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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (30/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 92

El Peruano Jueves 30 de abril de 2015 551730 400 – Salud San Martín, 401 Salud Alto Mayo, 402 – Salud Huallaga Central, 403 – Salud Alto Huallaga y 404 Hospital II-2 Tarapoto, para nombramiento de profesionales de la Salud, Técnicos y Auxiliares Asistenciales, de acuerdo a la documentación sustentatoria presentada por el órgano ejecutivo del Gobierno Regional, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia Regional de Desarrollo Social y Dirección Regional de Salud la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Ofi cial “El Peruano”, previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. ALDER RENGIFO TORRES Presidente del Consejo Regional de San Martín Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil quince. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. VICTOR M. NORIEGA REATEGUI Presidente Gobierno Regional 1230578-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza que aprueba celebración de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Ancón ORDENANZA Nº 310-2015-MDA Ancón, 26 de marzo del 2015 VISTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, el Pleno del Concejo por Mayoría ha dado lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR, la celebración de un Matrimonio Civil Comunitario, para el próximo 09 de mayo del 2015, contemplando como pago único de S/. 50.00 nuevos soles, exonerando del pago de los derechos señalados en el TUPA, en el marco de las celebraciones por el Día de la Madre. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaría General y a la Gerencia de Administración, el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como a la Secretaría General e Imagen Institucional, su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1230444-1 Ordenanza que ratifica el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2015 ORDENANZA Nº 311-2015-MDA Ancón, 30 de marzo del 2015 VISTO En Sesión Ordinaria de fecha 30 de Marzo del 2015, Ofi cio Nº 07-2015, de fecha 24 de marzo del 2015, de la Presidenta de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, Memorándum Nº 179-2015-GAJ/MDA, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley 27972; Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), norma que tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Como también desarrolla un concepto sistémico e integral de la seguridad ciudadana, concibiéndola como la acción que desarrolla el Estado con la colaboración de la ciudadanía, destinada a lograr la convivencia pacífi ca, la erradicación de la violencia, libre utilización de las vías y espacios públicos y contribuir a la prevención de delitos y faltas, con el apoyo de la comunidad organizada. Que, mediante Decreto Supremo Nº . 011-2014- IN de fecha 04 de Diciembre de 2014, se aprobó el reglamento de la Ley Nº . 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. En su artículo 36 los comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; son presididas por el Alcalde Distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo en la Secretaria Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente; Que, de igual modo según lo prescrito en el Artículo 30º inciso (e) y 47º del citado Reglamento, son funciones de la Secretaria Técnica, entre otras presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana al CODISEC al Concejo Municipal Distrital, para su ratifi cación mediante ordenanza; Que, mediante Acta de fecha 30 de enero del 2015, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana aprobó el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Ancón; Que, a mayor sustento, la Presidenta de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil en su Ofi cio Nº 07-2015, de fecha 24 de marzo del 2015, informa que el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Ancón, presentado por la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Ancón, cumple con los lineamientos establecidos en la Ley Nº . 27933 y su reglamento correspondiendo ser puesto a conocimiento del Concejo Municipal para los efectos legales respectivos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9º, numeral 8), artículo 40º y numerales 2) y 4) del artículo 157º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº . 27972, y con la dispensa de presentación de Dictamen, se Aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2015, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Ancón, según acta de fecha 30 de enero del 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº . 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable,