Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2015 (30/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Miércoles 30 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

571305

· Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. · Decreto Supremo N° 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias. 5. MEDIDAS EN MATERIA DE PERSONAL 5.1 Si durante el año fiscal 2016 la SUNASS contara con mayores recursos a los establecidos en la Ley de Presupuesto, provenientes de Recursos Directamente Recaudados o Recursos Ordinarios, podrá solicitar el incremento del número de cargos y de plazas. 5.2 La contratación de personal bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, será aprobada por la Gerencia General previa presentación de la solicitud sustentada del área usuaria y la certificación presupuestal correspondiente, no siendo de aplicación lo establecido en el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley de Presupuesto. 6. MEDIDAS EN MATERIA DE MODIFICACIONES PRESUPUESTALES 6.1 A nivel de pliego, la Partida de Gasto 2.1.1 "Retribuciones y Complementos en Efectivo" podrá habilitar a otras partidas de gasto y ser habilitada. 6.2 A nivel de pliego, las Específicas del Gasto 2.3.2 8.1 1 "Contrato Administrativo de Servicios" y 2.3.2 8.1 2 "Contribuciones a EsSalud de C.A.S" pueden habilitar a otras partidas (genéricas o específicas) del gasto del presupuesto institucional y ser habilitadas. 6.3 A nivel de pliego, las Partidas de Gasto 2.3.1.6 (repuestos y accesorios) 2.3.1.11 (suministros para mantenimiento y reparaciones) y 2.3.2.4 (servicios de mantenimiento, acondicionamiento y reparaciones), pueden habilitar a otras partidas (genéricas o especificas) del gasto de presupuesto institucional y ser habilitadas. 6.4 A nivel de pliego, las Partidas de Gasto 2.3.2.2.1 (servicios de energía eléctrica, agua y gas) y 2.3.2.2.2 (servicios de telefonía e internet), pueden habilitar a otras partidas (genéricas o especificas) del gasto del presupuesto institucional y ser habilitadas. Para la aplicación de los casos indicados en los numerales anteriores, se requerirá la aprobación del titular de la entidad o de quien éste delegue. 6.5 Los recursos financieros que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal 2015 constituyen saldos de balance y son registrados financieramente cuando se determine su cuantía. A partir del primer día hábil del mes de febrero 2016, la SUNASS podrá solicitar al Ministerio de Economía y finanzas su opinión favorable a fin de incorporar dichos saldos a su respectivo presupuesto. Esta incorporación se realizará mediante resolución del titular de la entidad. 7. MEDIDAS EN MATERIA DE BIENES Y SERVICIOS 7.1 Servicio telefónico La restricción de gasto a que se refiere el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley de Presupuesto, no será aplicable al Presidente del Consejo Directivo, Gerente General ni para el ejercicio de las funciones de regulación, supervisión y fiscalización de la SUNASS. 7.2 Adquisición de vehículos La entidad podrá adquirir vehículos automotores para el cumplimiento de sus funciones de regulación, supervisión y fiscalización, solución de reclamos, atención y orientación al usuario. 7.3 Viajes En el caso de los viajes al exterior de funcionarios, directivos y servidores de la SUNASS con cargo a recursos públicos, distintos a los señalados en los literales del a) al g) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley de Presupuesto, se autorizarán de conformidad con el penúltimo párrafo del citado numeral y la normativa de la materia. 8. DISPOSICIONES FINALES 1.1 La Gerencia de Administración y Finanzas velará por el cumplimiento de la presente directiva.

1.2 En lo no previsto por esta directiva será de aplicación la Ley de Presupuesto, siempre que no contradiga lo dispuesto en la presente norma. Magdalena del Mar, 24 de diciembre de 2015 1327966-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Formalizan asignaciones de Gerentes Públicos en el SENAMHI, Gobierno Regional de Lima y en el Poder Judicial
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 321-2015-SERVIR-PE Lima, 30 de noviembre de 2015 VISTO, el Informe N° 317-2015-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 201° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 y modificatorias, dispone que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12° del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 149-2015-SERVIR-PE de fecha 12 de mayo de 2015, el señor Edward Christofer Ascencio Villanueva fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos, siendo el nombre correcto "Edward Christoferson Ascencio Villanueva"; Que, la Presidenta Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, mediante Oficio Nº 0072 SENAMHI-PREJ/2015, solicitó la asignación de un Gerente Público para ocupar el cargo de Director de la Oficina de Personal (sic) de la Entidad a su cargo; Que, el Consejo Directivo en su sesión N° 0332015 aprobó la asignación del Gerente Público Edward Christoferson Ascencio Villanueva al cargo de Director de Personal de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, dicho cargo de destino fue formalizado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 076-2015-SERVIR-PE; Que, conforme al Memorándum Nº 002-2015-SERVIR/ GG-OPP la asignación señalada en el párrafo anterior cuenta con disponibilidad presupuestal; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1024, el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM y modificatoria; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.