Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2015 (10/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de diciembre de 2015 /

El Peruano

EDUCACION
Designan Directora de la Dirección de Educación Primaria de la Dirección General de Educación Básica Regular
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 561-2015-MINEDU Lima, 9 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 443-2015-MINEDU se encargó las funciones de Director de la Dirección de Educación Primaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, a la señora BETTY VERONICA CAFFO SUAREZ, Especialista de la referida Dirección, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo; Que, se ha visto por conveniente designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Directora de la Dirección de Educación Primaria, siendo necesario dejar sin efecto el referido encargo funciones; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora BETTY VERONICA CAFFO SUAREZ en el cargo de Directora de la Dirección de Educación Primaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica; dejándose sin efecto la encargatura de funciones conferida por la Resolución Ministerial Nº 443-2015-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1321218-1

Que, el numeral 5.3 de la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación", aprobada mediante Resolución Ministerial N° 520-2013-ED, establece que las normas técnicas describen de manera detallada la ejecución de un proceso, actividad u otras disposiciones de similar naturaleza, que permitan cumplir un fin específico, en el marco de los objetivos del Sector Educación; Que, mediante Informe N° 028-2015-MINEDU/ VMGI-DIGC-DIGE, la Dirección de Gestión Escolar, dependiente de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para la Aprobación de los Viajes de Estudios, Visitas Culturales, Jornadas y Paseos de Integración, Participación en Eventos Deportivos y Culturales, y Otras Actividades Escolares", la misma que tiene como objetivos cautelar la integridad física, psicológica y moral de los estudiantes, así como promover su desarrollo integral y la mejora de sus aprendizajes a través de su participación en las referidas actividades; Que, el literal k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que es función del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional aprobar actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Ministerial N° 520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación"; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la Norma Técnica denominada "Normas para la Aprobación de los Viajes de Estudios, Visitas Culturales, Jornadas y Paseos de Integración, Participación en Eventos Deportivos y Culturales, y Otras Actividades Escolares", la misma que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www. minedu.gob.pe/), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO SILVA MACHER Viceministro de Gestión Institucional 1321255-1

Aprueban la Norma Técnica denominada "Normas para la Aprobación de los Viajes de Estudios, Visitas Culturales, Jornadas y Paseos de Integración, Participación en Eventos Deportivos y Culturales, y Otras Actividades Escolares"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 086-2015-MINEDU Lima, 9 de diciembre de 2015 Vistos, el expediente Nº 0091771-2015, el Informe N° 028-2015-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE de la Dirección de Gestión Escolar y el Informe Nº 921-2015-MINEDU/SGOGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal b) del artículo 5 del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, establece como atribución del Ministerio de Educación, entre otras, formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, cultura, deporte y recreación; Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir, y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

ENERGIA Y MINAS
Autorizan transferencia financiera a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A., para la ejecución de diversos proyectos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 537-2015-MEM/DM Lima, 7 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, el artículo 3 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, modificado por el Decreto Legislativo N° 1207, dispone que los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) son aquellos sistemas eléctricos de transmisión y distribución

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