Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2014 (24/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Viernes 24 de octubre de 2014

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Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1154592-10 RESOLUCION Nº 2287-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02176 CONTRALMIRANTE MORDAZA - TUMBES MORDAZA, dos de setiembre de dos mil catorce. VISTOS los Oficios Nº 124-2014-A-MPCVZ y Nº 0762014-SG-MPCVZ, presentados el 11 y 29 de agosto de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Acuna MORDAZA, MORDAZA y secretario general de la Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, respectivamente, comunicando la licencia que fue concedida al regidor Edy MORDAZA MORDAZA Garcia. CONSIDERANDOS 1. El literal b del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias naturales MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 30 de MORDAZA de 2014 (fojas 09), Edy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Contralmirante MORDAZA, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, presento su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 0027-2014-MPCVZ, de fecha 30 de MORDAZA de 2014 (fojas 02 y 03), por el periodo comprendido entre el 8 de junio y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que el regidor Edy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se convoca al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del computo de sufragio. 5. Consecuentemente, corresponde convocar a Rosy MORDAZA MORDAZA Pena, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 44574113, candidata no proclamada del partido politico Union por el Peru, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tumbes, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010.

MORDAZA, dos de setiembre de dos mil catorce. VISTOS los Oficios Nº 125-2014-A-MPCVZ y Nº 0762014-SG-MPCVZ, presentados el 11 y 29 de agosto de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Acuna MORDAZA, MORDAZA y secretario general de la Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, respectivamente, comunicando la licencia que fue concedida al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Purizaca. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos; la misma que gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) dias naturales MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del ano 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 01402014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 1 de MORDAZA de 2014 (fojas 06), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Contralmirante MORDAZA, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, presento su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 0036-2014-MPCVZ, de fecha 11 de MORDAZA de 2014 (fojas 02 y 03), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se convoca al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del computo de sufragio. 5. Consecuentemente, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA Anazco MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 42525003, candidata no proclamada del partido politico Union por el Peru, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tumbes, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, mientras este vigente la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Anazco MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 42525003, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

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