMAS GENERALES (a) Este Convenio está integrado por estas Estipulaciones Especiales, las Normas Generales y el Anexo Único, que se agregan. Si alguna disposición de las Estipulaciones Especiales o del Anexo Único no guardare consonancia o estuviere en contradicción con las Normas Generales, prevalecerá lo previsto en las Estipulaciones Especiales o en el Anexo Único. Cuando existiere falta de consonancia o contradicción entre disposiciones de las Estipulaciones Especiales o del Anexo Único, prevalecerá el principio de que la disposición específi ca prima sobre la general. (b) En las Normas Generales, se establecen en detalle las disposiciones de procedimiento relativas a la aplicación de las cláusulas sobre desembolsos, así como otras disposiciones relacionadas con la ejecución del Proyecto. Las Normas Generales incluyen también defi niciones de carácter general. 3. ORGANISMO EJECUTOR Las partes convienen en que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos de la Contribución serán llevadas a cabo en su totalidad por el Benefi ciario, por intermedio del Ministerio de la Producción (PRODUCE), el cual a su vez actuará a través de su Viceministerio de Pesquería, en adelante el “Organismo Ejecutor”, en la forma descrita en el Anexo Único a este Convenio. CAPÍTULO I Costo, Financiamiento No Reembolsable y Recursos Adicionales CLÁUSULA 1.01. Costo del Proyecto. (a) El costo total del Proyecto se estima en el equivalente de tres millones ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$3.125.000). Salvo que en este Convenio se exprese lo contrario, en adelante el término “dólares” signifi ca la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América. (b) En adición a los recursos citados en la Cláusula 1.02 de este Convenio, el costo del Proyecto será sufragado con un financiamiento adicional proveniente de la cooperación técnica no reembolsable ATN/ OC-14160-PE, por el equivalente de un millón quinientos mil dólares (US$1.500.000), y con un aporte local equivalente a seiscientos veinticinco mil dólares (US$625.000). CLÁUSULA 1.02. Monto del Financiamiento No Reembolsable. En los términos de este Convenio, el Banco se compromete a otorgar al Benefi ciario, y éste acepta, un fi nanciamiento no reembolsable, en adelante denominado la “Contribución”, con cargo a los recursos del Fondo de Múltiples Donantes para la Iniciativa del Cambio Climático y Energía Sostenible, hasta por una suma de un millón de dólares (US$1.000.000). CLÁUSULA 1.03. Recursos adicionales. (a) El monto de recursos adicionales que el Benefi ciario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Proyecto, en adición a los recursos de la