Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2015 (30/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Miércoles 30 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES
Gráfico Nº 2
Millones US$ 16 14 12 10 8 6 4 2 0 0% 1% Sobrecosto 2% Costo ENS 3% 4% Costo Total
1.94%

571299

forzadas de unidades de generación, por fallas propias o de las instalaciones de transmisión que las conectan al SEIN, de los últimos 36 meses. Se identificó los bloques de demanda del SEIN que se conectan en forma intempestiva, determinándose que el efecto de la conexión de estos bloques no impacta en el cálculo del costo de la ENS c) Con la información de las tasa de falla y la obtenida de los análisis eléctricos se estimó el costo de la ENS para cada una de las unidades de generación, la cual se obtiene del producto de la tasa de fallas y el tiempo de restablecimiento del suministro interrumpido, la magnitud del suministro interrumpido y el costo de la ENS (6000 US $/MWh). Tabla 4. Costo de la ENS del SEIN
Avenida 2016 Estiaje 2016

Reserva optima - Estiaje

5% % Reserva

2.3 Cálculo de la Reserva Rotante para la RPF De acuerdo al numeral 2.4 del Anexo Nº 1 del PR-21, para determinar la reserva rotante que se asignará a la RPF, corresponde al punto donde se minimiza la suma de las siguientes componentes: - Los costos operativos adicionales por mantener la reserva rotante destinada a la RPF; - El costo de la ENS por fallas aleatorias de generadores y equipos de la red que impliquen desconexiones de generación; - El costo de la ENS por la conexión intempestiva de grandes bloques de demanda. Para la asignación de reserva de las centrales de generación que están obligadas a brindar el regulación primaria de frecuencia, se debe descontar la potencia promedio aportada por las centrales exceptuadas de esta obligación (considerando 3 bloques horarios de demanda). - Para el periodo de avenida Demanda estimada del Sistema 2016 (MW) Reserva Punta 6508 Reserva Media 6481 Reserva Punta 4883 Promedio Ponderado Periodo de Reserva Potencia no considerada en la asignación (MW) 274 361 219

Costo ENS Reserva % 0% 1% 2% 3% 4% 5%
milllones US$

Costo ENS Reserva % 0% 1% 2% 3% 4% 5%
milllones US$

18.40 10.93 4.76 1.27 0.31 0

15.39 6.35 4.10 1.02 0.26 0

El costo total para la evaluación de la reserva óptima en las 2 condiciones hidrológicas se muestra en la tabla siguiente: Tabla 5. Costo total
Avenida 2016 Estiaje 2016

Sobre Costo Costo ENS Reserva % 0% 1% 2% 3% 4% 5%
milllones US$ milllones US$

Costo Total
milllones US$

Sobre Costo Costo ENS Reserva % 0% 1% 2% 3% 4% 5%
milllones US$ milllones US$

Costo Total
milllones US$

0 2.22 4.15 6.99 9.59 12.31

18.40 10.93 4.76 1.27 0.31 0

18.40 13.15 8.91 8.26 9.90 12.31

0 1.39 5.78 7.83 9.88 11.59

15.39 6.35 4.10 1.02 0.26 0

15.39 7.74 9.88 8.85 10.14 11.59

Porcentaje de reserva a asignar 3.07 3.11 3.08 3.09

Los porcentajes de reserva para cada periodo estacional se obtienen aplicando lo estipulado en el numeral 2.6 del Anexo 1 del PR-21, el cual estipula: "Con cada uno de los costos hallados en los numerales 2.1 y 2.2 se graficara la curva de costos versus reserva en porcentaje y en el se graficara también el costo total. Luego, se ubicara el valor porcentual de la reserva que signifique el menor costo, según se puede apreciar en la Figura A.1 Este porcentaje referido a la demanda, será corregido para lo cual se deberá de descontar la generación que de acuerdo a la NTCOTR esta exonerada de realizar RPF". En los Gráficos Nª 1 y 2 se muestra los valores de porcentaje de margen de reserva.
Gráfico Nº 1
Millones US $ 20 18 16 14 12 10 8 6 4 2 0 0%

El valor redondeado a asignar como reserva en este periodo estacional seria 3.1%. - Para el periodo de estiaje
Periodo de Reserva Demanda estimada del Sistema 2016 (MW) 6438 6317 4683 Potencia no considerada en la asignación (MW) 274 361 219 Porcentaje de reserva a asignar 2.03 2.06 2.04 2.046

Reserva Punta Reserva Media Reserva Punta Promedio Ponderado

Reserva optima - Avenida

2.93%

El valor redondeado a asignar como reserva en este periodo estacional seria 2.0% El numeral 1.9 del Anexo 1 del PR-21 el cual establece que si se observa una diferencia mayor al 15% en la magnitud de la reserva rotante para la RPF de los resultados obtenidos para los periodos estacionales de avenida y estiaje, se podrá establecer magnitudes de reserva rotante para la RPF diferenciados para dichos periodos Por lo tanto, la magnitud de Reserva Rotante para Regulación Primaria de Frecuencia del año 2016, será la siguiente: Periodo Avenida Del 01/01/2016 al 31/05/2016 y del 01/12/01 al 31/12/2016 Estiaje Del 01/06/2015 al 30/11/2016 Magnitud Reserva Rotante para la RPF (%) 3.1% 2.00%

1% Sobrecosto

2% Costo ENS

3%

4% C. Total

5% % Reserva

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