TEXTO PAGINA: 123
El Peruano Miércoles 12 de noviembre de 2014 537513 De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090 - Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de 5,100.00 m², terreno constituido por la Parcela Nº 10546 del ex Fundo Santa Rosa e inscrito en la Partida Electrónica Nº 11107897 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el cual se localiza la Urbanización Cielo Azul, ubicado en esta jurisdicción, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado Nº 106-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE ÁREAS Área Bruta Total 5,100.00 m² Área Útil Vivienda (7 lotes) 840.00 m² Área de Vía Metropolitana 3,450.42 m² Área de compensación 809.58 m² Artículo Tercero.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la presente norma municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización Nº 106-2014-SGCyHU- GDU-MDSMP, para su conocimiento. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se refi ere el artículo Primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en su Registro de Contribuyentes. Artículo Sexto.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1162065-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Establecen Depósito Municipal para el internamiento de bienes retenidos y/o decomisados DECRETO DE ALCALDÍA Nº 018-2014-ALC/MVES Villa El Salvador, 8 de octubre de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Informe Nº 372-2014-SGFACM-GDE/MVES, del Subgerente de Fiscalización Administrativa y Control Municipal, el Informe Nº 315-2014-ULSGCP-OGA/MVES de la Unidad de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial, el Informe Nº 98-2014GDUVES de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 418-2014-SGPOP- GDU/MVES de la Subgerencia de Proyectos y Obras Públicas, los Memorando Nº 1250 y 2008-2014-GM/MVES de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 194º y 195º numeral 4 de la Constitución Política del Perú, modifi cados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 55º – de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, establece que, el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 189-2009- MVES se Aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Villa El Salvador y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Villa El Salvador; norma en la cual en su artículo 11º regula lo relacionado a las sanciones administrativas de carácter no pecuniario, como el decomiso y/o retención de bienes; Que, el Informe Nº 372-2014-SGFACM-GDE/MVES la Subgerencia de Fiscalización Administrativa y Control Municipal, informa la necesidad de contar con espacios con la debida seguridad y limpieza para desarrollar las laborares de fi scalización, como son las ejecuciones de las medidas complementarias de retención y/o decomiso de bienes (traslado de bienes perecibles y no perecibles producto de los operativos); Que, con Memorando Nº 1250-2014-GM/MVES la Gerencia Municipal sugiere como depósitos municipales a los locales o espacios ubicados a la espalda del estadio Iván Moreno y frente al Mercado Velazco Alvarado en Mariátegui; Que, mediante Informe Nº 315-2014-ULSGCP-OGA/ MVES la Unidad de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial remite el Informe Nº 081-2014-CP-ULG-OGA/ MVES emitido por el Encargado de Control Patrimonial en el cual se señala que respecto a los espacios ubicados a la espalda del Estadio Iván Elías Moreno estos son parte del terreno del Estadio y no habría ningún inconveniente que sean utilizados por la Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa y Control Municipal. Respecto al terreno ubicado frente al mercado Juan Velasco Alvarado – Av. Mariátegui señala que la recuperación del mismo está a cargo de la Procuraduría Pública Municipal; Que, con Informe Nº 98-2014-GDU/MVES, la Gerencia de Desarrollo Urbano remite el Informe Nº 418-2014- SGPOP-GDU-MVES por el cual el Sub Gerente de Proyectos y Obras Públicas adjunta el Plano Perimétrico del Depósito Municipal ubicado a la espalda del Estadio Iván Elías Moreno; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 1027-2014-OAJ/MVES emite opinión favorable, recomendando se emita el respectivo Decreto de Alcaldía que establezca como Depósito Municipal para el internamiento de bienes retenidos y/o decomisados, al local ubicado a espalda del Estadio Iván Elías Moreno en el Distrito de Villa El Salvador; Que, de conformidad al artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven y regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando a lo expuesto, y contando con el visto favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLECER como Depósito Municipal para el internamiento de bienes retenidos