Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

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ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES (HTA, DIABETES MELLITUS, ACCIDENTES DE MORDAZA, CANCER (CERVIX Y MAMA) 1. Estudios cuali-cuantitativos que exploren los factores de riesgo para la incidencia de enfermedades no transmisibles y accidentes de MORDAZA 2. Investigaciones operativas de estrategias e intervenciones regionales para la reduccion de las enfermedades no transmisibles y accidentes de MORDAZA 3. Investigaciones que midan el efecto de la prevencion (primaria, secundaria y terciaria) en la reduccion de las enfermedades no transmisibles y en los accidente de MORDAZA 4. Estudios de linea de base de enfermedades no transmisibles y los accidentes de MORDAZA en la region San MORDAZA SALUD MENTAL 1. Investigaciones que evaluen la oferta (preventiva, promocion y control) profesional en el area de Salud mental en la region San MORDAZA 2. Investigaciones que disenen estrategias para mejorar la identificacion de la violencia familiar, dirigido a los actores de la repuesta social frente a este dano a la salud 3. Investigacion para desarrollar intervenciones preventivas y de control de trastorno del estado de animo en poblaciones de riesgo en la region San MORDAZA 4. Estudios para determinar la prevalencia y su distribucion provincial de violencia familiar, consumo de drogas en el adolescente y trastorno del animo 5. Estudios con enfoque cuali-cuantitativo para identificar las determinantes, incluyendo las interculturales, de violencia familiar en la region San MORDAZA 6. Estudios cuali-cuantitativos de determinantes relacionados al inicio de consumo de drogas en poblacion escolar en la region San MORDAZA Articulo Segundo.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Direccion Regional de Salud, en trabajo coordinado con el Instituto Nacional de Salud, universidades publicas y privadas, Hospital Regional, ESSALUD y colegios profesionales elaboraran el Plan Estrategico de investigacion de Prioridades Regionales de Investigacion en Salud 2015 ­ 2021, en un plazo MORDAZA de 120 dias calendarios a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social comprometera la participacion del Instituto Nacional de Salud para su asistencia tecnica en la elaboracion del plan estrategico de investigacion en salud 2015 ­ 2021. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social y Direccion Regional de Salud San MORDAZA la implementacion y monitoreo para el cumplimiento a la Presente Ordenanza Regional, Articulo Quinto.- ENCARGAR que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA realice los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para proceder a su implementacion correspondiente. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA IVONE MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Regional de San MORDAZA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veinte y dos dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA 1230579-3

Aprueban los lineamientos e iniciativas de gestion que complementan la Politica Territorial Regional de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 028-2014-GRSM/CR Moyobamba, 22 de diciembre del 2014 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27680-Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion; Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a la Constitucion Politica de 1993, articulo 191º, prescribe que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, en su articulo 192º prescribe que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, la Ley Nº 27867, segun la Ley Organica de Gobierno Regionales en su articulo 8º, prescribe que uno de los principios rectores de los gobiernos regionales es la concordancia de las politicas regionales con las politicas nacionales de Estado y en su articulo 53º prescribe que en materia ambiental y ordenamiento territorial inciso a) son competentes para formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar, y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, establece que los Gobiernos Regionales tienen la facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 20º de la Ley Nº 28611 Ley General del Ambiente, prescribe que la planificacion y el ordenamiento territorial tienen por finalidad complementar la planificacion economica, social y ambiental con la dimension territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservacion y aprovechamiento sostenible ; Que, una de las funciones del Gobierno Regional de San MORDAZA, segun el Reglamento de Organizacion y Funciones, articulo 7, es la Funcion de Planeamiento, es decir que, disena politicas, (...) que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa conforme a la Ley de Bases de la Descentralizacion y la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 015-2012GRSM/CR, de fecha 19 de setiembre de 2012, articulo primero, se aprueba la Politica Territorial Regional de San MORDAZA, la misma que se desarrolla sobre los ejes Economico, Social, Ambiental y Politico Institucional integrados entre si, donde todos tiene la misma jerarquia, sobre la columna vertebral que es el territorio y de acuerdo a la Zonificacion Ecologica Economica (ZEE). Que, segun este mismo articulo, la Politica Territorial Regional de San MORDAZA, esta determinada en dos Sub Politicas; siendo la primera de ellas, la Politica I denominada "El Territorio y sus potencialidades, la misma que esta estructurada por zonas, siendo las siguientes: MORDAZA Productiva Agropecuaria y Acuicola, MORDAZA MORDAZA, Industrial y de Expansion, MORDAZA de Conservacion y Aprovechamiento de Recursos Naturales y la MORDAZA de Tratamiento Especial. La MORDAZA Sub Politica es la Politica II denominada Gobernanza de la Gestion Territorial para el Desarrollo Humano Sostenible, la misma que esta estructurada por

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