Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

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Disposicion y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores; modificada con Ordenanza Nº 392/MM; Que, con Resolucion Nº 084-2013/SBN se aprueba el "Formato Unico de Informe Tecnico aplicable a los actos de gestion mobiliaria" asi como los anexos: "Anexo Nº 1: "Descripcion de los bienes muebles", Anexo Nº 2: "Descripcion de bienes muebles para venta" y Anexo Nº 3: "Ficha Tecnica del Vehiculo"; ello con el fin de unificar, actualizar, optimizar, simplificar y consolidar la informacion que debe contener el informe tecnico, respecto a los actos de gestion sobre bienes muebles de propiedad estatal que realicen las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ SNBE, como los gobiernos locales, entre otros; Que, en ese sentido, la Subgerencia de Logistica y Control Patrimonial, segun Informe Nº 257-2015SGLCP-GAF/MM, presenta la propuesta modificatoria del mencionado Reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposicion y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, acorde con lo expresado por el Responsable de Control Patrimonial, a traves del Informe Nº 48-2015-CP-SGLCP-GAF/MM, por ser necesaria la actualizacion de la ordenanza referida segun el "Formato Unico de Informe Tecnico aplicable a los actos de gestion mobiliaria" y sus anexos. Asimismo, la Gerencia de Administracion y Finanzas, con Informe Nº 027-2015-GAF/MM, solicita hacer de conocimiento, la propuesta en referencia, del Concejo Municipal; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante Informe Legal Nº 103-2015-GAJ/MM del 26 de marzo de 2015, concluye que no existe impedimento legal para actualizar el Reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposicion y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, aprobado con Ordenanza Nº 361/MM, de acuerdo con los informes de las areas tecnicas mencionadas. Siendo asi, corresponde al Concejo Municipal aprobar la modificacion propuesta, acorde con la normatividad vigente y atendiendo a lo expresado en lineas precedentes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9, numeral 8, y articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ANEXOS DE LA ORDENANZA Nº 361/MM QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ALTAS, BAJAS, ACTOS DE DISPOSICION Y SANEAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Articulo Primero.- Modificar la Ordenanza Nº 361/ MM que aprueba el Reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposicion y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, a efectos de aprobar el "Formato Unico de Informe Tecnico aplicable a los actos de gestion mobiliaria" y sus Anexos Nros. 1, 2 y 3, aprobados por la Resolucion Nº 084-2013/SBN, los mismos que como archivo adjunto forman parte de la presente ordenanza Articulo Segundo.- Derogar los Anexos Nº 1, Nº 2 y Nº 3-A aprobados por la Ordenanza Nº 361/MM. Articulo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Logistica y Control Patrimonial, a traves de su area competente, el cumplimiento de la presente ordenanza; asimismo, a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicacion en el MORDAZA Institucional (www.miraflores.gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1230815-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario del ano 2015
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2015-A/MDSJL San MORDAZA de Lurigancho, 10 de MORDAZA de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, conforme al Plan Operativo para el ano 2015, se tiene programado llevar a cabo Matrimonios Civiles Comunitarios en el Modulo Siglo XXI, para las siguientes fechas: sabado 30 de MORDAZA, sabado 25 de MORDAZA, sabado 26 de septiembre y sabado 19 de diciembre del 2015, en todos los casos, a las 11.00 AM; Que, el articulo 252º del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º del mismo cuerpo legal; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su articulo 38º senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldia; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su articulo 42º que, los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas para la formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico; tambien es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos parentales y de proteccion a la familia, en MORDAZA de lo consagrado por el articulo 4º de la Constitucion Politica que establece como obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Por lo expuesto, y estando a lo establecido en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR Y EJECUTAR las ceremonias del Matrimonio Civil Comunitario del presente ano, la mismas que se llevaran a cabo en las siguientes fechas: sabado 30 de MORDAZA, sabado 25 de MORDAZA, sabado 26 de septiembre y sabado 19 de diciembre del 2015, todas a las 11.00 AM en el Modulo Siglo XXI, costado del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia, Cuadra 15, distrito de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR de la publicacion de los avisos de ley para los Matrimonios Civiles Comunitarios, realizandose una unica publicacion en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma generica el dia, la hora y el lugar donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Comunitario para la fecha programada. Articulo Tercero.- ESTABLECER como pago unico por Derecho de Matrimonio Civil Masivo de cada fecha programada, la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estaran disgregados de la siguiente manera:

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