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El Peruano Jueves 30 de abril de 2015 551729 técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, mediante la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se establece en la Cuarta Disposición Complementaria Final que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Cuadro Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el Instrumento de Gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE; siendo que su Reglamento General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040- 2014-PCM, en la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria señala que mediante directiva de Servir se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades, y de otro lado, en la Única Disposición Complementaria Derogatoria, derogó el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del cuadro para asignación de personal - CAP así como su modifi catoria, el Decreto Supremo Nº 105- 2013-PCM; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-Servir/PE, de fecha 08 de agosto del 2014, habiéndose establecido en el numeral 5.2.1 – sobre disposiciones generales para la elaboración del CAP Provisional – que la conducción del proceso de elaboración y formulación del CAP Provisional de las Entidades es responsabilidad del órgano de recursos humanos con opinión técnica favorable del órgano encargado de racionalización o de los que hagan sus veces; Que, sobre la base legal descrita, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1681-2014-GRSM/PGR de fecha 22 de diciembre de 2014, se aprueba la actualización y reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP de las Unidades Ejecutoras 400 Salud San Martín, 401 Salud Alto Mayo, 402 Salud Huallaga Central, 403 Salud Alto Huallaga y 404 Hospital II-2 Tarapoto de la Dirección Regional de Salud de San Martín; Que, a través del Ofi cio Nº 6330-2014-OPE-DG- DIRES/SM, de fecha 29 de Diciembre de 2014, la Dirección Regional de Salud, remite los Cuadros para Asignación de Personal Provisional – CAP P de las Unidades Ejecutoras 400 Salud San Martín, 401 Salud Alto Mayo, 402 Salud Huallaga Central, 403 Salud Alto Huallaga y 404 Hospital II-2 Tarapoto; mientras que con Ofi cio Nº 173-2015- OPE-DG-DIRES-SM, de fecha 21 de Enero de 2015, la Dirección Regional de Salud, remite el Informe técnico Nº 002-OPE-DIRES/SM-2015, mediante el cual la Ofi cina de Planifi cación Estratégica de la Dirección Regional de Salud presenta la propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP P de las Unidades Ejecutoras del Sector Salud, considerando los cargos para nombramiento de los Profesionales de la Salud, Técnicos y Auxiliares Asistenciales del Decreto Legislativo Nº 1057 – Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS – y del Decreto Legislativo Nº 276 – Carrera Administrativa –, para nombramiento; Que, la Unidad Ejecutora Nº 400 – Salud San Martín con Informe Técnico Sustentatorio Nº 006-2014-00-S/BM- UE-400-S/SM presenta para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP P, para nombramiento de 42 PEAS de las cuales 01 pertenece al Carrera Administrativa del Decreto Legislativo Nº 276, cargo en condición de ocupado (enfermera contratado 276 en el CS Chazuta-) y 41 PEAS del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS, cargos en condición de previstas; lo que origina un nuevo orden correlativo del CAP a presentar. Así mismo se tiene en cuenta el presupuesto para10 plazas de SERUMS que han sido asignados a diferentes redes de salud, conforme al Anexo Nº 01 del Informe Nº 003-2015-GRSM/GRPyP/ SGDI/HERC; Que, la Unidad Ejecutora Nº 401 – Salud Alto Mayo con Informe Nº 003-2015-UGP-00-SAM, presenta para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP P, 60 PEAS aptas para nombramiento; de las cuales 14 pertenecen a la Carrera Administrativa del Decreto Legislativo Nº 276 cargo en condición de ocupado y 46 PEAS del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS, cargos en condición de previstas, conforme al Anexo Nº 01 del Informe Nº 003- 2015-GRSM/GRPyP/SGDI/HERC; Que, la Unidad Ejecutora Nº 402 – Salud Huallaga Central con Informe Nº 005-2014-GRSM/DIRESSM- RP-OOSHC, presenta para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP P a 36 PEAS, de las cuales 01 cargo pertenece a la Carrera Administrativa del Decreto Legislativo Nº 276, cargo en condición de ocupado (Cirujano Dentista contrato 276 en el Hospital II-E Juanjui), y 35 PEAS del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS, cargos en condición de previstas; las cuales fueron identifi cadas en el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP P, conforme al Anexo Nº 01 del Informe Nº 003-2015-GRSM/ GRPyP/SGDI/HERC; Que, la Unidad Ejecutora Nº 403 – Salud Alto Huallaga con Informe Nº 0004-2015-GRSM/DIRES-OOSAHT-UGP, presenta para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP P a 8 PEAS de las cuales 01 cargo pertenece a la Carrera Administrativa del Decreto Legislativo Nº 276, cargo en condición de ocupado (Médico contrato 276 en el PS Shunte), y 07 PEAS del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS, cargos en condición de previstas; dentro de las cuales se apertura el cargo de Técnico/a en Enfermería para la Micro Red Nuevo Progreso, ya que no estaba considerado en el reordenamiento contenidos en el CAP, aprobado con RER Nº 1681-2014-GRSM/PGR, conforme al Anexo Nº 01 del Informe Nº 003-2015-GRSM/GRPyP/SGDI/HERC; Que, la Unidad Ejecutora Nº 404 – Hospital II-2 Tarapoto con Informe Nº 05-2015-RRHH-OOSRR-T presenta para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP P, para el nombramiento de 25 PEAS de profesionales de la Salud, Técnicos y Auxiliares Asistenciales; dentro de las cuales 13 pertenece a la Carrera Administrativa del Decreto Legislativo Nº 276, cargoS en condición de ocupados y 12 PEAS del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS, en condición de previstas, conforme al Anexo Nº 01 del Informe Nº 003-2015-GRSM/GRPyP/SGDI/HERC; siendo un total de 171 plazas; Que, dicha propuesta cuenta con opinión legal favorable por parte de la Ofi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín, a través del Informe Legal Nº 052-2015-GRSM/ORAL; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 –, prescribe en su artículo 15º literal a) que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, teniendo como una de sus atribuciones: “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia…”; en consecuencia, corresponde dictar una Ordenanza Regional que apruebe el Cuadro de Asignación de Personal– CAP Provisional de Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional de San Martín para nombramiento de profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud; Que, con Informe Legal Nº 005 -2015-GRSM/SCR-ALE, de fecha 30 de enero del 2015, el Asesor Legal Externo opina que vía ORDENANZA REGIONAL, se apruebe el Cuadro de Asignación de Personal– CAP Provisional de Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional de San Martín para nombramiento de profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Auditorio de la Gerencia Territorial Bajo Mayo - Tarapoto, llevado a cabo el día sábado 31 de enero del 2015, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP de las Unidades Ejecutoras