Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2015 (29/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Jueves 29 de enero de 2015

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Articulo 10º.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1194461-5

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Decreto Supremo que establece las acciones que debe realizar el RENIEC en cumplimiento de la Trigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015
DECRETO SUPREMO Nº 001-2015-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, cuya finalidad es mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinacion y articulacion con las diversas entidades del sector publico, el sector privado y la sociedad civil; Que, a traves de la Trigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se autoriza la realizacion de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), hasta por el monto de S/. 29 353 000,00 (VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), en el MORDAZA del Programa Presupuestal 079: Acceso de la Poblacion a la Identidad a cargo del RENIEC, previo cumplimiento de acciones por parte del RENIEC; Que, asimismo, la citada MORDAZA dispone que mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, se aprueban las disposiciones complementarias para su aplicacion, las que incluyen las acciones que debe realizar el RENIEC; Que, en concordancia con lo establecido en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, compete a la Direccion General de Gestion de Usuarios del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social dictar las politicas para la gestion de informacion sobre los usuarios de los programas sociales; asi como disenar e implementar el sistema de identificacion, seleccion y registro de usuarios, y el sistema de seguimiento de usuarios, con el fin de orientar las acciones del Estado hacia la mayor efectividad de las intervenciones de alivio y superacion de la pobreza; Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, a traves de la Direccion General de Gestion de Usuarios, ha acordado con el RENIEC las acciones que esta entidad debera haber realizado a fin de que se proceda a la transferencia de los recursos senalados en la Trigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley N° 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; DECRETA: Articulo 1.- Apruebense las acciones a cargo del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), en el MORDAZA de lo dispuesto en la Trigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, las mismas que son: a. Validacion de la identidad del 100% de los registros de las bases de datos del Padron General de Hogares

Disponen los Llamamientos Ordinarios para la incorporacion voluntaria al Servicio Militar en el Activo correspondiente al ano 2015, del personal de la clase 1997 y Clases anteriores, que se realizaran en la modalidad de Acuartelado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 050-2015 DE/EP MORDAZA, 27 de enero de 2015 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 012 W-6.b, del 22 de Diciembre de 2014 aprobada por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito; CONSIDERANDO: Que, el articulo 163º de la Constitucion Politica, establece que "El Estado garantiza la seguridad de la Nacion, mediante el Sistema de Defensa Nacional. Toda persona natural o juridica esta obligada a participar en la Defensa Nacional de conformidad con la Ley"; Que, el articulo 165º de la Carta Magna, establece que "las FFAA tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberania y la integridad territorial de la Republica". Que, el articulo 47º de la Ley Nº 29248 "Ley del Servicio Militar", modificado por el articulo 1ª del Decreto Legislativo Nº 1146 establece que: "El llamamiento ordinario busca satisfacer los requerimientos de personal para el Servicio Militar Acuartelado. Es dispuesto anualmente, mediante Resolucion Ministerial, en las fechas que determine cada Instituto de las Fuerzas Armadas y comprende a los inscritos de la MORDAZA clase y a los de las clases anteriores, de acuerdo a las necesidades de efectivos para la Seguridad y Defensa Nacional"; Que, el Ejercito del Peru a fin de satisfacer las necesidades de personal para el Servicio Activo para el ano 2015, en las modalidades de Acuartelado, de conformidad a lo establecido en la normatividad a que se hace referencia en el considerando que antecede, requiere efectuar dos Llamamientos Ordinarios (1er y 2do Semestre) de personal de la Clase 1,997 y Clases anteriores para instruirlos y entrenarlos para su eficiente participacion en la Defensa Nacional; y. Estando a lo recomendado por el Comando de Reservas y Movilizacion del Ejercito, y a lo propuesto por la Comandancia General del Ejercito. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer los Llamamientos Ordinarios (1er y 2do Semestre) para la incorporacion voluntaria al Servicio Militar en el Activo correspondiente al ano 2015, del personal de la clase 1,997 y Clases anteriores, los que se realizaran en la modalidad de Acuartelado. Articulo 2º.Autoricese al Senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, para que determine las fechas de dichos llamamientos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1194028-1

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