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El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014 536430 de Uso Civil – SUCAMEC, el mismo que se adjunta a la presente Resolución en calidad de Anexo y que forma parte integrante de la misma. 2. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial el Peruano. 3. Disponer la publicación del Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC en el portal web de la SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe) en la fecha en que se publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. 4. Encargar a la Ofi cina General de Recursos Humanos, en coordinación con la Ofi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y con la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión del contenido del Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, entre los servidores civiles de la SUCAMEC, a nivel nacional. 5. Encargar a la Ofi cina General de Recursos Humanos que en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, haga entrega de un ejemplar impreso del Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS a cada servidor de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. DERIK ROBERTO LATORRE BOZA Superintendente Nacional CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- Naturaleza de la entidad La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica, creada por el Decreto Legislativo Nº 1127. Artículo 2.- Poder de dirección Corresponde a la SUCAMEC la organización del servicio, la determinación del número de servidores civiles que sean necesarios para ejecutarlo, así como la distribución de las labores entre el personal, de acuerdo con las necesidades de la Institución. Artículo 3.- El Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS El RIS contiene las normas destinadas a determinar las condiciones a las que deben sujetarse la SUCAMEC, sus servidores civiles y personal destacado, en lo que corresponda, en cumplimiento de las funciones asignadas, independientemente del régimen laboral al que pertenezcan. Aprobado el RIS, se facilitará un ejemplar físico del mismo a los servidores civiles de la SUCAMEC. Asimismo, se hará entrega de un ejemplar del RIS a cada servidor civil que se incorpore a la SUCAMEC. Todas las modifi caciones al RIS serán puestas en conocimiento y entregadas a los servidores civiles. Las situaciones no contempladas en el RIS serán resueltas por la SUCAMEC en uso de su facultad de dirección, a través de la Ofi cina General de Recursos Humanos, con arreglo a lo que establezcan las disposiciones legales vigentes. Artículo 4.- Rol de la Ofi cina General de Recursos Humanos La Ofi cina General de Recursos Humanos – OGRH es el órgano encargado de conducir los sistemas de administración de personal, selección, evaluación, capacitación, bienestar y desarrollo integral del servidor civil, conforme a lo que establece el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC. Asimismo es el órgano encargado de emitir disposiciones internas que regulen con mayor detalle las acciones de personal comprendidas en el presente Reglamento. Artículo 5.- Jefe Inmediato El Superintendente, el Gerente General, los Intendentes Regionales, los Gerentes, los Jefes y los Coordinadores que tengan personal a su cargo, tienen la calidad de Jefes Inmediatos, según corresponda. Es responsabilidad del Jefe Inmediato: a. Supervisar que el servidor civil cumpla con el horario de servicio, con la permanencia de aquel en su respectivo puesto, así como con las funciones asignadas. b. Mantener permanente comunicación con el personal a su cargo, a los cuales debe orientar para un correcto desempeño laboral. CAPITULO II De la Incorporación del Personal Artículo 6.- Incorporación a la entidad El ingreso de personal a la SUCAMEC, con excepción de los cargos de confi anza y de libre designación y remoción, será a través de Concurso Público de Méritos. Para ello, la SUCAMEC establecerá los procedimientos y mecanismos respecto a los medios y sistemas de convocatoria, reclutamiento, evaluación y selección, de conformidad con las disposiciones internas y normas vigentes sobre la materia y según la naturaleza de las plazas. Artículo 7.- Requisitos para ingresar a la SUCAMEC como servidor civil Son requisitos para ingresar a la SUCAMEC como servidor civil: a. Estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y haber cumplido la mayoría de edad. b. No tener condena por delito doloso, con sentencia fi rme. c. No estar inhabilitado administrativa o judicialmente. Están inhabilitados administrativamente quienes están comprendidos en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido a cargo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR o quienes lo están judicialmente con sentencia fi rme. d. No estar inscrito en el registro de deudores alimentarios morosos. e. Cumplir con las normas que regulan incompatibilidades y prohibiciones de funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos. f. Observar las disposiciones legales que en materia de ingreso de personal alcancen a entidades como la SUCAMEC. g. Cumplir con los requisitos del puesto al que se postula y presentar los documentos que sean exigidos por la SUCAMEC. h. Presentar Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, la que deberá ser entregada por aquellos servidores civiles comprendidos entre los niveles funcionarios, empleados de confi anza y de libre designación y remoción, directivos superiores y por los servidores civiles de otros niveles que la institución determine. La presentación se realiza al inicio, durante el ejercicio - cada año - y al término del ejercicio del cargo o labor. i. Cumplir con cualquier otra formalidad que exija la institución. Artículo 8.- Responsabilidad por la información y documentación entregada a la entidad Los postulantes y servidores civiles deberán llenar, fi rmar y presentar los documentos y demás formularios que requiera la OGRH dentro del plazo que se le hubiera otorgado para tal efecto, siendo de su entera responsabilidad la veracidad de la información que proporcionen, teniendo esta el carácter de declaración jurada. La SUCAMEC se reserva el derecho de comprobar la información presentada mediante fi scalización posterior, pudiendo aplicar las sanciones administrativas y gestionar las acciones penales que correspondan, en caso se compruebe que la información o documentación proporcionada no sea veraz. Artículo 9.- Legajo de Personal La OGRH, organizará, administrará y mantendrá actualizado un Legajo de Personal por cada servidor civil, dentro del cual se incluirán todos los documentos relacionados con su permanencia. Los datos personales