Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2015 (29/01/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Jueves 29 de enero de 2015

545745
Que, en el MORDAZA de los literales a) y b) del articulo 7 de la Ley Nº 28708, se emitio la Resolucion Directoral N° 0102014-EF/51.01 por la cual se aprobo la Directiva Nº 0052014-EF/51.01, denominada "Preparacion y MORDAZA de Informacion Financiera y Presupuestaria Trimestral y Semestral, por las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad Gubernamental", estableciendose en su numeral 9 que el titular de la entidad tiene responsabilidad administrativa y la obligacion de cumplir con la MORDAZA de la informacion contable trimestral y semestral a la Direccion General de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la Direccion General de Contabilidad del Ministerio de Economia y Finanzas emitio la Resolucion Directoral Nº 012-2014-EF/51.01 por la cual se aprobo la Directiva Nº 007-2014-EF/51.01, denominada "Cierre Contable y MORDAZA de Informacion para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica por las Entidades Gubernamentales del Estado", estableciendose en los literales a) y b) de su numeral 10 que el titular, como responsable administrativo, se encuentra obligado a cumplir con la MORDAZA de la informacion contable a la Direccion General de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas, informacion que incluye los estados financieros y presupuestarios; Que, en el MORDAZA de la Decima Octava Disposicion Final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, mediante Resolucion Ministerial Nº 059-2010-EF-93 se aprobo el "Reglamento para la MORDAZA de Informacion sobre saldos de fondos publicos", el cual establece en su articulo 7 que el titular del pliego tiene la responsabilidad de cumplir con informar MORDAZA del 30 de enero de cada ano fiscal, a la Direccion General de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas los saldos de fondos publicos existentes en todas las cuentas bancarias u otros instrumentos de colocacion de fondos, que mantenga la entidad en cualquier institucion del sistema financiero y no financiero, correspondiente al ano fiscal anterior, senalando la fuente de financiamiento y la entidad depositaria correspondiente; Que, en ese contexto, el articulo 9 de la Ley N° 29357 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores dispone, entre otros aspectos, que el Ministro ejerce la titularidad del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, pudiendo desconcentrar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion. Asimismo, el literal u) del articulo 7 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, establece que el Ministro de Relaciones Exteriores puede delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion de Ministro de Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, de conformidad con el articulo 11 de la referida Ley Nº 29357 y con el articulo 10 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Secretario General es la mas alta autoridad administrativa del Ministerio, por lo que resulta procedente delegar en el, las facultades en materia presupuestaria y financiera a que se refiere la presente resolucion, a la luz de la normativa legal anteriormente citada; Que, con los visados de la Secretaria General, de la Oficina General de Administracion, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asuntos Legales; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 28708 ­ Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; las Directivas Nº 0052014-EF/51.01 y Nº 007-2014-EF/51.01, la Resolucion Ministerial Nº 059-2010-EF-93; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1352010-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De las delegaciones Delegar en el Secretario General, las siguientes

Con los visados de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asuntos Legales; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 1352010-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De las delegaciones Delegar en el Secretario General, las siguientes facultades en materia presupuestaria, correspondientes al Pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores: 1.1.- Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico hasta el cierre del ano fiscal 2015. 1.2.- Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio y sus respectivas modificatorias. 1.3.- Aprobar la evaluacion semestral y anual del Plan Operativo Institucional y del Presupuesto Institucional. 1.4.- Aprobar directivas internas, circulares y/o manuales, asi como todo documento de caracter normativo en materia presupuestal, que permita la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento, pudiendo dictar medidas complementarias que resulten necesarias. 1.5.- Aprobar los reportes de la Programacion Multianual del Presupuesto. 1.6.- Aprobar los reportes de la Formulacion del Presupuesto Institucional. 1.7.- Suscribir formatos, fichas y documentacion que tenga incidencia presupuestaria. Articulo 2º.- Del plazo de las delegaciones Las delegaciones otorgadas mediante la presente resolucion tendran vigencia durante el ano 2015. Articulo 3º.- De las actuaciones realizadas El funcionario a quien se le delega las facultades indicadas en la presente resolucion, esta obligado a dar cuenta al Ministro de Relaciones Exteriores, respecto de las actuaciones realizadas en el MORDAZA de las delegaciones otorgadas. Articulo 4º.- De la vigencia Disponer que la presente resolucion entre en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1193760-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0058/RE-2015 MORDAZA, 27 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el ultimo parrafo del articulo 25 de la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, por disposicion expresa del literal b) del articulo 36 de la Ley Nº 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, el titular del pliego presupuestario esta obligado, bajo responsabilidad administrativa, a presentar a la Direccion General de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas, las rendiciones de cuentas de la entidad del sector publico en la que se desempenen;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.