Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2015 (26/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

560012

NORMAS LEGALES
Donde:

Miércoles 26 de agosto de 2015 /

El Peruano

B. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE METAS DE GESTIÓN BASE POR PARTE DE EMUSAP S.R.L. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2015-2020 I.- DEFINICIONES Año: Es el periodo que comprende un año calendario computado a partir del inicio del primer ciclo de facturación posterior a la entrada en vigencia de la presente resolución. Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Gerencia de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones y las acciones de mejora en la gestión de la EPS, establecidos en el Estudio Tarifario. Valor Año Base (VAB): Es el valor de la meta de gestión, establecido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que indica la "situación inicial" en el Año 0. De ser el caso que la medición de alguna variable de cálculo de una meta de gestión sea imprecisa, la Gerencia de Regulación Tarifaria establecerá el año en que el VAB será determinado por parte de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización. Valor Meta (VM): Es el valor de la meta de gestión, establecido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la meta de gestión alcanzado por la EPS como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. Índice de Cumplimiento Individual (ICI): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento del Valor Meta de un determinado Indicador Meta y en un año El ICI de las Metas de gestión establecidas, serán determinados aplicando las siguientes ecuaciones: II.- ECUACIONES PARA LA EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE METAS El ICI a nivel de EPS de las metas de gestión establecidas al mismo nivel, serán determinados aplicando las siguientes ecuaciones: Para las Metas de Gestión "Incremento anual de conexiones domiciliarias de agua potable", "Incremento anual de conexiones domiciliarias de alcantarillado", "Incremento anual de nuevos medidores", "Reemplazo y reposición anual de medidores"

i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para efectos de la evaluación del cumplimiento de las metas de gestión señaladas, si el ICI resulta mayor al 100%, se considerará un cumplimiento individual de 100%. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio. de cada meta de gestión. Se expresa en porcentaje, de la siguiente manera:

Donde: N : es el número total de metas de gestión. i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. III.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN BASE Para efecto de las acciones de supervisión,

de cada año del quinquenio regulatorio EMUSAP S.R.L. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones con respecto a las metas de gestión: - El 85% del ICG - El 80% del ICI de todas las metas de gestión. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO Nº 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EMUSAP S.R.L. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2015-2020, Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE
1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado

Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. a : son los años hasta llegar a "i". Para las Meta de Gestión "Continuidad promedio en zonas con presión menos favorable", "Promedio de presiones menores a 10 m.c.a." y "Conexiones activas de agua potable"

Donde: To T1 T2 T3 T4 T5 : : : : : : Tarifa media que corresponde al año 0 Tarifa media que corresponde al año 1 Tarifa media que corresponde al año 2 Tarifa media que corresponde al año 3 Tarifa media que corresponde al año 4 Tarifa media que corresponde al año 5 Mayor

Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para la Meta de Gestión "Agua no facturada"

a) En el primer año regulatorio se aplicarán los siguientes incrementos tarifarios: 23% en agua potable y 23% en alcantarillado para cubrir los costos de inversión de los proyectos a ser financiados con recursos internamente generados vinculados principalmente al mejoramiento del lecho filtrante y sistema eléctrico de la planta de tratamiento de agua potable, equipamiento móvil para inspección del proyecto "Mejoramiento, ampliación

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