Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional de San MORDAZA opina porque se apruebe la propuesta de Ordenanza Regional referida a la Creacion de la Red de Voluntariado Ambiental Juvenil de la Region San MORDAZA ­ RVAJSM; Que, mediante Informe Legal Nº 074 -2014-SCRGRSM/ALE, de fecha 05 de diciembre del presente ano, el Asesor Legal Externo del Consejo Regional de San MORDAZA opina que via Ordenanza Regional se apruebe la propuesta normativa denominada "Red de voluntariado ambiental Juvenil de la Region San Martin"; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº27867, Ley Organica del Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales a hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional de San MORDAZA ­ Moyobamba, llevada a cabo el dia lunes 22 de Diciembre del 2014, aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- CREAR la Red de Voluntariado Ambiental Juvenil de la Region San MORDAZA como ente encargado de movilizar a la juventud para su participacion en los programas y actividades ambientales de nivel local, regional y nacional de interes para nuestra region, la misma que estara adscrita a la Gerencia de la Autoridad Regional Ambiental. Articulo Segundo.- La Red de Voluntariado Ambiental Juvenil de la Region San MORDAZA estara integrado de manera voluntaria por jovenes integrantes de organizaciones publicas y privadas que ejercen funciones y actividades en el ambito distrital, provincial y regional que se encuentran involucrados en promover el desarrollo sostenible, el mismo que estara representado por: · Representantes de Instituciones Educativas Publicas. · Representantes de Instituciones Educativas Privadas. · Representantes Juveniles de la Sociedad Civil Organizada. Queda abierta la participacion juvenil voluntaria de personas naturales o juridicas que puedan aportar al logro de los objetivos de la creacion de La Red de Voluntariado Ambiental Juvenil. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Ejecutiva de Gestion Estrategica Ambiental de la Autoridad Regional Ambiental apoyar a la Red de Voluntariado Ambiental Juvenil de la Region San MORDAZA en la elaboracion e implementacion de planes, programas, proyectos y actividades para el logro de sus objetivos, ademas de promover la coordinacion y concertacion con entidades del sector publico, privado y la sociedad civil. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion Ejecutiva de Gestion Estrategica Ambiental de la Autoridad Regional Ambiental, presentar en un plazo de 60 dias calendarios a partir de la vigencia del presente Ordenanza Regional, el Reglamento de la Red de Voluntariado Ambiental Juvenil de la Region San MORDAZA para su aprobacion de la misma mediante Decreto Regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA realice los tramites respectivos para Ia publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion del departamento de San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA Articulo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta para proceder a su implementacion correspondiente Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion MORDAZA IVONE MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo Regional de San MORDAZA

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veintidos dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1230582-3

Aprueban el Cuadro de Asignacion de Personal Provisional - CAP de Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional de San MORDAZA para nombramiento de profesionales de la salud y de los tecnicos y auxiliares asistenciales
ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2015-GRSM/CR Moyobamba, 31 de enero del 2015 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Nacional con fecha 02 de diciembre del ano 2013, ha publicado la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014, siendo que a traves del articulo 8º, numeral 8.1, literal g), se autoriza el nombramiento de hasta el 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 11531, de los profesionales de la salud y de los tecnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales; Que, para efectos de la ejecucion del MORDAZA de nombramiento, la referida MORDAZA dispuso que, mediante Decreto Supremo del Ministerio de Salud, refrendado por el ministro de Economia y Finanzas y SERVIR se establecerian los criterios y el procedimiento para llevar a cabo el referido MORDAZA de nombramiento. Que, en la citada Ley se establece que para la aplicacion de los casos de excepcion establecidos desde el literal a) hasta el literal f), es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), registradas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certificacion del credito presupuestario; Que, via Decreto Supremo Nº 034-2014-SA se aprobo los Lineamientos para el MORDAZA de nombramiento de los profesionales de la salud y de los tecnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, que prestan servicios en el Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 8, numeral 8.1, literal g) de la Ley 30114, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014; Que, con Decreto Legislativo Nº 1023 se creo la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo

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Decreto Legislativo que regula la politica integral de compensaciones y entregas economicas del personal de la salud al servicio del Estado.

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