Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2014 (24/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 24 de octubre de 2014

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Que, dicho procedimiento normativo conforme el articulo 77º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013- 2010CR-RL, se desarrolla por lo menos en las siguientes etapas: a) Iniciativa Legislativa; b) Estudio en comisiones; c) Debate en el Pleno; d) Aprobacion; y, e) Promulgacion; Que, el articulo 38 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley No 27867, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, en Sesion Extraordinaria llevada a cabo el dia 27 de agosto del 2014, en las instalaciones del Consejo Regional sito en Playa Chorrillos - Malecon MORDAZA 1er Piso, ubicado en la MORDAZA de Huacho; se dio cuenta de la Carta Nº 019-2014-COPEPTOTYAATPE-CR/GR del Consejero Regional por la provincia de Oyon, Sr. Olmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la cual solicita que se agende en la Sesion Extraordinaria la aprobacion del Informe y/o Dictamen de la "Comision Ordinaria de Planificacion Estrategica, Presupuesto, Tributacion, Ordenamiento Territorial y Administracion y Adjudicacion de Tierras de Propiedad del Estado", recaido en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 094-2014-CR/GRL, que deriva a dicha Comision el Proyecto de Ordenanza Regional que modifica la Ordenanza Regional Nº 006-2013-CR-RL; Con la sustentacion del Sr. Olmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero Regional por la provincia de Oyon; del Blgo. MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Area de Recursos Naturales de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima; con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesion de Consejo Regional; En uso de sus facultades conferidas en el articulo 15º inciso a), c) y s) de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Consejo Regional; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- MODIFICAR los Articulos Primero, MORDAZA, Tercero y MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 006-2013-CR-RL, por el siguiente texto: "Articulo Primero.- DECLARESE de necesidad y de interes Regional la Zonificacion Ecologica y Economica y el Ordenamiento Territorial en el Gobierno Regional de Lima. Articulo Segundo: APRUEBESE, la constitucion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial (OT) integrada por: a) Un representante del Gobierno Regional de Lima. b) Representantes de las Municipalidades Provinciales del ambito del Gobierno Regional de Lima. c) Un representante de una institucion cientifica del ambito del Gobierno Regional de Lima. d) Un representante de las Universidades del ambito del Gobierno Regional de Lima. e) Representantes de los Sectores y de los niveles de Gobierno de competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o los recursos naturales existentes en el ambito del Gobierno Regional de Lima. f) Dos representantes de las Organizaciones de Pueblos Indigenas. g) Dos representantes de la Empresa Privada. h) Dos representantes de los Organismos No Gubernamentales. La Comision Tecnica de ZEE y OT tiene estatus de Comite Tecnico Ambiental y estara presidido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Lima. La Comision Tecnica de ZEE y OT podra convocar a otras instituciones publicas o privadas de acuerdo a las competencias y/o interes segun los requerimientos especificos. Articulo Tercero: Son funciones de la Comision Tecnica de ZEE y OT:

a) Un representante del Gobierno Regional de Lima. b) Representantes de las Municipalidades Provinciales del ambito del Gobierno Regional de Lima. c) Un representante de una institucion cientifica del ambito del Gobierno Regional de Lima. d) Un representante de las Universidades del ambito del Gobierno Regional de Lima. e) Representantes de los Sectores y de los niveles de Gobierno de competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o los recursos naturales existentes en el ambito del Gobierno Regional de Lima. f) Dos representantes de las Organizaciones de Pueblos Indigenas. g) Dos representantes de la Empresa Privada. h) Dos representantes de los Organismos No Gubernamentales. La Comision Tecnica de ZEE y OT tiene estatus de Comite Tecnico Ambiental y estara presidido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Lima. La Comision Tecnica de ZEE y OT podra convocar a otras instituciones publicas o privadas de acuerdo a las competencias y/o interes segun los requerimientos especificos". Que, respecto, al Articulo Tercero y Articulo MORDAZA, consideramos, que en atencion a la propuesta de modificacion del Articulo Primero y MORDAZA dichos articulados debe tener la siguiente redaccion: "Articulo Tercero: Son funciones de la Comision Tecnica de ZEE y OT: a) Proponer, opinar, acompanar y coordinar la ejecucion del MORDAZA de la Zonificacion Ecologica y Economica ­ ZEE a nivel Regional; asi como los aspectos relacionados a la macrozonificacion nacional. b) Proponer los mecanismos de consulta y participacion ciudadana y procesos de difusion y capacitacion. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Comision Tecnica Regional de ZEE y OT que en el plazo de seis (06) meses a partir de su instalacion, eleve a la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA el Plan Regional de ZEE y OT para su promulgacion mediante Decreto Regional". Que, respecto, al Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional incomento que dispone: "Otorguese el plazo de noventa (90) dias contados a partir de la vigencia de la Ordenanza, a efectos que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente elabore y proponga a la Presidencia Regional el Reglamento de la presente Ordenanza, en la que se regule su aplicacion y el procedimiento de designacion de los integrantes de la Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica y Economica, a efectos que sea aprobada mediante Decreto Regional", la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente solicita la prorroga de dicho plazo fundamentando su pedido en la configuracion geografica de la region, su articulacion vial y la complejidad para articular a todos los actores relacionados con el MORDAZA de ordenamiento territorial en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA, por lo que consideran que dicho plazo debe ampliarse a 30 dias mas; Que, sobre el particular, considerando que la referida Ordenanza Regional ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de enero de 2014, entrando en vigencia el 10 de enero de 2014, cumpliendose el plazo otorgado el 10 de MORDAZA del 2014, y estando a que el organo rector en ordenamiento territorial ha recomendado modificar la Ordenanza Regional Nº 0062013-CR-GL, por los fundamentos legales expuestos en parrafos precedentes, y estando a los fundamentos tecnicos expuestos por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, consideramos viable la prorroga de 30 dias adicionales al plazo otorgado en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 006-2013-CR-RL; Que, conforme el articulo 76º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR-RL, mediante el procedimiento normativo se persigue aprobar normas de caracter regional, las mismas que pueden ser: a) Ordenanzas Regionales; y, b) Acuerdos de Consejo Regional;

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