Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

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permanentemente un senalero o rigger en la parte exterior para controlar el riesgo que produce la sombra de los contrapesos. · La ejecucion de la instalacion, debera estar bajo la direccion de un profesional competente. 3. La instalacion de una MORDAZA grua, la cual conlleva a operaciones de carga y descarga de materiales, debera realizarse unicamente por el frente autorizado para tal fin, y siempre debera de realizarse con senalero y policia para el correspondiente control. 13.3. Gruas moviles (autoportantes) 1. Las gruas moviles o autoportantes que requieran ser ubicadas sobre via publica, deberan contar necesariamente con la correspondiente autorizacion para dicha instalacion por parte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de la Municipalidad Distrital. 2. Para la instalacion de toda grua movil o autoportante, debera presentarse el Plan de Izaje, el cual necesariamente debera contener el siguiente detalle: · Lugar de la maniobra. · Fecha. · Descripcion de la maniobra y carga a izar. · Peso de la carga. · Velocidad del viento. · Descripcion de la grua a utilizar. · Detalle de la configuracion en que se utilizara la grua (largo de la pluma). · MORDAZA de la pluma (en grados) y radio de trabajo (en metros). · El terreno donde se posicionara el equipo de izaje debe ser solido y estar nivelado. · Y todas aquellas consideraciones que la empresa estime convenientes. 3. Se debera presentar una Declaracion Jurada de haber verificado las condiciones climaticas y de visibilidad que permitan realizar una maniobra segura; de haber inspeccionado visualmente todos los elementos de izaje y sus respectivos accesorios que esten en optimas condiciones (cadena, estrobo, nylon, eslabon, grillete, cancamo, otros) de acuerdo a estandares, MORDAZA de ser utilizados. Dicha Declaracion Jurada debera estar firmada por un profesional con las competencias necesarias. Articulo 14º.- Sobre las protecciones colectivas (a los inmuebles colindantes) 1. Toda obra de edificacion tanto obra nueva como demolicion, MORDAZA de su inicio debera contar con la instalacion integra de las protecciones colectivas, a fin de garantizar la debida proteccion a las propiedades colindantes. 2. Dentro de las medidas preventivas que se lleven a cabo para mitigar la dispersion del polvillo y/o mezcla provenientes de los materiales de construccion, deberan de considerarse la instalacion de mallas antipolvo, con una porosidad minima del 95 %; las cuales deberan cubrir en su totalidad la MORDAZA de ductos, pozos y/o escaleras de los predios colindantes. 3. Todas las mallas antipolvo deberan instalarse de manera uniforme, adecuadamente tensadas, de tal manera que MORDAZA lo suficientemente rigidas y no se caigan, utilizando elementos rigidos como bastidores fijos y correctamente anclados. El mantenimiento de las mallas antipolvo debera realizarse de manera regular y de encontrarse en mal estado deberan ser reemplazadas por otras nuevas. 4. En las estructuras que por su altura exista la posibilidad de caida de materiales de construccion, desmonte o herramientas de trabajo, se deberan colocar paneles protectores rigidos, ubicados cada 4 niveles a lo largo de todo el frente y linderos colindantes con las propiedades vecinas. En el caso de edificaciones de mas de 7 pisos de nivel de fachada, se debera de colocar una manta vertical MORDAZA antipolvo que cubra totalmente la fachada del edificio. 5. En la ejecucion de las obras, a partir del MORDAZA nivel se debera canalizar la eliminacion de material de desperdicio o desmonte a traves de "mangas de eliminacion".

· Certificacion de capacitacion del personal a cargo de las operaciones de carga y descarga (comprension, conocimiento y habilidad para realizar tales operaciones de manera segura). · Carta de Compromiso para el mantenimiento preventivo permanente de las partes moviles de la faja transportadora, firmada por el constructor. Al final de la jornada se debera efectuar la limpieza segun las especificaciones tecnicas brindadas por el fabricante, manual de operaciones, certificado de operacion y/o mantenimiento de la faja. 7. En los casos de contar con la autorizacion de interferencia de la via publica, solo se debera ubicar un vehiculo mixer sobre el area autorizada, y de contar con mas vehiculos se debera prever la ubicacion de estos sobre espacios privados que no interfieran la via publica, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 12, numeral 3 de la presente ordenanza. 8. Cuando la obra a ejecutar se encuentre en un lote ubicado en esquina y cuente con una autorizacion expedida para la interferencia de MORDAZA vias, en ningun caso podran ser utilizadas de forma simultanea, sino solo alternadamente, con la finalidad de evitar el congestionamiento de dichas vias y de la MORDAZA aledana; salvo en caso que previamente se presenten excepciones debidamente sustentadas. 9. Cuando se cuente con autorizacion para el cierre total de una via y se cuente a la vez con autorizacion para la interferencia de la misma via, dichas autorizaciones deberan ser utilizadas de forma alterna, ya que la actividad a realizarse en cada autorizacion no debera de realizarse de forma simultanea. 10. Todas las autorizaciones y coordinaciones para la interferencia y cierre de vias, deberan solicitarse a la Subgerencia de Obras Publicas, la cual se encargara de realizar las coordinaciones internas con las Subgerencias de Licencias de Edificaciones Privadas, Movilidad MORDAZA y Seguridad Vial y de Fiscalizacion y Control, en lo que corresponda. 13.2. MORDAZA Grua 1. La instalacion de equipo de transporte vertical MORDAZA torre-grua debera realizarse dentro del lote en construccion, esto es, solo dentro de terreno de dominio privado; debiendo implementarse para tal fin un trabajo escalonado que permita que la MORDAZA grua cumpla con dicha ubicacion, ya sea en el area de retiro o en un ducto lo suficientemente amplio. 2. El montaje, desmontaje y mantenimiento de una MORDAZA grua, son actividades que forman parte de los trabajos de edificacion, por lo tanto, su ejecucion de acuerdo a las normas tecnicas provistas por el fabricante, debera ser realizada por personal especializado acreditado por el constructor ante el Supervisor de Obra cuando este lo requiera; quedando necesariamente sujetos a evaluacion los siguientes aspectos: · Periodo en que estara instalada. · Ubicacion. · Calculo de la estructura (zapata) que servira para cimentar la grua, que garantice su estabilidad frente al peso propio, al peso que pueda trasladar y a las condiciones ambientales (viento). · Certificados respecto a las operaciones de instalacion, nivelacion de la grua, instalaciones provisionales electricas, colocacion de los contrapesos necesarios MORDAZA y colocacion de la pluma en las gruas MORDAZA, para no desequilibrar la grua y provocar su caida. · Debe tenerse en cuenta que las MORDAZA gruas, deben ser instaladas de manera tal que las areas de influencia de estos equipos deben estar senaladas como zonas de seguridad y solo estan autorizados para transportar materiales, nunca personas. · La sombra de la carga siempre debe estar con senal de NO MORDAZA o sea de "Peligro". Las maniobras de la carga se deben realizar con apoyo de un senalero o rigger que dirija la maniobra. · La carga y contrapesos no podran permanecer sobre propiedad de terceros al finalizar la jornada laboral, a menos que cuenten con autorizacion expresa del propietario del predio y se hayan implementado las protecciones de seguridad correspondientes. · Luego de instalada la MORDAZA grua se debera mantener

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