Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2015 (09/01/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

544250
Que, en tal sentido, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Octogesima MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 30281, resulta pertinente emitir el acto por el que se apruebe la transferencia financiera por la suma de Cinco Millones Ciento Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5'142,000.00) a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.; Con la visacion de la Secretaria General, de la Oficina General de Asesoria Juridica, Oficina General de Planificacion y Presupuesto, Oficina General de Administracion y de la Direccion de Rehabilitacion del INDECI; De conformidad con Ley Nº 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, Ley Nº 30114, Ley Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Ley Nº 30281, Ley Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 y en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transferencia Financiera Aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil, hasta por la suma de Cinco Millones Ciento Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5'142,000.00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., con el fin de cancelar los adeudos por concepto de "Bono 6000". Articulo 2º.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada mediante el articulo 1 de la presente Resolucion Jefatural se atendera con cargo a los saldos de los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2014, Programa Presupuestal 0068: "Programa de Reduccion de la Vulnerabilidad y Atencion de Emergencias por Desastres" del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el articulo 1 del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como la publicacion en la pagina web e intranet del INDECI (www.indeci.gob.pe).

El Peruano Viernes 9 de enero de 2015

Articulo 5º.- Registro y documentacion Disponer que la Secretaria General registre la presente Resolucion en el Archivo General Institucional, remita MORDAZA autenticada por fedatario al Gerente General del FONDO MIVIVIENDA; y, a la Oficina General de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones, para conocimiento y fines correspondientes. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA E. MURGUEYTIO MORDAZA General de Division (R) Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 1185023-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueba el "Procedimiento de Fiscalizacion del Aporte por Regulacion creado a favor de Osinergmin, aplicable a los Sectores Energetico y Minero", asi como los nuevos formularios para la declaracion y pago del Aporte por Regulacion
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 264-2014-OS/CD MORDAZA, 15 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos, en su articulo 10º establecio a favor de los organismos

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

4.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.