TEXTO PAGINA: 73
NORMAS LEGALES Domingo 27 de diciembre de 2015 El Peruano / 570023 Término Defi nición Bases Es el documento que establece los términos para el desarrollo de la Licitación Pública Especial, concurso de proyectos integrales o el mecanismo competitivo. Capacidad Presu- puestal Es la viabilidad presupuestal de la entidad respons- able del cofi nanciamiento a cargo del Estado. La vi- abilidad presupuestal está referida en el corto plazo y largo plazo. En el caso de cofi nanciamiento con recur- sos del endeudamiento público o de otorgamiento o contratación de garantías fi nancieras, dicha viabilidad se sujeta a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, o norma que lo modifi que o sustituya. Compromisos contin- gentes Son las potenciales obligaciones de pago del Estado a fa- vor de su contraparte contractual estipuladas en el contrato de Asociación Público Privada que se derivan por la ocur- rencia de uno o más eventos correspondientes a riesgos propios del proyecto de Asociación Público Privada. Compromisos fi rmes Son las obligaciones de pago del Estado de importes específi cos o cuantifi cables a favor de su contraparte contractual, correspondiente a una contraprestación por la realización de los actos previstos en el contrato de Asociación Público Privada. Concesión Es el acto administrativo por el cual los Ministerios, Gobierno Regional o Gobierno Local otorgan a un inversionista la ejecución y explotación de infraestruc- tura pública o la prestación de servicios públicos, por un plazo determinado, cuyos derechos y obligaciones están regulados en el respectivo contrato. Concurso de proyec- tos integrales Es el mecanismo competitivo que procede cuando el Organismo Promotor de la Inversión Privada no cuen- ta con los estudios a nivel defi nitivo para la ejecución de la obra o la explotación del servicio. En este caso, las propuestas que presenten los postores contendrán las condiciones contractuales, técnicas económicas y fi nancieras de la obra que se pretende ejecutar o el servicio que se pretende explotar. Costo total de In- versión Es el valor presente de los fl ujos de inversión esti- mados en la identifi cación del proyecto o en el último estudio de preinversión, según corresponda. El Costo Total de Inversión no incluye los costos de operación y mantenimiento. La tasa de descuento a ser utilizada para el cálculo del valor presente será aquella que la entidad defi na en función al riesgo del proyecto, la misma que deberá contar con el sustento respectivo. Costo total del Proyec- to Es el Costo Total de Inversión más los costos estima- dos de operación y mantenimiento de un proyecto o de un conjunto de proyectos con características sim- ilares, expresados en valor presente, de los primeros diez (10) años del proyecto o de su vida útil, el que resulte menor. La tasa de descuento a ser utilizada para el cálculo del valor presente será aquella que la entidad defi na en función al riesgo del proyecto, la misma que deberá contar con el sustento respectivo. Factor de Competen- cia Es la variable o conjunto de variables por las cuales se comparan las ofertas económicas presentadas por los postores en la etapa de concurso y que permite determinar al adjudicatario del Proyecto Formulación Comprende el diseño de proyecto y/o evaluación del mismo a cargo del Ministerio, Gobierno Regional o Gobierno Local, o PROINVERSION en el marco de sus competencia, conforme a lo dispuesto en el literal b) del numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley. Inversionista Es la persona jurídica que como resultado de participar en el proceso de promoción como proponente o postor, resulta adjudicatario de la buena pro y suscribe el Con- trato de Asociación Público Privada o Proyecto en Activos con el Ministerio, Gobierno Regional o Gobierno Local. Licitación Pública Es- pecial Es el mecanismo competitivo que procede cuando el Organismo Promotor de la Inversión Privada determi- na previamente el servicio público y/u obra a ejecutar y cuenta con los estudios y proyectos requeridos. Niveles de servicio Son aquellos indicadores mínimos de calidad de servi- cio que el Inversionista debe lograr y mantener durante la operación, de acuerdo a lo establecido en el contrato. Término Defi nición Proyecto de Inversión Pública Proyectos de Inversión Pública declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública Proyectos en activos Son los proyectos de inversión mediante los cuales el Estado promueve la inversión privada en activos de su titularidad bajo la disposición de estos, lo cual in- cluye la transferencia total o parcial, incluso mediante la permuta de los bienes inmuebles, y bajo contratos de cesión en uso, arrendamiento, usufructo, superfi cie u otras modalidades permitidas por ley. Plan de Promoción Es el documento aprobado por el Organismo Promotor de la Inversión Privada que contiene las característi- cas básicas del proyecto de inversión. Registro de compro- misos Se refi ere a la formalización del devengado (recono- cimiento de una obligación de pago que se registra sobre la base del compromiso previamente formaliza- do) a través del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF – SP). Registro Nacional de Contratos de Aso- ciaciones Público Privadas Es el registro administrativo a cargo de la Dirección Gen- eral de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, que incorpora los contratos de Asociaciones Público Privadas y los docu- mentos previstos en la normativa vigente, que tiene como fi n compilar la información de los proyectos de inversión de titularidad de los Ministerios, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales desarrollados mediante el mecanis- mo de Asociaciones Público Privadas. La incorporación de los contratos y/o cualquier información en el registro, no otorga validez ni efi cacia sobre dichos documentos. UIT Unidad Impositiva Tributaria Unidad Formuladora Es la Unidad Formuladora en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. 1327567-5 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aceptan renuncia de Asesor II del Despacho Viceministerial de Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 268-2015-TR Lima, 26 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 261-2015-TR se designa al señor Edgard Cornelio Reymundo Mercado, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que cabe emitir la resolución ministerial mediante la cual se acepte la misma; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor EDGARD CORNELIO REYMUNDO MERCADO, al cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1327566-1