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El Peruano Jueves 29 de enero de 2015 545743 ENERGIA Y MINAS Declaran la desconexión de la Línea L-2249 (Talara – Zorritos) como una Situación de Emergencia, y designan a ENOSA como Agente Autorizado para regularizar la importación de emergencia, a fin de restablecer el servicio eléctrico en el departamento de Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2015-MEM/DM Lima, 27 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Preliminar de Perturbaciones del SEIN Nº SCO-N1-001 IP-2015, de fecha 02 de enero de 2015, emitido por el Comité de Operación Económica del Sistema (COES), el día 02 de enero de 2015, a las 08:37 horas, se produjo la quema por parte terceros del poste P-332 emplazado en las afueras de la ciudad de Tumbes, hecho que ocasionó la desconexión de la línea L-2249 (Talara – Zorritos) de 220 kV y, simultáneamente, la salida de servicio de la línea L-2280 (Zorritos – Machala) de 220 kV, lo cual produjo la interrupción del suministro proveniente de las SS.EE. Zorritos en 21,2 MW y Machala (Emeloro 1) en 35,4 MW, dejando sin servicio eléctrico a la ciudad de Tumbes; Que, el desabastecimiento eléctrico derivado del siniestro antes referido afectó el suministro de la S.E. Machala (Emeloro 1), la que se encontraba conectada al Sistema Eléctrico Peruano (SEIN) en el marco del acuerdo operativo entre Perú y Ecuador, así como el suministro de la subestación Zorritos, considerándose esto como una situación de emergencia, la misma que fue superada íntegramente a través de las coordinaciones efectuadas por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. (ENOSA), el Centro Nacional de Control de Energía de Ecuador (CENACE) y el COES; Que, lo anterior confi guró una situación de emergencia según lo dispuesto en el numeral 9 del Anexo II de la Decisión 757, concordado con el numeral 5.3 del Reglamento Interno para la Aplicación de la Decisión 757 de la CAN, aprobado por el Decreto Supremo N° 011- 2012-EM, y con el Decreto Supremo 044-2014-EM; Que, con el fi n de regularizar las declaraciones de importación de energía efectuadas por ENOSA, es pertinente designar a esta empresa como Agente Autorizado responsable del intercambio de emergencia, de acuerdo al numeral 6.3 del Procedimiento Técnico del COES PR-43 “Intercambios Internacionales de Electricidad en el Marco de la Decisión 757 de la CAN”, aprobado mediante Resolución OSINERGMIN Nº 207- 2013-OS/CD, y al Reglamento Interno para la Aplicación de la Decisión 757 de la CAN, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-EM; Con el visto bueno del Director General de Electricidad y del Vice-Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar la desconexión de la Línea L- 2249 (Talara – Zorritos) de 220 kV, ocurrida el día 02 de enero de 2015, a las 08:37 horas, como una Situación de Emergencia, para efectos de lo dispuesto por el Reglamento Interno para la aplicación de la Decisión 757 de la CAN, aprobado por Decreto Supremo 011-2012-EM, concordante con lo establecido por el Decreto Supremo 044-2014-EM. Artículo 2º.- Designar a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. (ENOSA) como Agente Autorizado para regularizar la importación de energía que efectuó desde la República de Ecuador, a fi n de restablecer el servicio eléctrico en el departamento de Tumbes, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3°.- La declaración de emergencia y la autorización otorgada a ENOSA, se entenderá efectuada por el total de la capacidad de generación requerida para atender la emergencia y por el periodo de duración de la misma, conforme a lo que reporte el Comité de Operación Económica del Sistema (COES). Regístrese, comuníquese y publíquese. ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1194253-1 INTERIOR Designan Gobernador Regional de Huánuco RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 076-2015-IN Lima, 28 de enero de 2015 VISTOS: El Ofi cio N° 173-2014-ONAGI/J de fecha 28 de octubre de 2014, de la Jefatura de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, y el Informe N° 237-2014-ONAGI-DGAP, de fecha 28 de octubre de 2014, emitido por la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1140, Decreto Legislativo que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, establece que la designación de los Gobernadores Regionales se realiza mediante Resolución Suprema; en ese sentido, las renuncias, encargaturas y conclusiones para dicho cargo corresponden ser efectuadas mediante el mismo instrumento resolutivo; Que, conforme a lo previsto en el numeral 3 del artículo 10 del referido Decreto Legislativo, en concordancia con el literal h) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN, entre las funciones del Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior se encuentra el proponer la designación de Gobernadores Regionales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0096-2014- ONAGI-J, de fecha 24 de febrero de 2014, se encargó al señor PEDRO ANDRES SANCHEZ GARCIA, Gobernador Provincial de Leoncio Prado, Departamento de Huánuco, las funciones de GOBERNADOR REGIONAL DE HUANUCO; Que, mediante Informe N° 237-2014-ONAGI- DGAP de fecha 28 de octubre de 2014, la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, propone DEJAR SIN EFECTO la encargatura de las funciones de GOBERNADOR REGIONAL DE HUANUCO del señor PEDRO ANDRES SANCHEZ GARCIA, Gobernador Provincial de Leoncio Prado, Departamento de Huánuco; y, designar en dicha jurisdicción al señor ROGER MAS RODRIGUEZ; Que, en atención a lo señalado en el Informe mencionado en el considerando precedente, mediante Ofi cio N° 173-2014-ONAGI/J de fecha 28 de octubre de 2014, la Jefatura de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior propone DEJAR SIN EFECTO la encargatura de las funciones de GOBERNADOR REGIONAL DE HUANUCO del señor PEDRO ANDRES SANCHEZ GARCIA, Gobernador Provincial de Leoncio Prado; y, designar en dicha jurisdicción al señor ROGER MAS RODRIGUEZ; Que, a fi n de garantizar el adecuado funcionamiento de la Gobernación Regional de Huánuco y en atención a lo propuesto por la Jefatura de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; De conformidad con lo dispuesto en la ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el