Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2015 (29/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Jueves 29 de enero de 2015

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CULTURA
Modifican Anexos 8 y 9 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 024-2015-MC MORDAZA, 20 de enero de 2015 Visto, el Informe Nº 016-2015-OGPP-SG/MC, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico y con autonomia administrativa y economica, constituyendo pliego presupuestal del Estado; Que, el ultimo parrafo del articulo 37 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades, a traves de Resolucion del Titular del Pliego, estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 4692014-MC de fecha 30 de diciembre de 2014, se aprobo el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el ejercicio fiscal 2015; Que, mediante el Informe N° 016-2015-OGPP-SG/ MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto precisa que, en el Anexo 8 referido al "Uso de espacios disponibles en el Gran Teatro Nacional del Ministerio de Cultura" del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura, que forma parte de la citada Resolucion, se deben modificar los literales a) y d) del numeral 8.2 por haberse omitido la actualizacion de los valores de la tarifa por concepto de MORDAZA de Ensayo de Orquesta Sinfonica, Ballet y MORDAZA, conforme a la propuesta alcanzada por la Oficina General de Administracion, para su aplicacion en el Ano Fiscal 2015 y por haberse consignado por error las tarifas correspondientes al "Uso de Equipos de MORDAZA generacion ­ Tarifa Preferencial",

equipos que a la fecha no se encuentran disponibles, respectivamente. Que, asimismo, refiere que en el numeral 8.2 se senalan los conceptos: Servicios Generales ­ Tarifa Locacion Audiovisual, Servicios Generales ­ Tarifa Locacion de Imagen, Servicios Generales ­ Tarifa Locacion Publicitaria, debiendo decir: Servicios Generales ­ Tarifa Locacion Audiovisual con fines culturales, Servicios Generales ­ Tarifa Locacion Fotografica con fines culturales, Servicios Generales ­ Tarifa Locacion Publicitaria o con fines comerciales. Que, en el referido Informe Nº 016-2015-OGPP-SG/ MC se solicita ademas la incorporacion en el Anexo 9 "Ingreso a los Monumentos Arqueologicos Prehispanicos y Museos de Sitio a cargo de la Direccion Desconcentrada de Cultura ­ MORDAZA - MC", en la categoria d) Entrada Especial, "el 50% de descuento para personas con discapacidad, sobre el valor de la entrada de la categoria a), b) y c)"; que debe ser considerado para los monumentos arqueologicos y prehispanicos incluidos en dicho Anexo; Con el visado de la Secretaria General, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el numeral 8.2 "Otros Servicios" del Anexo 8 "Uso de Espacios Disponibles en el Gran Teatro Nacional del Ministerio de Cultura" del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 469-2014-MC; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Incorporar en el Anexo 9 "Ingreso a los Monumentos Arqueologicos Prehispanicos y Museos de Sitio a cargo de la Direccion Desconcentrada de Cultura ­ MORDAZA ­ MC", del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 469-2014-MC; en la categoria d) Entrada Especial, el 50% de descuento para

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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