Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2015 (26/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 26 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

560013

y rehabilitación del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas servidas de la ciudad de Chachapoyas, provincia de Chachapoyas Amazonas" ­ SNIP 229654 y ejecución de proyectos de ampliación de cobertura. Adicionalmente, permitirán cubrir los costos de operación y mantenimiento de la EPS, así como los costos incrementales vinculados a la formulación del PAMA de la planta de tratamiento de agua potable, implementación del sistema de control interno, monitoreo de calidad de aguas residuales en usuarios no residenciales para implementación de los Valores Máximos Admisibles, formulación de Programa de Adecuación Sanitaria (PAS) y del Plan de Control de Calidad (PCC). b) En el segundo año regulatorio se aplicarán los siguientes incrementos tarifarios: 33.3% en agua potable y 21.5% en alcantarillado. El incremento en agua potable (33.3%) se descompone en dos incrementos de 21.5% y 11.8%; el primero permite cubrir las inversiones y costos de los servicios de saneamiento, mientras que el segundo permite cubrir los costos económicos de la retribución por servicios ecosistémicos. Los incrementos referidos en el párrafo anterior de 21.5% en agua potable y 21.5% en alcantarillado, tienen la finalidad de complementar el financiamiento de los aspectos mencionados en el acápite a) y cubrir: i) la gestión de riesgos de desastres y adaptación al cambio climático, y ii) adquisición e instalación de macromedidores; iii) adquisición de manómetros con data logger y construcción de cámara de monitoreo de las presiones y continuidad en la red de distribución de agua potable. Asimismo, permitirán cubrir los costos incrementales asociados a la seguridad y vigilancia de la planta de tratamiento de agua potable, contratación de tres (3) operarios para mejorar la operación de los sistemas e instalación, reemplazo y reposición de micromedidores. Por otra parte, el incremento de 11.8% en agua potable por retribución por servicios ecosistémicos, tiene ambiental y manejo de cuencas del Área de Conservación Privada Tilacancha (ACP Tilacancha) de acuerdo al literal c del artículo III de la Ley Nº 30045 y el numeral 5.3.1. del artículo 5 de su reglamento (aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA). c) En el cuarto año regulatorio se aplicarán los siguientes incrementos tarifarios: 5% en agua potable y 5% en alcantarillado serán destinados principalmente a culminar la construcción de la sede de EMUSAP S.R.L. y adquirir licencias de los softwares. B. INCREMENTOS TARIFARIOS CONDICIONADOS La aplicación de los incrementos tarifarios condicionados está sujeta a la entrada en operación de los componentes del proyecto "Mejoramiento, ampliación y rehabilitación del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas servidas de la ciudad de Chachapoyas, provincia de Chachapoyas recursos de terceros no reembolsables (donaciones). Dichos incrementos permitirán cubrir los costos de operación y mantenimiento de los componentes del referido proyecto. Cabe precisar que la magnitud de los incrementos aprobados en el presente literal es referencial, y éstos son adicionales a los incrementos previstos en el literal A del presente anexo. La SUNASS establecerá el incremento tarifario condicionado que corresponderá aplicar cuando se cumplan las condiciones previstas en el numeral II del literal C de este anexo.
Concepto Agua Potable Alcantarillado

C. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS I. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE cumplimiento de las metas de gestión base previstas autoriza a EMUSAP S.R.L. a aplicar los incrementos tarifarios base considerados en la fórmula tarifaria. El incremento tarifario base en agua potable establecido para el año 2 (33.3%) se descompone en dos incrementos de 21.5% y 11.8%; el primero permite cubrir las inversiones y costos de los servicios de saneamiento, mientras que el segundo permite cubrir los costos económicos de la retribución por servicios ecosistémicos. Los incrementos tarifarios base establecidos en los años 2 (21.5% en agua potable y 21.5% en alcantarillado) y 4 (5% en agua potable y 5% en alcantarillado), se aplicarán en forma proporcional a los porcentajes del ICG obtenidos al término del primer y tercer años regulatorios, respectivamente. La EPS podrá acceder al saldo de los referidos incrementos tarifarios en los siguientes años del quinquenio regulatorio, en forma proporcional al ICG obtenido en cada año. El incremento tarifario base del segundo año regulatorio de 11.8% por retribución por servicios ecosistémicos en agua potable se aplicará una vez que EMUSAP S.R.L. presente a la SUNASS: a) Las cartas de entendimiento, conforme lo establecido en el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 118-2010-MINAM. del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) que contribuyan a conservar y recuperar el ACP Tilacancha para la mejora de la cantidad y/o calidad de las fuentes ser desarrollados sobre la base del plan de inversiones y actividades por servicios ecosistémicos a cargo de la EPS considerados de manera referencial en el estudio tarifario. En caso no cumpla con las condiciones antes señaladas, podrá acceder al incremento tarifario en los siguientes años del quinquenio regulatorio, una vez que cumpla de manera conjunta dichas condiciones. II. INCREMENTOS TARIFARIOS CONDICIONADOS Los incrementos tarifarios condicionados se

operación de los siguientes componentes del proyecto "Mejoramiento, ampliación y rehabilitación del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas servidas de la ciudad de Chachapoyas, provincia de Chachapoyas - Amazonas", con código SNIP 229654: 1. Renovación de la línea de conducción para la captación Tilacancha. 2. Renovación de la línea de conducción para el sistema de captaciones Ashpachaca. 3. Construcción de sedimentador. 4. Construcción de nueva planta de tratamiento de agua potable de 125 l/s como capacidad de diseño. 5. Construcción de tres (3) reservorios apoyados de 1,000; 300 y 100 m3. 6. Mejoramiento de 45,9 km de red de distribución de agua potable. 7. Instalación de 3,911 conexiones domiciliarias. 8. Rehabilitación de 32,1 km de colectores y construcción de 664 buzones. 9. Instalación de 2,526 conexiones domiciliarias de alcantarillado. 10. Construcción de dos (2) plantas de tratamiento de aguas residuales con capacidad de diseño total de 61.31 l/s. En el caso que la puesta en operación del proyecto integral se realice por componentes, el incremento tarifario condicionado se otorgará de manera proporcional a los costos de operación y mantenimiento de cada componente; según la evaluación que realice la SUNASS.

Proyecto "Mejoramiento, ampliación y rehabilitación del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas 8.1% servidas de la ciudad de Chachapoyas, provincia de Chachapoyas - Amazonas", con código SNIP 229654

51.6%

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