Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2015 (30/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES ORGANISMOS EJECUTORES

Miércoles 30 de diciembre de 2015 /

El Peruano

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Modifican el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, en lo relativo a la venta de productos y otros
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL N° 178-2015-BNP Lima, 18 de diciembre de 2015 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, VISTOS, el Informe N° 171-2015-BNP/OIIEC, de fecha 11 de diciembre de 2015, emitido por la Dirección General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural; el Memorando N°.1516-2015-BNP/OA, de fecha 16 de diciembre de 2015, emitido por la Dirección General de la Oficina de Administración; y el Informe Nº 349-2015-BNP-OAL, de fecha 18 de diciembre de 2015, emitido por la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal; sobre la propuesta de baja de precios de productos de la Biblioteca Nacional del Perú y modificación del Tarifario de Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional de Perú, y; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Ejecutor conforme a lo establecido en el anexo del Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, por el cual se aprobó la calificación de Organismos Públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Ejecutor que se encuentra adscrito al Ministerio de Cultura, en concordancia con el artículo 11º de la Ley N° 29565 "Ley de Creación del Ministerio de Cultura" y con lo dispuesto por el inciso a) del Artículo Único de la Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC "Decreto Supremo que aprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura"; Que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Perú tiene autonomía técnica, administrativa y económica que la facultan a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el último párrafo del artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que "(...) para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento"; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 088-2001PCM, señala las características que se deberán observar a efectos de emitir la referida Resolución, al respecto, "El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; La Resolución a que se refiere el párrafo precedente deberá ser publicada en la misma oportunidad en que se publica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Entidad correspondiente. Toda modificación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano";

Que, mediante Resolución Directoral Nacional N°1272015-BNP, de fecha 02 de octubre de 2015, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca que aprueba el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la BNP; Que, el Director General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural, a través del Informe N° 171-2015-BNP/OIIEC, de fecha 11 de diciembre de 2015, solicitó a la Dirección Nacional reducir los precios de los productos de la Biblioteca Nacional del Perú sobre la base de que el precio de venta propuesto no es menor al costo de adquisición más sus costos administrativos por lo que concluye que la Biblioteca Nacional del Perú no se perjudicará económicamente en reducir dichos precios hasta el costo total incurrido en la elaboración del producto; Que, la Directora General de la Oficina de Administración, por medio del Memorándum N° 15162015-BNP/OA, de fecha 16 de diciembre de 2015 remitió el Informe N°405-2015/BNP-OA-ATES de fecha 15 de diciembre de 2015 del Área de Tesorería en el cual se plantea una reducción de los precios de los productos del Stand de la BNP, en virtud de la adecuación de los niveles de precios del mercado, a fin de que se encuentren accesibles a la mayoría del público usuario y de este modo difundir el Patrimonio Bibliográfico y Cultural contenidos en las imágenes de los diseños aplicados en los productos, opinando favorablemente por la propuesta relativa al porcentaje diferencial; Que, en el informe del Área de Tesorería citado, entre otros, se indica que los precios aprobados mediante la Resolución Directoral Nacional N°127-2015-BNP de fecha 02 de octubre de 2015 en el marco de la Junta de Gobernadores 2015, "siendo el caso que los precios establecidos y vigentes actualmente pueden ser reajustados siempre y cuando no se sobrepasen los costos de adquisición más los costos adicionales incurridos para la distribución"; Que, mediante Informe N° 349-2015-BNP-OAL, de fecha 18 de diciembre de 2015, la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal, considerando lo solicitado por la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural y lo recomendado por el Área de Tesorería de la Dirección General de la Oficina de Administración, opina favorablemente a la reducción de los precios de los productos BNP y modificación del Tarifario aprobado por la Resolución Directoral Nacional N°127-2015BNP de fecha 02 de octubre de 2015, recomendando, conforme a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General, la modificación del tarifario a través de la emisión de una nueva Resolución Directoral Nacional, en cuyo texto se deberá indicar la descripción precisa de los productos BNP objeto de venta, asimismo, el precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Con el visado de la Dirección General de la Oficina de Administración; de la Dirección General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural; y de la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante Resolución Directoral Nacional N°127-2015-BNP de fecha 02 de octubre de 2015, en lo relativo a la venta de productos y otros, según se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página Web Institucional: (http://www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional 1328631-1

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