Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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- POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en MORDAZA del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRE NUPCIAL: Pagar en MORDAZA del Local Central por Examen Medico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- QUEDA ESTABLECIDO que los requisitos indispensables para participar en los Matrimonios Civiles Comunitarios programados, son los que a continuacion se detallan: 1. Acta de Nacimiento de ambos contrayentes (original y MORDAZA certificada actualizada) 2. MORDAZA fedateada del D.N.I. de ambos contrayentes 3. Certificado Pre-Nupcial (medico) expedido por la Municipalidad S/ 60.00 4. Expediente Matrimonial S/ 40.00 5. Fotografia actual de ambos contrayentes 6. Declaracion Jurada de Domicilio (por lo menos uno debe domiciliar en el distrito) 7. MORDAZA de No Inscripcion de Matrimonio (Certificado de Solteria) de ambos contrayentes con una antiguedad no mayor de un mes. 8. MORDAZA autenticada del D.N.I. de dos (2) testigos 9. Solicitud firmada por ambos contrayentes 10. En caso de contrayente extranjero, el Acta de Nacimiento, Certificado de Solteria, Certificado del domicilio del Contrayente extranjero, debe contar con la visacion del Consul Peruano en el MORDAZA de origen, asi como con la legalizacion del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldia, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, y a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1231349-1

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Prorrogan plazo establecido en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 288/MSJM, que regula el Procedimiento de pronto pago de arbitrios correspondiente al ano 2015
DECRETO DE ALCALDIA N° 004-2015/MSJM San MORDAZA de Miraflores, 29 de MORDAZA del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Visto; el Memorandum N° 1534-2015-GM-MDSJM, de fecha 29 de MORDAZA de 2015, emitido por la Gerencia Municipal, mediante el cual se eleva la propuesta para la prorroga del plazo establecido en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 288/MSJM, formulada por la Gerencia de Rentas, con el pronunciamiento de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza N° 288/MSJM, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de febrero del 2015, se aprobo la Ordenanza que regula el procedimiento de

pronto pago de los arbitrios de la municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, correspondiente al ano 2015; Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 002-2015/ MSJM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el dia 31 de marzo de 2015, se prorrogo hasta el 30 de MORDAZA de 2015 el plazo establecido en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 288/MSJM; Que, mediante informe Nº 56-2015-MDSJM/GR, la Gerencia de Rentas senala que a la fecha existe un alto numero de contribuyentes que no han tenido la oportunidad de cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias por lo que se hace necesario efectuar la prorroga del beneficio otorgado mediante Ordenanza N° 288/MSJM; proponiendo como fecha de vencimiento el 30 de MORDAZA del 2015; Que, mediante el Informe Legal N° 088-2015-MDSJM/ GAJ, de fecha 29 de MORDAZA del 2015, la Gerencia de Asesoria Juridica ha emitido opinion sobre la propuesta realizada por la Gerencia de Rentas, concluyendo que, resulta procedente prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 288/MSJM, hasta el 30 de MORDAZA del 2015 mediante Decreto de Alcaldia; Que, mediante el Memorandum N° 1534-2015GM/MSJM, de fecha 29 de MORDAZA de 2015, la Gerencia Municipal remite la propuesta de prorroga del plazo establecido en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 288/MSJM, formulada por la Gerencia de Rentas, asi como el pronunciamiento de la Gerencia de Asesoria Juridica, para que sea aprobado y firmado por el Senor Alcalde; Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas y derecho municipales, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, dentro de su jurisdiccion; Que, el articulo 39° de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldia; Que, el articulo 42° de la Ley N° 27972 ­ Organica de Municipalidades, senala que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA competencia del concejo municipal; Que, en la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza 288/MSJM, se autorizo al Senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia pueda ampliar el plazo establecido en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 288/MSJM, el mismo que senala: a) los contribuyentes que efectuen el pago total del impuesto predial 2015 y los arbitrios municipales correspondientes a todo el ano 2015, hasta el 31 de marzo de 2015, seran acreedores a un descuento automatico de un 5% del monto insoluto total de la tasa de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines correspondiente al ano 2015; Estando a los considerandos precedentes, en los que se evidencia que resulta necesaria la prorroga del plazo senalado en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 288/MSJM y se tiene la facultad legal correspondiente, en ejercicio de las facultades conferidas en la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza MORDAZA mencionada y un uso de las facultades senaladas en el inciso 6) del articulo 20° y articulo 42° de la Ley N° 27972 ­ Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo establecido en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 288/MSJM, que regula el Procedimiento de pronto pago de arbitrios correspondiente al ano 2015, hasta el 30 de MORDAZA del 2015. Articulo Segundo.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y sus Subgerencias ejecutoras, el cumplimiento y debida aplicacion del

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