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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (12/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 119

El Peruano Miércoles 12 de noviembre de 2014 537509 inhibición, abstención o cualquier otro motivo legal, se procederá de la siguiente manera: 1) SALA PENAL DE APELACIONES El Presidente llamará a los Jueces Superiores de la Sala Penal Descentralizada Permanente de Ate, comenzando por el Juez Superior menos antiguo, quienes asumirán en adición a sus funciones. 2) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA Los procesos del Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria, serán asumidos por el Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria y viceversa. 3) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Los procesos del Primer Juzgado Penal Unipersonal, serán asumidos por el Segundo Juzgado Penal Unipersonal y viceversa. 4) JUZGADO PENAL COLEGIADO Se llamará al Magistrado del Juzgado de Investigación Preparatoria que corresponda, siempre y cuando no haya conocido como tal del proceso. Artículo Segundo.- PONGASE en conocimiento del Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Este, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Este, Ofi cina de Administración Distrital y de los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1163065-1 Disponen medidas administrativa necesarias para el adecuado cumplimiento de la Res. Adm. Nº 347- 2014-CE-PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 403-2014-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 6 de noviembre de 2014 VISTAS: Las Resoluciones Administrativas Nº 101-2014-CE- PJ y 347-2014-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y CONSIDERANDO: Primero.- Por Resolución Administrativa Nº 101-2014- CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso el funcionamiento del Distrito Judicial de Lima Este, a partir del cinco de mayo del presente año. Segundo.- Mediante Resolución Administrativa Nº 347-2014-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso convertir el Séptimo Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Juan de Lurigancho con sede en la Comisaría de Zárate, Turno “B”, en Octavo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, de igual modo, dispuso que la Presidencia de este Distrito Judicial adopte las medidas administrativas necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en la referida Resolución Administrativa. Tercero.- Estando a lo señalado precedentemente corresponde ejecutar lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con la fi nalidad de cautelar una correcta y pronta administración de justicia de paz en el Distrito de San Juan de Lurigancho. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que la carga procesal total del anterior Séptimo Juzgado de Paz Letrado con sede en la Comisaría de Zárate “Turno B”, actual Octavo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, sea entregada al Séptimo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho con sede en la Comisaría de Zárate, en el plazo de cinco días hábiles. Artículo Segundo.- Los expedientes deberán ser entregados con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notifi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, asimismo, todos los escritos deberán estar debidamente proveídos bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- En el mismo plazo señalado en la presente resolución, el actual Séptimo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho con sede en la Comisaría de Zárate, remitirá por medio electromagnético en detalle, la relación total de expedientes recibidos, la cual tendrá carácter de declaración jurada y será publicada en la página web de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Cuarto.- Con el fi n de no afectar el derecho de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el proceso de redistribución de expedientes dispuesto en la presente resolución, la Mesa de Partes del Ex Séptimo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho con sede en la Comisaría de Zárate “Turno B” (actual Octavo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho), deberá recibir los escritos relacionados a actos procesales con plazos de vencimiento y/o perentorios de los procesos a ser remitidos y que se encuentren aún bajo su custodia, debiendo entregarse junto con el expediente al actual Séptimo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho con sede en la Comisaría de Zárate (ex Turno A). Artículo Quinto.- REMITIR copia de la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Gerencia General, Jefatura de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal y los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1163070-1 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 5091-2014 Lima, 8 de agosto de 2014 EL SECRETARIO GENERAL (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la señora Nora Amelia Reyna Loli para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos