Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2015 (30/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de diciembre de 2015 /

El Peruano

3. CONCLUSIONES Como resultado de la revisión de los análisis del Informe del COES se concluye lo siguiente: - Para el año 2016 en aplicación del PR-21, se ha determinado que el porcentaje de la magnitud de reserva para la RPF, tiene valores diferenciados para avenida (3.1%) y estiaje (2.0%). - Los porcentajes antes señalados toman en cuenta la capacidad de generación exonerada de brindar el servicio de RPF, en concordancia con lo estipulado en la NTCOTR. Roberto Carlos Tamayo Pereyra Jefe de la Unidad de Generación del SEIN AOC 1328685-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Aprueban Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público del OSITRAN para el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 072-2015-PD-OSITRAN PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Lima, 28 de diciembre de 2015 VISTOS: Los Memorandos N° 1397-15-GA-OSITRAN y N° 1414-15-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración, el Memorando N° 333-15-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Nota N° 252-15-GAJOSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Nota N° 085-15-GG-OSITRAN de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público OSITRAN, como organismo público encargado de normar, regular, supervisar, fiscalizar y resolver controversias respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público; Que, el literal e) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza a los Organismos Reguladores a aprobar disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público, las cuales deben ser aprobadas mediante resolución de su titular y publicadas en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2015; asimismo, establece que en materia de ingresos del personal se sujeta a lo dispuesto en la Ley N° 30372, y, en lo que corresponda, a la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus Reglamentos, aprobados en el marco de la Décima Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley; Que, mediante Memorando N° 1397-15-GA-OSITRAN del 07 de diciembre de 2015, la Gerencia de Administración, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, propuso Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público en el OSITRAN para el Año Fiscal 2016, orientadas a la gestión eficiente y optimización en el uso de los recursos de la Entidad para el período de ejecución del presupuesto institucional del referido año fiscal; Que, a través del Memorando N° 333-15-GPPOSITRAN del 10 de diciembre de 2015, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable a la propuesta normativa presentada por la Gerencia de Administración y recomendó su remisión a la Gerencia de Asesoría Jurídica;

Que, mediante Memorando N° 1414-15-GA-OSITRAN del 11 de diciembre de 2015, la Gerencia de Administración remitió a la Gerencia de Asesoría Jurídica el proyecto de medidas de austeridad para el año 2016; Que, a través de la Nota N° 252-15-GAJ-OSITRAN del 16 de diciembre de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica opinó que la propuesta normativa se ajusta a lo dispuesto por la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, por lo que remitió el proyecto de Resolución de Presidencia debidamente visado; Que, mediante Nota N° 085-15-GG-OSITRAN del 18 de diciembre de 2015, la Gerencia General expresó que el proyecto de Resolución cuenta con su conformidad y lo remitió visado para suscripción de la Presidencia del Consejo Directivo; Que, resulta necesario emitir Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público en el OSITRAN para el Año Fiscal 2016, en el marco de la normativa de la materia; Que, el numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, establece que el Presidente del Consejo Directivo ejerce funciones ejecutivas de dirección del Organismo Regulador y es el titular de la entidad correspondiente; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM, la Presidencia del Consejo Directivo es la máxima autoridad ejecutiva y titular del OSITRAN, correspondiéndole ejercer la competencia y facultades atribuidas al Titular de la Entidad en la normativa de Presupuesto Público; De conformidad con lo señalado en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público del OSITRAN para el Año Fiscal 2016, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolución y las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público del OSITRAN para el Año Fiscal 2016, así como en el Portal Institucional (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BENAVENTE DONAYRE Presidente del Consejo Directivo MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO DEL OSITRAN PARA EL AÑO FISCAL 2016 I. OBJETO Establecer disposiciones de austeridad, disciplina y calidad del gasto público en el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, orientadas a la gestión eficiente y optimización en el uso de los recursos de la Entidad para la ejecución presupuestal del Año Fiscal 2016, en el marco de las facultades establecidas por la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. II. ALCANCE Las disposiciones contenidas en las presentes Medidas son de observancia obligatoria para todos los órganos y personal del OSITRAN bajo cualquier modalidad laboral. III. BASE LEGAL 3.1. Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016.

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